Domiciliación del pago en cuentas de entidades no colaboradoras de la Zona SEPA
La Orden HFP/387/2023, de 18 de abril, modifica la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de cuentas abiertas en las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para establecer la posibilidad de domiciliar el pago de la autoliquidación del Impuesto de Sociedades aun en aquellos casos en los que la cuenta designada por el obligado al pago para efectuar el adeudo de la domiciliación se encuentre abierta en una entidad que no tenga la condición de colaboradora en la gestión recaudatoria de la AEAT, siempre que dicha entidad se encuentre en la Zona Única de Pagos en Euros (Zona SEPA).
En este nuevo procedimiento de domiciliación, aunque la cuenta en la que el obligado domicilia el pago se encuentre abierta en una entidad no colaboradora, la gestión efectiva de la domiciliación se llevará a cabo a través de alguna entidad de crédito que sí sea colaboradora de la AEAT.