4. Tipos impositivos
• Tipo cero por ciento
Desde el 23 de abril de 2020 hasta el 30 de junio de 2022 se aplicará el tipo del 0 por ciento a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la pandemia provocada por el COVID-19 con los siguientes requisitos:
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Los bienes a los que se aplicará el tipo del 0 por ciento serán los siguientes:
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Para el período comprendido entre el 23 de abril y el 31 de octubre de 2020, los enumerados en el anexo del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre.
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Para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2020 y el 30 de abril de 2021, los enumerados en el anexo del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre.
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Para el período comprendido entre el 1 de mayo de 2021 y el 30 de junio de 2022, los enumerados en el anexo del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril.
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El tipo del 0 por ciento se aplicará siempre que los destinatarios sean entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social a que se refiere el apartado tres del artículo 20 de la LIVA.
• Tipo cuatro por ciento
Desde el 19 de noviembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022 se aplicará el tipo impositivo del 4 por ciento a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables cuyos destinatarios sean distintos de entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social a que se refiere el apartado tres del artículo 20 de la LIVA.
Desde el 1 de julio al 31 de diciembre de 2022 el tipo del 4 por ciento de las mascarillas quirúrgicas también se aplica a destinatarios que sean entes públicos, hospitales o entidades del apartado tres del artículo 20 de la LIVA.
• Reducción del tipo de IVA al 10 por ciento en los suministros de energía eléctrica
Desde el 26 de junio de 2021 hasta el 30 de junio de 2022, para los contratos de energía eléctrica cuyo término fijo de potencia no supere los 10 kW se establece una rebaja del 21 al 10 por ciento en el tipo impositivo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura eléctrica, cuando el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45 €/MWh.
También se rebaja al 10 por ciento el tipo impositivo del IVA aplicable a la factura eléctrica de los titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social, y además tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, durante el período al que se refiere el párrafo anterior, con independencia del precio de la electricidad del mercado mayorista.
• Reducción del tipo de IVA al 5 por ciento en los suministros de energía eléctrica
Desde el 1 de julio de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, se establece el tipo del 5 por ciento para los contratos de energía eléctrica a que se refiere la letra C) anterior (artículo 18 del Real Decreto-Ley 11/2022, de 25 de junio).
Desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, se establece el tipo del 5 por ciento para las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural.
Desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, se establece el tipo del 5 por ciento para las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y a la madera para leña.