Saltar al contenido principal
Manual práctico de Sociedades 2021.

Supuesto práctico de deducciones

La sociedad «A» cuyo ejercicio económico tiene una duración de doce meses y es coincidente con el año natural, cuenta con los siguientes datos a la hora de presentar su declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2021:

  1. La cuota íntegra, minorada en las deducciones por doble imposición y en las bonificaciones (casilla [00582] «Cuota íntegra ajustada positiva» de la página 14 del modelo 200), es de 100.000 euros.

  2. Tiene pendientes de aplicación las siguientes deducciones procedentes de períodos anteriores:

    • Ejercicio 2014: Por inversión de beneficios: 20.000 euros.

    • Ejercicio 2015: Por gastos en investigación y desarrollo: 2.000 euros.

    • Ejercicio 2016: Por donativos a UNICEF: 1.000 euros.

    • Ejercicio 2017: Por creación de empleo para trabajadores con discapacidad: 3.300 euros.

    • Ejercicio 2018: Por su participación en el Programa Universo Mujer: 1.800 euros.

    • Ejercicio 2019: Por gastos en innovación tecnológica: 2.500 euros.

  3. Durante el ejercicio 2021, ha realizado inversiones en Canarias por adquisición de activos fijos materiales que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 20/1991, dan derecho a una deducción por importe de 2.000 euros.

  4. El importe de la deducción por actividades de investigación y desarrollo correspondiente a gastos e inversiones efectuados en el ejercicio 2021 asciende a 21.000 euros (excede del 10 por ciento de la cuota íntegra de 2021 minorada en las deducciones para evitar la doble imposición y las bonificaciones). En el ejercicio 2021, no efectúa inversiones en innovación tecnológica.

Solución:

Cuota íntegra ajustada positiva (casilla [00582]): 100.000 euros

Aplicación de las deducciones:

  • Por inversión de beneficios 2014 (saldo pendiente): 20.000

    Se aplica: 20.000

  • Por gastos en investigación y desarrollo 2015 (saldo pendiente): 2.000

    Se aplica (1): 2.000

  • Por donativos a UNICEF 2016 (saldo pendiente): 1.000

    Se aplica: 1.000

  • Por creación de empleo para trabajadores con discapacidad 2017 (saldo pendiente): 3.300

    Se aplica (1): 3.300

  • Por su participación en el programa Universo Mujer 2018 (saldo pendiente): 1.800

    Se aplica (1): 1.800

  • Por gastos en innovación tecnológica 2019 (saldo pendiente): 2.500

    Se aplica (1): 2.500

  • Por inversiones en Canarias realizadas en 2021: 2.000

    Se aplica (2): 2.000

  • Por gastos en investigación y desarrollo 2021: 21.000

    Se aplica (1) (3): 20.400

Cálculo cuota líquida positiva:

Cuota íntegra, minorada en deducciones por doble imposición y bonificaciones = 100.000 euros

(-) Deducciones aplicadas = 53.000 euros

Cuota líquida positiva (casilla [00582]) = 47.000 euros

Notas al ejemplo:

(1) El límite conjunto de las deducciones del Capítulo IV del Título VI de la LIS asciende a 50.000 euros. De acuerdo con lo previsto en el artículo 39 de la LIS se eleva del 25 por ciento al 50 por ciento sobre la cuota íntegra ajustada positiva, al exceder el importe de la deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica del 10 por ciento de dicho importe. (volver investigación 2015) (volver creación) (volver participación) (volver innovación) (volver investigación 2020)

(2) El límite aplicable según la Ley 20/1991, asciende al 50 por ciento sobre la cuota íntegra ajustada positiva (50.000 euros). (Volver)

(3) Esta deducción no se puede aplicar en su totalidad por superar el referido límite conjunto. (Volver)

Cumplimentación de la declaración del Impuesto en el ejercicio 2021 (cuadros páginas 16 bis, 17 y 18 del modelo 200)

Deducciones inversión en Canarias con límites incrementados
Total [00886] 2.000 [00590] 2.000 [00887] 0
DeduccionesDeducción pendiente
generada
Aplicado en esta
liquidación
Pendiente de aplicación en
ejercicios futuros
2021: Inversiones en Canarias
(Ley 20/1991)
[00217] 2.000 [00218] 2.000 [00219] 0
Deducciones para incentivar determinadas actividades
(Cap. IV Tít. VI, DT 24ª.3 LIS y art. 27.3 primero Ley 49/2002)
Total [00831] 51.600 [00588] 51.000 [00832] 600
DeduccionesDeducción pendiente
generada
Aplicado en esta
liquidación
Pendiente de aplicación en
ejercicios futuros
2014: Suma deducciones Cap. IV Tít. VI
Ley 43/95 y RDLeg. 4/2004
[01063] 20.000 [01064] 20.000 [01065] 0
2015: Investigación y desarrollo (CT) [00986] 2.000 [00810] 2.000 [00507] 0
2016: Suma deducciones Cap. IV Tít. VI
Ley 43/95, RDLeg. 4/2004 y LIS (excepto I+D+i)
[01614] 1.000 [01615] 1.000 [01616] 0
2017: Suma deducciones Cap. IV Tít. VI
Ley 43/95, RDLeg. 4/2004 y LIS
[01847] 3.300 [01848] 3.300 [01849] 0
2018: Suma deducciones Cap. IV Tít. VI
Ley 43/95, RDLeg. 4/2004 y LIS (excepto I+D+i)
[02218] 1.800 [02219] 1.800 [02220] 0
2019: Innovación tecnológica (IT) [02359] 2.500 [02360] 2.500 [02361] 0
2021: Investigación y desarollo (CT) [00798] 21.000 [00799] 20.400 [00800] 600