Supuestos prácticos
Ejemplo 1:
La sociedad «M» es una entidad de reducida dimensión que tributa por el régimen especial aplicable a dichas entidades previsto en los artículos 101 a 105 de la LIS, cuyo período impositivo coincide con el año natural.
Dicha sociedad en el ejercicio 2021 estaba obligada a dotar una reserva de 100.000 euros y solo dotó en dicho ejercicio la cantidad de 50.000 euros.
En la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2021, la sociedad «M» debió cumplimentar el apartado «Dotación de la reserva» del cuadro «Reserva de nivelación» de la página 20 bis del modelo 200 de la siguiente forma:
Ejercicio de generación | Importe reserva a dotar | Importe reserva dotada | Importe reserva pendiente dotación | Reserva dispuesta | ||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
2021 | [01112] | 100.000 | [01113] | 50.000 | [01114] | 50.000 | [01115] | 0 |
Posteriormente en el ejercicio 2022, la sociedad «M» dota una reserva adicional de 25.000 euros correspondiente al importe de la reserva que estaba obligada a dotar en el ejercicio 2021.
En la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2022, la sociedad «M» deberá cumplimentar el apartado «Dotación de la reserva» del cuadro «Reserva de nivelación» de la página 20 bis del modelo 200 de la siguiente forma:
Ejercicio de generación | Importe reserva a dotar | Importe reserva dotada | Importe reserva pendiente dotación | Reserva dispuesta | ||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
2022 | [01872] | 100.000 | [01410] | 75.000 | [01411] | 25.000 | [01412] | 0 |
Como se puede ver en este ejemplo, el importe de 100.000 euros a consignar en la columna «Importe reserva a dotar» no varía en las distintas declaraciones del Impuesto sobre Sociedades en tanto persista la obligación de dotar la reserva de nivelación.
Ejemplo 2:
La sociedad «A» es una entidad de reducida dimensión que tributa por el régimen especial aplicable a dichas entidades previsto en los artículos 101 a 105 de la LIS, cuyo período impositivo coincide con el año natural.
Ejercicio 2021:
Fondos propios de la sociedad «A» a 01/01/2021 | Fondos propios de la sociedad «A» a 31/12/2021 | ||
---|---|---|---|
Capital social
|
300.000 |
Capital social
|
300.000 |
Reserva legal
|
30.000 |
Reserva legal
|
30.000 |
Reservas estatutarias
|
10.000 |
Reservas estatutarias
|
10.000 |
Reservas voluntarias
|
300 |
Reservas voluntarias
|
30.300 |
Resultado del ejercicio 2020
|
50.000 |
---
|
--- |
Otros datos:
Cálculo reservas de capitalización y de nivelación ejercicio 2021
-
En primer lugar, la sociedad «A» calcula la reserva de capitalización en los términos del artículo 25 de la LIS:
Total: 300.300 Total: 330.300 FP a efectos del artículo 25 a 01/01/2021 FP a efectos del artículo 25 a 31/12/2021 Capital social300.000 Capital social300.000 Reservas voluntarias300 Reservas voluntarias30.300 Según los datos anteriores, el incremento de los fondos propios (Δ FP) es de 30.000
Por lo tanto, la reserva de capitalización del ejercicio según establece el artículo 25 de la LIS, será el 10% del incremento de los fondos propios de la sociedad, con el límite del 10% de la base imponible positiva del período impositivo previa a esta reducción, a la integración a que se refiere el apartado 12 del artículo 11 de esta Ley y a la compensación de bases imponibles negativas.
Deberán cumplirse los requisitos de mantenimiento del incremento de los fondos propios. Asimismo, deberá dotarse una reserva de capitalización por importe de 3.000.
-
En cuanto a la reserva de nivelación del ejercicio 2021 según establece el artículo 105 de la LIS podrá minorarse hasta el 10% de la base imponible positiva, con el límite de 1 millón de euros:
La cantidad de 24.700 se adicionará a la base imponible de los períodos impositivos que concluyan en los 5 años inmediatos y sucesivos a la finalización del período impositivo 2021, siempre que la sociedad A tenga una base imponible negativa, y hasta el importe de la misma. El importe restante se adicionará a la base imponible del período impositivo correspondiente a la fecha de conclusión del referido plazo.
Deberá dotarse en 2021 una reserva de nivelación por importe de 24.700
La liquidación del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2021 es la siguiente:
Liquidación del IS 2021 Resultado contable antes de impuestos 2021 250.000 Diferencias0 BI previa a la reducción del art. 25 y a la compensación de BI negativas 250.000 Reserva de capitalización (límite 10% x 250.000 = 25.000)-3.000 Compensación de bases imponibles negativas períodos anteriores 0 Base imponible 247.000 Reserva de nivelación (límite 1.000.000)-24.700 BI después de la reserva de nivelación 222.300 Tipo impositivo 25% Cuota íntegra 55.575 Deducciones y bonificaciones fiscales 0 Cuota líquida 55.575 Retenciones y pagos a cuenta -5.000 Cuota diferencial 50.575
Ejercicio 2022:
Fondos propios de la sociedad «A» a 01/01/2022 | Fondos propios de la sociedad «A» a 31/12/2022 | ||
---|---|---|---|
Capital social
|
300.000 |
Capital social
|
300.000 |
Reserva legal
|
30.000 |
Reserva legal
|
30.000 |
Reservas estatutarias
|
10.000 |
Reservas estatutarias
|
20.000 |
Reservas voluntarias
|
30.300 |
Reserva de capitalización
|
3.000 |
Resultado del ejercicio 2021
|
250.000 |
Reserva de nivelación
|
24.700 |
---
|
--- |
Reservas voluntarias
|
60.300 |
Otros datos:
Cálculo reservas de capitalización y de nivelación ejercicio 2022
-
En primer lugar, la sociedad "A" calcula la reserva de capitalización en los términos del artículo 25 de la LIS:
Total: 330.300 Total: 363.300 FP a efectos del artículo 25 a 01/01/2022 FP a efectos del artículo 25 a 31/12/2022 Capital social300.000 Capital social300.000 Reservas voluntarias30.300 Reservas voluntarias60.300 ------ Reserva de capitalizació3.000 Según los datos anteriores, el incremento de los fondos propios (Δ FP) es de 33.000.
Por lo tanto, la reserva de capitalización del ejercicio según establece el artículo 25 de la LIS, será el 10 % del incremento de los fondos propios de la sociedad, con el límite del 10% de la base imponible positiva del período impositivo previa a esta reducción, a la integración a que se refiere el apartado 12 del artículo 11 de esta Ley y a la compensación de bases imponibles negativas.
-
En cuanto a la reserva de nivelación del ejercicio 2022, dado que la base imponible del período es de -20.000, las cantidades minoradas por reserva de nivelación de 2021 deberán adicionarse hasta dicho importe.
La liquidación del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2022 es la siguiente
Liquidación del IS 2022 Resultado contable antes de impuestos 2022 -20.000 Diferencias0 BI previa a la reducción del art. 25 y a la compensación de BI negativas -20.000 Reserva de capitalización (límite 0)0 Compensación de bases imponibles negativas períodos anteriores 0 Base imponible -20.000 Reserva de nivelación (límite BI negativa:-20.000)20.000 BI después de la reserva de nivelación 0 Tipo impositivo 25% Cuota íntegra 0 Deducciones y bonificaciones fiscales 0 Cuota líquida 0 Retenciones y pagos a cuenta -5.000 Cuota diferencial -5.000
Cumplimentación en el modelo 200 de los cuadros de las reservas de capitalización y de nivelación ejercicios 2021 y 2022
• Declaración del Impuesto sobre Sociedades 2021
Reserva de nivelación (página 20 bis del modelo 200)
Ejercicio de generación | Importe minoración BI en el período / pendiente de adicionar a inicio del período | Importe adicionado a base imponible en el período | Importe BI integrado en la declaración por incumplimiento de requisitos | Importe pendiente de adicionar en períodos futuros | ||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
2021 | [01034] | 24.700 | - | - | - | - | [01731] | 24.700 |
Ejercicio de generación | Importe reserva a dotar | Importe reserva dotada | Importe reserva pendiente dotación | Reserva dispuesta | ||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
2021 | [01112] | 24.700 | [01113] | 24.700 | [01114] | 0 | [01115] | 0 |
Reserva de capitalización (página 20 bis del modelo 200)
Ejercicio de generación | Derecho a reducir la BI generado en el período / pendiente de aplicar a inicio del período | Reducción BI aplicada | Reducción BI pendiente de aplicar en períodos futuros | |||
---|---|---|---|---|---|---|
2021 | [01106] | 3.000 | [01107] | 3.000 | [01108] | 0 |
Reserva de capitalización dotada en el ejercicio | [01140] | 0 |
• Declaración del Impuesto sobre Sociedades 2022
Reserva de nivelación (página 20 bis del modelo 200)
Ejercicio de generación | Importe minoración BI en el período / pendiente de adicionar a inicio del período | Importe adicionado a base imponible en el período | Importe BI integrado en la declaración por incumplimiento de requisitos | Importe pendiente de adicionar en períodos futuros | ||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
2021 | [01109] | 24.700 | [01730] | 20.000 | [01605] | 0 | [01111] | 4.700 |
Ejercicio de generación | Importe reserva a dotar | Importe reserva dotada | Importe reserva pendiente dotación | Reserva dispuesta | ||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
2021 | [02413] | 0 | [02414] | 0 | [02415] | 0 | [02416] | 20.000 |
Reserva de capitalización (página 20 bis del modelo 200)
Ejercicio de generación | Derecho a reducir la BI generado en el período / pendiente de aplicar a inicio del período | Reducción BI aplicada | Reducción BI pendiente de aplicar en períodos futuros | |||
---|---|---|---|---|---|---|
2021 | [02407] | 3.300 | [02408] | 0 | [02409] | 3.300 |
Reserva de capitalización dotada en el ejercicio | [01140] | 3.000 |