Otras preguntas frecuentes sobre cita previa
Desde la declaración del estado de alarma,las oficinas de la AEAT han estado temporalmente cerradas para la atención presencial.
A partir del 26 de mayo vuelven a estar abiertas, para la atención presencial de determinados servicios considerados esenciales, las oficinas de la Agencia Tributaria situadas en zonas en las que se cumplan los requisitos sanitarios exigibles. Estos servicios únicamente se prestarán con cita previa.
Al igual que en años anteriores, no se confeccionan las declaraciones de Renta que estén en alguna de las siguientes situaciones:
- Arrendamiento de inmuebles (más de 2 inmuebles y/o contratos de alquiler) y alquileres turísticos con plataforma.
- Actividades profesionales o empresariales en estimación directa.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisión de más de 2 inmuebles incluida la vivienda habitual, acciones u otros bienes.
- Transmisión en 2019 de bienes que se hayan adquirido por herencia o donación.
No se confeccionan declaraciones complementarias de ejercicios anteriores.
Podrán solicitar cita previa para confeccionar la declaración de Renta los contribuyentes que hayan obtenido en 2019:
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Rendimientos del trabajo, con el límite de 65.000 € anuales
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Rendimientos del capital mobiliario, con el límite de 15.000 € anuales.
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Rendimientos del capital inmobiliario con el límite de 2 bienes inmuebles alquilados o 2 contratos de alquiler. No se confeccionan declaraciones de Renta con alquileres turísticos con plataforma.
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Ganancias y pérdidas patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta (IIC, fondos de inversión y premios), subvenciones (salvo de actividades económicas) y transmisión de vivienda habitual con exención total.
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Imputación del régimen de rentas inmobiliarias.
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Todas las rentas anteriores derivadas del régimen de atribución de rentas.
Confeccionamos las declaraciones con rentas procedentes de:
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Rendimientos de actividades empresariales en módulos (con sus subvenciones).
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Resto de ganancias y pérdidas patrimoniales (transmisión de inmuebles incluida la vivienda habitual con exención parcial por reinversión, acciones u otros bienes,) con el límite conjunto de 2 operaciones –. No se realizará ninguna transmisión de inmuebles que hayan sido adquiridos por donación o herencia.
También se realizan declaraciones con:
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Compensación entre cónyuges
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Deducción por doble imposición internacional
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Rentas exentas con progresividad
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Regularización clausulas suelo
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Rectificativas y complementarias del ejercicio (con los límites generales establecidos)
Al igual que en años anteriores, no se confecciona en oficinas de la AEAT, las declaraciones de Renta que estén en alguna de las siguientes situaciones:
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Rentas de trabajo superiores a 65.000 € y capital mobiliario superiores a 15.000 €.
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Arrendamiento de inmuebles (más de 2 inmuebles y/o contratos de alquiler) y alquileres turísticos con plataforma.
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Actividades profesionales o empresariales en estimación directa.
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Transmisión de más de 2 inmuebles o acciones de más de 2 emisores (límite conjunto).
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Transmisión en 2019 de bienes que se hayan adquirido por herencia o donación.
No se confeccionan declaraciones complementarias de ejercicios anteriores.
El matrimonio donde uno de los cónyuges quede excluido del servicio de cita previa puede solicitar cita previa para Renta para aquel cónyuge que no quede excluido, exclusivamente para confeccionar su declaración de Renta en tributación individual. En el caso de querer tributar de forma conjunta no podrán utilizar este servicio.
Con el NIF de un contribuyente se pueden pedir todas las citas que sean necesarias, siempre que se proceda a su anulación en el supuesto de no poder atender la llamada.
Sí.En caso de no estar disponible para atender su cita hay que anularla como mínimo un día antes
SI. La persona autorizada a confeccionar la declaración de un tercero debe tener consentimiento expreso y estar en posesión de los datos de contraste que se soliciten: NIF/NIE y su fecha de validez, expedición o número de soporte - Fecha de nacimiento - Número de Referencia – Domicilio fiscal, y cualquier otro que en su caso se pudiera requerir, como pudiera ser el IBAN de una cuenta en la que figure como titular.
En los servicios que se presten de forma telefónica a través del Plan Le Llamamos, una vez contrastada la identificación y validez de la autorización, se procederá a grabar el consentimiento.
Cuando la atención es presencial en nuestras oficinas, debe acudir a la cita con la autorización firmada. Junto con la autorización se adjuntará fotocopia del DNI de la persona que autoriza (representado). Se puede utilizar el siguiente modelo de autorización:
Para concertar el número de citas correcto, es preciso concretar las personas que necesitan cita y si pertenecen, o no, a la misma unidad familiar:
- Si se trata de UNA PERSONA: 1 CITA, 1 número de NIF / NIE.
- Si se trata de UNA UNIDAD FAMILIAR: 1 CITA, 1 número de NIF / NIE tanto en tributación individual de cada uno de los miembros de la unidad familiar como en tributación conjunta.
- SI NO PERTENECEN A LA MISMA UNIDAD FAMILIAR se conciertan las CITAS que correspondan según los puntos anteriores, con un máximo de 6 citas en una llamada, con los correspondientes 6 números de NIF / NIE
No es necesario. Basta con solicitar 1 cita por unidad familiar, con el NIF de cualquiera de los cónyuges. Existen dos modalidades de unidad familiar:
- La formada por los cónyuges no separados y si los hubiere, los hijos menores de edad (menores de 18 años) salvo los que vivan independientes, con el consentimiento de los padres y los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
- En defecto de matrimonio y en los casos de contribuyentes separados legalmente, viudos o solteros, la unidad familiar estará formada por el padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra y reúnan los requisitos señalados para la modalidad anterior.
Sí. En el caso de que el contribuyente hubiera comunicado un número de teléfono móvil. El SMS se enviará en el momento en que la cita quede registrada. Asimismo, se enviará un enlace con los datos, documentación e información necesaria que tiene que tener preparada para confeccionar la declaración de Renta.
En caso de no facilitar un nº de móvil se deberá facilitar un correo electrónico con el fin de comunicar los datos de la cita concertada.
Si la solicitud se hubiera efectuado a través de la app se le comunicará los datos por ese mismo medio.