Supuestos prácticos
Ejemplo 1
Cómo aplicar gastos financieros netos procedentes de ejercicios anteriores
La entidad «A» presenta los siguientes datos en el período impositivo:
-
Beneficio Operativo (BO): 100 millones €
-
Gastos financieros (GF):
-
Año 0: 80 millones €
-
Año 1: 20 millones €
-
Año 2: 40 millones €
-
Según establece el artículo 16.1 de la LIS, la entidad puede deducirse los gastos financieros netos con el límite del 30 por ciento del beneficio operativo del ejercicio; siendo deducibles en todo caso, los gastos financieros netos del período impositivo por importe de 1 millón de euros.
Límite máximo:
Año 0:
Año 1:
Año 2:
Cumplimentación Modelo 200 (Página 20) | ||||
---|---|---|---|---|
Límite art. 16.1 y 16.2 LIS | Nº casilla | Año 0 | Año 1 | Año 2 |
h) Gastos financieros netos del período impositivo (= [f-g]) | [01248] | 80 | 20 | 40 |
i) Límite a la deducción de gastos financieros netos (= 30%* [i1-i2-i3-i4+i5-i6]) | [01249] | 30 | 30 | 30 |
j) Adición por límite beneficio operativo no aplicado en los cinco ejercicios anteriores |
[01255] |
- | - | - |
k) Límite total a la deducción de gastos financieros netos, en todo caso, 1 millón de euros si el límite a la deducción de gastos financieros netos más la adición de límite consignado en la letra j) es inferior a 1 millón |
[02639] | 30 | 30 | 30 |
l1) Gastos financieros netos del período impositivo deducibles ([h=l1+l2], ≥ 0) | [01256] | 30 | 20 | 30 |
l2) Gastos financieros netos del período impositivo no deducibles (=[h - l1], ≥ 0) | [01257] | 50 | 0 | 10 |
m) Gastos financieros pendientes de deducir en períodos impositivos anteriores afectados por el art. 16.5 y/o 83 LIS deducibles tras aplicar los 2 límites (</=[d]; >/=0) | [01258] | 0 | 0 | 0 |
n) Gastos financieros netos pendientes de deducir de períodos impositivos anteriores no afectados por el art. 16.5 y/o 83 LIS aplicados |
[01259] |
0 | 10 (1) | 0 |
Total gastos financieros del período impositivo no deducibles (= [c2+l2]) | [01260] | 50 | 0 | 10 |
Ejemplo 2
Cómo adicionar a ejercicios futuros el beneficio operativo no utilizado
La entidad «B» presenta los siguientes datos en el período impositivo:
-
Beneficio Operativo (BO): 100 millones €
-
Gastos financieros (GF):
-
Año 0: 20 millones €
-
Año 1: 10 millones €
-
Año 2: 60 millones €
-
Límite máximo:
Año 0:
Año 1:
Año 2:
Cumplimentación Modelo 200 (Página 20) | ||||
---|---|---|---|---|
Límite art. 16.1 y 16.2 LIS | Nº casilla | Año 0 | Año 1 | Año 2 |
h) Gastos financieros netos del período impositivo (= [f-g]) | [01248] | 20 | 10 | 60 |
i) Límite a la deducción de gastos financieros netos (= 30%* [i1-i2-i3-i4+i5-i6]) | [01249] | 30 | 30 | 30 |
j) Adición por límite beneficio operativo no aplicado en los cinco ejercicios anteriores |
[01255] |
- (2) | - (3) | 30 (10+20) |
k) Límite total a la deducción de gastos financieros netos, en todo caso, 1 millón de euros si el límite a la deducción de gastos financieros netos más la adición de límite consignado en la letra j) es inferior a 1 millón |
[02639] | 30 | 30 | 60 |
l1) Gastos financieros netos del período impositivo deducibles ([h= l1+l2], ≥ 0) | [01256] | 20 | 10 | 60 |
l2) Gastos financieros netos del período impositivo no deducibles (=[h - l1], ≥ 0) | [01257] | 0 | 0 | 0 |
m) Gastos financieros pendientes de deducir en períodos impositivos anteriores afectados por el art. 16.4 y/o 83 LIS deducibles tras aplicar los 2 límites (</= [d]; </=0) | [01258] | 0 | 0 | 0 |
n) Gastos financieros netos pendientes de deducir de períodos impositivos anteriores no afectados por el art. 16.5 y/o 83 LIS aplicados | [01259] | 0 | 0 | 0 |
Total gastos financieros del período impositivo no deducibles (= [c2+l2]) | [01260] | 0 | 0 | 0 |
Ejemplo 3
Cómo aplicar el límite de 1 millón de euros:
La entidad «C» presenta los siguientes datos en el período impositivo:
-
Beneficio Operativo (BO) anual de cada período impositivo: 2 millones €
-
Gastos financieros (GF):
-
Año 0: 0,8 millones €
-
Año 1: 1,1 millones €
-
Año 2: 0,8 millones €
-
Límite máximo:
Año 0:
Año 1:
Año 2:
Cumplimentación Modelo 200 (Página 20) | ||||
---|---|---|---|---|
Límite art. 16.1 y 16.2 LIS | Nº casilla | Año 0 | Año 1 | Año 2 |
h) Gastos financieros netos del período impositivo (= [f-g]) | [01248] | 0,8 | 1,1 | 0,8 |
i) Límite a la deducción de gastos financieros netos (= 30%* [i1-i2-i3-i4+i5-i6]) | [01249] | 0,6 | 0,6 | 0,6 |
j) Adición por límite beneficio operativo no aplicado en los cinco ejercicios anteriores |
[01255] |
- | - | - |
k) Límite total a la deducción de gastos financieros netos, en todo caso, 1 millón de euros si el límite a la deducción de gastos financieros netos más la adición de límite consignado en la letra j) es inferior a 1 millón |
[02639] | 1 | 1 | 1 |
l1) Gastos financieros netos del período impositivo deducibles ([h= l1+l2], ≥ 0) | [01256] | 0,8 | 1 | 0,8 |
l2) Gastos financieros netos del período impositivo no deducibles (=[h - l1≥ 0) | [01257] | 0 | 0,1 | 0 |
m) Gastos financieros pendientes de deducir en períodos impositivos anteriores afectados por el art. 16.5 y/o 83 LIS deducibles tras aplicar los 2 límites (</=[d]; >/=0) | [01258] | 0 | 0 | 0 |
n) Gastos financieros netos pendientes de deducir de períodos impositivos anteriores no afectados por el art. 16.4 y/o 83 LIS aplicados | [01259] | 0 | 0 | 0,1 (4) |
Total gastos financieros del período impositivo no deducibles (= [c2+l2]) | [01260] | 0 | 0,1 | 0 |
Notas a los ejemplos:
(1) Procederá rellenar el apartado de “Limitación en la deducibilidad de gastos financieros. Gastos financieros pendientes de deducir” de la página 20 del modelo 200. (volver letra n) Ejemplo 1 / Año 1)
(2) Dado que el límite del 30% del beneficio operativo es superior al importe de los gastos financieros netos del periodo impositivo, se deberá rellenar el apartado “Pendiente de adición por límite del beneficio operativo no aplicado” de la página 20 del modelo 200. (volver letra j) Ejemplo 2 / Año 0)
(3) No procede la adición por límite del beneficio operativo porque en este periodo impositivo los gastos financieros netos no son superiores al límite a la deducción de gastos financieros netos. Igualmente, procederá rellenar el apartado “Pendiente de adición por límite del beneficio operativo no aplicado”. (volver letra j) Ejemplo 2 / Año 1)
(4) Procederá rellenar el apartado de “Limitación en la deducibilidad de gastos financieros. Gastos financieros pendientes de deducir” de la página 20 del modelo 200. (volver letra n) Ejemplo 3 / Año 2)