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Manual práctico de Sociedades 2024.

Resultado (casillas 00621 y 00622)

Una vez obtenido el resultado de la autoliquidación (casillas [01586] y [01587]), éste se trasladará a las casillas [00621] y [00622] «Resultado» del apartado «Rectificativa» de la página 14 bis del modelo 200.

En el caso de que la entidad presente una autoliquidación rectificativa de otra autoliquidación anterior correspondiente al mismo concepto, período impositivo y ejercicio, deberá cumplimentar las casillas [01578] a [01585] relativas a las autoliquidaciones rectificativas del apartado «Rectificativa» y en su caso, el apartado «Rectificación» de la página 14 bis del modelo 200.

Recuerde:

Las casillas [01578] a [01585] se cumplimentarán exclusivamente cuando se presente una autoliquidación rectificativa. Para cumplimentar estas casillas, las entidades deberán haber marcado previamente la casilla de autoliquidación rectificativa de la página 1 del modelo 200 haciendo constar el número de justificante de la autoliquidación anterior, así como el motivo de la rectificación.