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Manual práctico de Sociedades 2024.

Cumplimentación del modelo 200

Las casillas [01578] a [01585] se cumplimentarán exclusivamente cuando se presente una autoliquidación rectificativa. Para cumplimentar estas casillas, las entidades deberán haber marcado previamente la casilla de autoliquidación rectificativa de la página 1 del modelo 200 haciendo constar el número de justificante de la autoliquidación anterior, así como el motivo de la rectificación.

Cuando la entidad que presenta la autoliquidación rectificativa, tribute exclusivamente en la Administración de Estado, deberá recoger en el apartado «Rectificativa» de la página 14 bis del modelo 200, el resultado de la autoliquidación anteriormente presentada de la siguiente forma:

  • Si la autoliquidación originaria hubiera resultado a ingresar, se consignará dicho importe en la casilla [01578] «Resultado a ingresar como consecuencia de la tramitación de autoliquidaciones anteriores o liquidaciones administrativas correspondientes al periodo impositivo 2024 (Estado)» con la cantidad a ingresar que resultó en dicha autoliquidación.

  • Si la autoliquidación originaria hubiera resultado a devolver, en la casilla [01584] «Devolución acordada por la Agencia Tributaria como consecuencia de la tramitación de autoliquidaciones anteriores o liquidaciones administrativas correspondientes al periodo impositivo 2024 (Estado)», solamente se consignará la cantidad cuya devolución hubiera sido efectuada por la Administración.

En el caso en que la devolución no haya sido acordada o efectuada por la Administración tributaria, se deberá consignar cero (0) en la casilla [01584] «Devolución acordada por la Agencia Tributaria como consecuencia de la tramitación de autoliquidaciones anteriores o liquidaciones administrativas correspondientes al periodo impositivo 2024 (Estado)».

Por último, en la casilla [00621] «Resultado (Estado)» se deberá recoger el importe total que resulte de la siguiente operación:

[00621] = [01586] - [01578] + [01584]

Si la entidad que presenta la autoliquidación rectificativa tributa ante una o varias Diputaciones Forales de la Comunidad Autónoma del País Vasco y/o Comunidad Foral navarra, las casillas [01583] «Resultado a ingresar como consecuencia de la tramitación de autoliquidaciones anteriores o liquidaciones administrativas correspondientes al periodo impositivo 2024», [01585] «Devolución acordada por la Agencia Tributaria como consecuencia de la tramitación de autoliquidaciones anteriores o liquidaciones administrativas correspondientes al periodo impositivo 2024 (D. Forales/Navarra)» y [00622] «Resultado (D. Forales/Navarra)», se deberán cumplimentar del mismo modo a través del cuadro de determinación del resultado correspondiente a cada una de las Administraciones forales de la página 26 del modelo 200.