Preguntas frecuentes Modelo 030
Saltar índice de la informaciónAlta en el Censo de Obligados Tributarios
El modelo 030 de declaración censal.
El modelo 030 de declaración censal cuando vayan a realizar o participar en operaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria.
Sí, cuando ambos comuniquen el cambio del domicilio fiscal o del domicilio a efectos de notificaciones y sean los mismos para ambos o cuando soliciten simultáneamente el alta, el NIF o la modificación de sus datos identificativos. En estos casos, el modelo deberá ser firmado por ambos cónyuges.
Se presentará en el Registro Electrónico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. El obligado tributario o, en su caso, el presentador, deberá acceder a la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, al trámite de aportación de documentación complementaria del modelo 030.
Deberá ser firmada por el interesado, o por los dos cónyuges, si se cumplimenta un único modelo en el que se comunican simultáneamente circunstancias que afectan a ambos o específicos del cónyuge, indicando el lugar y la fecha.
En caso de existir representante nombrado, la declaración podrá ser firmada por éste.