Anexo 1. Declaraciones en aduana para el despacho a libre práctica de envíos de escaso valor a partir del 1 de julio de 2021
ANEXO 1
DECLARACIONES EN ADUANA PARA EL DESPACHO A LIBRE PRÁCTICA DE ENVÍOS DE ESCASO VALOR DESDE EL 1 DE JULIO DE 2021
Tipo de declaración | Conjunto de datos del anexo B | Declarante | Base jurídica | Transacciones | Mecanismo de recaudación del IVA | Transición | Ámbito de aplicación |
Declaración de despacho a libre práctica de determinados envíos de escaso valor | H1 | Cualquier persona, salvo en el régimen especial de IVA | Artículo 143 bis del AD CAU | C2C, B2C y B2B | IOSS16, Régimen especial17, Régimen ordinario de recaudación | Hasta el 31 de diciembre de 2022, conjuntos de datos de la DS y la DA completa previstos en el anexo 9 del ADT CAU |
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Declaración simplificada de importación (DS) | I1 | Cualquier persona/ Titular de la autorización de la DS | Artículo 166 del CAU | C2C, B2C y B2B | IOSS17, Régimen especial17, Régimen ordinario de recaudación | Hasta el 31 de diciembre de 2022, el conjunto de datos previsto en el anexo 9, apéndice A, cuadro 7, del ADT CAU | Todas las mercancías |
DA de despacho a libre práctica; conjunto de datos completo | H1 | Cualquier persona | Artículo 162 del CAU | C2C, B2C y B2B | IOSS17, Régimen especial17, Régimen ordinario de recaudación | Hasta el 31 de diciembre de 2022, el conjunto de datos previsto en el anexo 9, apéndice C1, columna H, del ADT CAU | Todas las mercancías |
Declaración en aduana en el tráfico postal para despacho a libre práctica | H6 | Operador de servicios postales | Artículo 144 del AD CAU | C2C, B2C y B2B | IOSS17, Régimen especial17, Régimen ordinario de recaudación | Por cualquier otro acto hasta el 31 de diciembre de 2022 en el caso de bienes con un valor de entre 150,01 y 1.000 EUR |
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16 Aplicable únicamente a las transacciones entre empresas y consumidores (B2C).