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Orientaciones 2016 OEA

2.V.9. Persona de contacto designada

El artículo 28, apartado 1, letra h), del AE CAU prevé que el solicitante «designe a una persona de contacto competente para las cuestiones relacionadas con la seguridad y la protección». Esta persona de contacto ha de ser notificada a la AAE. Conviene señalar que tal condición no está relacionada con la seguridad en el trabajo, pues esta queda fuera del ámbito de aplicación del criterio de protección y seguridad.

Esta persona será el punto de contacto para cualquier cuestión planteada dentro de la empresa y también para las que plantee la AAE en relación con la protección y la seguridad.

Tanto si esta función se externaliza como si no, el solicitante deberá asegurarse de que la persona designada esté perfectamente al corriente de todas las cuestiones relacionadas específicamente con la protección en la empresa y esté autorizada para recibir y comunicar material confidencial sobre protección.