4. ¿Cuáles son las consecuencias de superar el umbral de 6.010.121,04 de euros de volumen de operaciones?
La superación de la cantidad de 6.010.121,04 euros de volumen de operaciones durante un año natural, implica pasar tener la consideración de Gran Empresa a efectos tributarios, a partir del año natural siguiente, lo que conlleva las siguientes consecuencias: