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Manual de Importación y Exportación de envíos de escaso valor

2.5.2. Inscripción en los registros del declarante (EIDR)

La EIDR es una simplificación aduanera que requiere una autorización que puede concederse en determinadas condiciones y con arreglo a unos criterios específicos definidos en la legislación aduanera (artículo 182 del CAU). Ambos tipos de EIDR (a saber, presentando las mercancías y con dispensa de la obligación de presentarlas) pueden emplearse a efectos de declarar EEV para su despacho a libre práctica con arreglo al régimen especial y el mecanismo ordinario de recaudación del IVA en el momento de la importación.

No obstante, esta simplificación no es adecuada para el régimen de la IOSS, ya que los requisitos de validación del número de identificación a efectos del IVA de la IOSS y de notificación mensual no pueden satisfacerse ni por medio de la EIDR con la obligación de presentar las mercancías, ni por medio de la EIDR con dispensa de dicha obligación. Asimismo, es preciso tener en cuenta que, en caso de EIDR, no es posible dispensar de la obligación de presentar la declaración complementaria, con independencia del mecanismo de recaudación del IVA empleado.