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Manual de Importación y Exportación de envíos de escaso valor

Anexo 1. Declaraciones en aduana para el despacho a libre práctica de envíos de escaso valor a partir del 1 de julio de 2021

ANEXO 1

DECLARACIONES EN ADUANA PARA EL DESPACHO A LIBRE PRÁCTICA DE ENVÍOS DE ESCASO VALOR DESDE EL 1 DE JULIO DE 2021

Tipo de declaración Conjunto de datos del anexo B Declarante Base jurídica Transacciones Mecanismo de recaudación del IVA Transición Ámbito de aplicación
Declaración de despacho a libre práctica de determinados envíos de escaso valor H1 Cualquier persona, salvo en el régimen especial de IVA Artículo 143 bis del AD CAU C2CB2C B2B IOSS16, Régimen especial17, Régimen ordinario de recaudación Hasta el 31 de diciembre de 2022, conjuntos de datos de la DS y la DA completa previstos en el anexo 9 del ADT CAU
  • Mercancías sujetas a una franquicia aduanera con arreglo al artículo 23, apartado 1, o el artículo 25, apartado 1, del RFA
  • Mercancías no sujetas a prohibiciones o restricciones
  • Código de régimen aduanero «40 00»
Declaración simplificada de importación (DS) I1 Cualquier persona/ Titular de la autorización de la DS Artículo 166 del CAU C2CB2C B2B IOSS17, Régimen especial17, Régimen ordinario de recaudación Hasta el 31 de diciembre de 2022, el conjunto de datos previsto en el anexo 9, apéndice A, cuadro 7, del ADT CAU Todas las mercancías
DA de despacho a libre práctica; conjunto de datos completo H1 Cualquier persona Artículo 162 del CAU C2CB2C B2B IOSS17, Régimen especial17, Régimen ordinario de recaudación Hasta el 31 de diciembre de 2022, el conjunto de datos previsto en el anexo 9, apéndice C1, columna H, del ADT CAU Todas las mercancías
Declaración en aduana en el tráfico postal para despacho a libre práctica H6 Operador de servicios postales Artículo 144 del AD CAU C2CB2C B2B IOSS17, Régimen especial17, Régimen ordinario de recaudación Por cualquier otro acto hasta el 31 de diciembre de 2022 en el caso de bienes con un valor de entre 150,01 y 1.000 EUR
  • Mercancías cuyo valor no sea superior a 1.000 EUR
  • Mercancías no sujetas a prohibiciones o restricciones
  • Imposibilidad de usar los regímenes aduaneros 42/63

16 Aplicable únicamente a las transacciones entre empresas y consumidores (B2C).