Deducciones relativas a acontecimientos de excepcional interés público aplicables en el período impositivo
A continuación, se recogen las deducciones relativas a acontecimientos de excepcional interés aplicables en el ejercicio 2023, detallando las especificidades de cada una y el programa a las que están afectas:
• 4ª Edición de la Barcelona World Race (disposición adicional sexagésima de la Ley 3/2017)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración de la «4.ª Edición de la Barcelona World Race», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (posteriormente, se ha modificado el plazo de duración del programa por la Ley 6/2018, de 3 de julio).
La duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 1 de octubre de 2023.
• Plan Decenio Milliarium Montserrat 1025-2025 (disposición adicional octogésima séptima de la Ley 3/2017)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «Plan Decenio Milliarium Montserrat 1025-2025», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (posteriormente, se ha modificado el plazo de duración del programa por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre y por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre).
La duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde el 1 de febrero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Plan Berlanga (disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 17/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «Plan Berlanga», declarado acontecimiento de excepcional interés público por el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de abril de 2020 hasta el 31 de marzo de 2023.
• Alicante 2021. Salida Vuelta al Mundo a Vela (disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 17/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Alicante 2021. Salida Vuelta al Mundo a Vela», declarado acontecimiento de excepcional interés público por el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del (posteriormente, se ha modificado el plazo de duración del programa por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre y por la Ley 28/2022, de 21 de diciembre).
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024.
• Plan de Fomento de la ópera en la Calle del Teatro Real (disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 17/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación al «Plan de Fomento de la ópera en la Calle del Teatro Real», declarado acontecimiento de excepcional interés público por el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019. Posteriormente, se ha modificado el plazo de duración del programa por la disposición adicional quincuagésima octava de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de julio de 2020 hasta el 30 de junio de 2026.
• 175 Aniversario de la construcción del Gran Teatre del Liceu (disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 17/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «175 Aniversario de la construcción del Gran Teatre del Liceu», declarado acontecimiento de excepcional interés público por el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de diciembre de 2020 hasta el 30 de noviembre de 2023.
• Gran Premio de España de Fórmula 1 (disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 26/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «Gran Premio de España de Fórmula 1», declarado acontecimiento de excepcional interés público por Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Bicentenarios de la independencia de las Repúblicas Iberoamericanas (disposición adicional sexagésima séptima de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración de los «Bicentenarios de la independencia de las Repúblicas Iberoamericanas», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• 150 Aniversario de creación de la Academia de España en Roma (disposición adicional sexagésima octava de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «150 Aniversario de creación de la Academia de España en Roma», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Celebración del Summit «MADBLUE» (disposición adicional septuagésima de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la Celebración del Summit «MADBLUE», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• 30 Aniversario de la Escuela Superior de Música Reina Sofía (disposición adicional septuagésima primera de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del evento «30 Aniversario de la Escuela Superior de Música Reina Sofía», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de agosto de 2023.
• Andalucía Valderrama Masters 2022/2024 (disposición adicional septuagésima tercera de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del evento «Andalucía Valderrama Masters 2022/2024», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
• Torneo Davis Cup Madrid (disposición adicional septuagésima cuarta de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «Torneo Davis Cup Madrid», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Posteriormente, se ha modificado el plazo de duración del programa por la disposición final trigésima primera de Ley 22/2021, de 28 de diciembre.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• MADRID HORSE WEEK 21/23 (disposición adicional septuagésima quinta de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «MADRID HORSE WEEK 21/23», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Centenario del Rugby en España y de la Unió Esportiva Santboiana (disposición adicional septuagésima sexta de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «Centenario del Rugby en España y de la Unió Esportiva Santboiana», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Solheim Cup 2023 (disposición adicional septuagésima séptima de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del evento «Solheim Cup 2023», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• IX Centenario de la Reconquista de Sigüenza (disposición adicional septuagésima octava de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «IX Centenario de la Reconquista de Sigüenza», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de julio de 2021 al 30 de junio del 2024.
• Barcelona Mobile World Capital (disposición adicional septuagésima novena de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Barcelona Mobile World Capital», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Valencia, Capital Mundial del Diseño 2022 / Valencia World Design Capital 2022 (disposición adicional octogésima de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración de «Valencia, Capital Mundial del Diseño 2022 / Valencia World Design Capital 2022», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de agosto de 2023.
• Centenario de Revista de Occidente (disposición adicional octogésima segunda de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «Centenario de Revista de Occidente», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• 50 aniversario del fallecimiento de Clara Campoamor. 90 años del inicio de una democracia plena (disposición adicional octogésima tercera de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «50 aniversario del fallecimiento de Clara Campoamor. 90 años del inicio de una democracia plena», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de marzo de 2021 hasta el 29 de febrero de 2024.
• V Centenario del fallecimiento de Elio Antonio de Nebrija (disposición adicional octogésima cuarta de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del evento «V Centenario del fallecimiento de Elio Antonio de Nebrija», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 30 de diciembre de 2023.
• Nuevas Metas II (disposición adicional octogésima quinta de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del programa «Nuevas Metas II», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde 1 de julio de 2021 hasta el 30 de junio de 2024.
• Andalucía Región Europea del Deporte 2021 (disposición adicional octogésima séptima de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del programa «Andalucía Región Europea del Deporte 2021», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• 75 aniversario de la Ópera en Oviedo (disposición adicional octogésima octava de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «75 aniversario de la Ópera en Oviedo», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Hábitos Saludables para el control del riesgo Cardiovascular «Aprender a cuidarnos» (disposición adicional octogésima novena de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del proyecto «Hábitos Saludables para el control del riesgo Cardiovascular «Aprender a cuidarnos»», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Mundiales Bádminton España (disposición adicional nonagésima de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración de los «Mundiales Bádminton España», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de junio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Centenario de la Batalla de Covadonga-Cuadonga (disposición adicional nonagésima primera de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «Centenario de la Batalla de Covadonga-Cuadonga», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• VII Centenario de la Catedral de Palencia 2021-2022 (disposición adicional nonagésima segunda de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «VII Centenario de la Catedral de Palencia 2021-2022», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• FITUR especial: recuperación turismo (disposición adicional nonagésima tercera de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con «FITUR especial: recuperación turismo», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Programa Deporte Inclusivo II (disposición adicional nonagésima cuarta de la Ley 11/2020)
En ese epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del «Programa Deporte Inclusivo II», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de julio de 2021 hasta el 30 de junio de 2024.
• 50 aniversario del Hospital Sant Joan de Deu (disposición adicional nonagésima séptima de la Ley 11/2020)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «50 aniversario del Hospital Sant Joan de Deu», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2021) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Bicentenario de la Policía Nacional (disposición adicional quincuagésima novena de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Bicentenario de la Policía Nacional», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 14 de enero de 2022 al 13 de enero de 2025.
• Centenario Federación Aragonesa de Fútbol (disposición adicional sexagésima de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Centenario Federación Aragonesa de Fútbol», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Plan 2030 de Apoyo al Deporte de Base (disposición adicional sexagésima primera de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Plan 2030 de Apoyo al Deporte de Base», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
• Universo Mujer III (disposición adicional sexagésima segunda de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Universo Mujer III», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
• Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de París 2024 (disposición adicional sexagésima tercera de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de París 2024», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
• 100 años del fallecimiento de Joaquín Sorolla (disposición adicional sexagésima cuarta de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «100 años del fallecimiento de Joaquín Sorolla», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
• 20 Aniversario de Primavera Sound (disposición adicional sexagésima quinta de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «20 Aniversario de Primavera Sound», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
• Centenario del nacimiento de Victoria de los Ángeles (disposición adicional sexagésima sexta de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Centenario del nacimiento de Victoria de los Ángeles», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
• Conmemoración del 50 aniversario de la muerte del artista español Pablo Picasso (disposición adicional sexagésima séptima de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Conmemoración del 50 aniversario de la muerte del artista español Pablo Picasso», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
• Todos contra el cáncer (disposición adicional sexagésima octava de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Todos contra el cáncer», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde la fecha de entrada en vigor de esta ley (1 de enero de 2022) hasta el 31 de diciembre de 2024.
• Año de Investigación Santiago Ramón y Cajal 2022 (disposición adicional sexagésima novena de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Año de Investigación Santiago Ramón y Cajal 2022», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de junio de 2022 hasta el 31 de mayo de 2025.
• Año Jubilar Lebaniego 2023-2024 (disposición adicional septuagésima de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Año Jubilar Lebaniego 2023-2024», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 16 de abril de 2022 hasta el 15 de abril de 2025.
• Mundo Voluntario 2030/ 35.º Aniversario Plataforma del Voluntariado de España (disposición adicional septuagésima primera de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Mundo Voluntario 2030/ 35.º Aniversario Plataforma del Voluntariado de España», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2023.
• 7.ª Conferencia Mundial sobre Turismo Enológico de la OMT 2023 (disposición adicional septuagésima segunda de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «7.ª Conferencia Mundial sobre Turismo Enológico de la OMT 2023», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
• Caravaca de la Cruz 2024. Año Jubilar (disposición adicional septuagésima tercera de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Caravaca de la Cruz 2024. Año Jubilar», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 31 de enero de 2022 hasta el 30 de enero de 2025.
• Bicentenario del Ateneo de Madrid (disposición adicional septuagésima cuarta de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Bicentenario del Ateneo de Madrid», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
• Barcelona Equestrian Challenge (4ª Edición) (disposición adicional septuagésima quinta de la Ley 22/2021
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Barcelona Equestrian Challenge (4ª Edición)», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
• 200 ANIVERSARIO DEL PASSEIG DE GRÁCIA (disposición adicional septuagésima sexta de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «200 ANIVERSARIO DEL PASSEIG DE GRÁCIA», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
• Reconstrucción de la Piscina Histórica cubierta de saltos del Club Natació Barcelona (CNB) (disposición adicional septuagésima octava de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Reconstrucción de la Piscina Histórica cubierta de saltos del Club Natació Barcelona (CNB)», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
• ALIMENTARIA 2022 y HOSTELCO 2022 (disposición adicional septuagésima novena de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «ALIMENTARIA 2022» y «HOSTELCO 2022», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
• Barcelona Music Lab. El futuro de la música (disposición adicional octogésima de la Ley 22/2021)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Barcelona Music Lab. El futuro de la música», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
• South Summit (disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 10/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «South Summit», declarado acontecimiento de excepcional interés público por el Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.
La duración del programa de apoyo será desde la entrada en vigor de este Real decreto-ley (15 de mayo de 2022) hasta el 31 de diciembre de 2024.
• Año Santo Jubilar San Isidro Labrador (disposición adicional vigésima novena de la Ley 11/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación con la celebración del acontecimiento «Año Santo Jubilar San Isidro Labrador», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.
La duración del programa de apoyo será desde la entrada en vigor de la presente Ley (30 de junio de 2022) al 15 de mayo de 2023.
• Inauguración de la Galería de las Colecciones Reales (disposición adicional quincuagésima novena de la Ley 31/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación a la «Inauguración de la Galería de las Colecciones Reales», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
• Centenario del Hockey 1923-2023 (disposición adicional sexagésima de la Ley 31/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación al «Centenario del Hockey 1923-2023», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024.
• 60 Aniversario Rally Blendio Princesa de Asturias Ciudad de Oviedo (disposición adicional sexagésima primera de la Ley 31/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación al «60 Aniversario Rally Blendio Princesa de Asturias Ciudad de Oviedo», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.
• 60 aniversario del Festival Porta Ferrada (disposición adicional sexagésima segunda de la Ley 31/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación al «60 aniversario del Festival Porta Ferrada», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
• Programa EN PLAN BIEN (disposición adicional sexagésima tercera de la Ley 31/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación al «Programa EN PLAN BIEN», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
La duración de este programa será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
• 125 aniversario del Athletic Club 1898-2023 (disposición adicional sexagésima cuarta de la Ley 31/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación al Programa «125 aniversario del Athletic Club 1898-2023», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
La duración del programa de apoyo será desde la entrada en vigor de esta Ley (1 de enero de 2023) hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Ryder Cup 2031 (disposición adicional sexagésima quinta de la Ley 31/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación al evento «Ryder Cup 2031», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
• Open Barcelona-Trofeo Conde de Godó (disposición adicional sexagésima sexta de la Ley 31/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación al evento «Open Barcelona-Trofeo Conde de Godó», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
• 125 aniversario del Real Club de Tenis Barcelona (disposición adicional sexagésima sexta de la Ley 31/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación al evento «125 aniversario del Real Club de Tenis Barcelona», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
• 750 aniversario del Consolat del Mar (disposición adicional sexagésima séptima de la Ley 31/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación al evento «750 aniversario del Consolat del Mar», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
• Congreso de la Unión Internacional de Arquitectos (disposición adicional sexagésima octava de la Ley 31/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación al «Congreso de la Unión Internacional de Arquitectos», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2026.
• Festival Internacional Sónar de Música, Creativitat i Tecnologia (disposición adicional sexagésima novena de la Ley 31/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación al «Festival Internacional Sónar de Música, Creativitat i Tecnologia», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
• XXXVII Copa América Barcelona (disposición adicional cuarta de la Ley 26/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación a la «XXXVII Copa América Barcelona», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 26/2022, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario.
La duración del programa de apoyo será desde la entrada en vigor de esta Ley (22 de diciembre de 2022) hasta el 31 de diciembre de 2025.
• Programa deportivo «RETO DE» (disposición adicional decimoctava de la Ley 39/2022)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación al Programa deportivo «RETO DE», declarado acontecimiento de excepcional interés público por la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
• Bienal Manifesta 15 Barcelona (disposición adicional decimoquinta del Real Decreto-ley 1/2023)
En este epígrafe se incluyen las deducciones a que tenga derecho el contribuyente en el período impositivo objeto de declaración en relación a la «Bienal Manifesta 15 Barcelona», declarado acontecimiento de excepcional interés público por el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
La duración del programa de apoyo será desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024.
• 2024: Otras deducciones relativas a programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público
Este apartado solo deberá cumplimentarse en los casos en que la entidad tenga un período impositivo que no coincida con el año natural y haya realizado gastos con derecho a deducción en relación con programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público distintos de los señalados anteriormente cuya vigencia se inicie a partir de 2024.
Nota a común a estas deducciones:
La certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes de los programas a los que se ha hecho referencia en los apartados anteriores, se efectuará conforme a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.