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Manual práctico de Sociedades 2023.

Cuadro resumen de los obligados a presentar el modelo

Obligados a presentar el modelo 232
Conjunto de operaciones realizadas en el período impositivo (con independencia del importe de operaciones por entidad vinculada) Obligado
Si el conjunto de operaciones del mismo tipo y método de valoración > 50% de la cifra de negocio de la entidad
≤ 100.000 € en operaciones específicas del mismo tipo
No
> 100.000 € en operaciones específicas del mismo tipo

Operaciones realizadas en el período impositivo con la misma persona o entidad

Obligado
≤ 250.000 € de operaciones por entidad vinculada (no operaciones específicas)
No
> 250.000 € de operaciones por entidad vinculada (no operaciones específicas)

Operaciones específicas:

  1. Operaciones con personas físicas que tributen en estimación objetiva que la participación individual o conjuntamente con sus familiares sea ≥ 25% del capital o fondos propios

  2. Transmisión de negocios, valores o participaciones en los fondos propios de entidades no admitidos a negociación o admitidos en jurisdicciones no cooperativas

  3. Transmisión de inmuebles y operaciones sobre intangibles

Operaciones excluidas de obligación de presentar el modelo 232:

  • Grupo fiscal (independientemente del volumen de operaciones)

  • AIE, UTES (independientemente del volumen de operaciones), salvo UTES u otras formas análogas de colaboración que se acojan a la exención de las rentas obtenidas en el extranjero a través de EP (art. 22 LIS)

  • Operaciones realizadas en el ámbito de ofertas públicas de venta o de ofertas públicas de adquisición de valores (independientemente del volumen de operaciones)