Pago de la deuda tributaria del Impuesto sobre Sociedades
Regulación: Artículo 125.1 LIS
Los contribuyentes, al tiempo de presentar su declaración, deberán determinar la deuda correspondiente e ingresarla en el lugar y en la forma determinados por el Ministro de Hacienda (actualmente, Ministra de Hacienda y Función Pública).
A estos efectos, podemos distinguir las siguientes modalidades de pago: