Subsección 6.10: Requisitos de seguridad en relación con los socios comerciales
A fin de cumplir el criterio mencionado en el artículo 28, apartado 1, letra d), del AE CAU, deberá adoptar medidas que permitan identificar de forma clara a sus socios comerciales y garantizar, mediante la aplicación de disposiciones contractuales apropiadas u otras medidas adecuadas conformes a su propio modelo de negocio, que esos socios comerciales velan por la seguridad de su tramo de la cadena internacional de suministro.
Los socios comerciales pueden ser proveedores (de bienes o servicios) o clientes.
6.10.1
Su respuesta debe ir acompañada de pruebas documentales. Debe mostrar a la autoridad aduanera cualquier prueba documental de que disponga para justificar la respuesta dada a esta pregunta. La documentación debe incluir un registro de los controles aplicados. El registro deberá mantenerse disponible durante la visita con fines de inspección.
6.10.2, a) y b)
Usted es el principal responsable, en su tramo de la cadena internacional de suministro, de las mercancías que quedan bajo su control y de las instalaciones que utiliza. No obstante, la seguridad de la cadena internacional de suministro también depende de la seguridad de sus socios comerciales y usted ha de realizar todos los esfuerzos posibles para asegurarse de que sus socios comerciales cumplen los requisitos de seguridad del AEO.
Puede imponer a sus proveedores el requisito de que todas las mercancías estén marcadas, precintadas, embaladas y etiquetadas de una forma determinada, que se sometan a controles con rayos X, etc., y que se atengan a las normas internacionales vigentes.
Cuando existan tales requisitos, sus procedimientos deberán prever los siguientes elementos:
- en lo posible, la realización de visitas regulares a las instalaciones de la empresa del proveedor para comprobar el cumplimiento de los mismos,
- la comunicación de los requisitos acordados al personal de su empresa para que este compruebe el cumplimiento de los mismos en el momento de la llegada de las mercancías,
- el establecimiento de procedimientos para que el personal de su empresa comunique cualquier irregularidad o incidente observado,
- los controles de gestión/supervisión realizados a fin de garantizar que el personal está aplicando los requisitos acordados,
- las medidas adoptadas para poner remedio a cualquier incumplimiento de dichos requisitos,
- la revisión y la actualización regulares de los procedimientos.
Deberá mostrar a la autoridad aduanera cualquier prueba documental de que disponga para justificar la respuesta dada a esta pregunta. La documentación deberá incluir un registro de los controles aplicados. El registro deberá mantenerse disponible durante la visita con fines de inspección.
6.10.3
Su respuesta deberá ir acompañada de pruebas documentales. Deberá mostrar a la autoridad aduanera cualquier prueba documental de que disponga para justificar la respuesta dada a esta pregunta. La documentación deberá incluir un registro de los controles aplicados. El registro deberá mantenerse disponible durante la visita con fines de inspección.
En principio, cualquier incumplimiento del tipo especificado en esta sección debe quedar reflejado en los documentos mencionados en la pregunta 6.1.2, a) y b), junto con una revisión adecuada de los procedimientos y la medida o medidas aplicadas para hacerle frente.