Cuándo realizar una modificación en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores
Si has presentado la declaración de alta, deberás comunicar cualquier variación de tus datos recogidos en la misma o en cualquier otra declaración posterior, mediante la correspondiente declaración de modificación
Qué opciones y renuncias puedo realizar
Puedes efectuar las mismas opciones que en la declaración de alta, revocando cualquiera que hubieras escogido, excepto la aplicación del régimen general contemplado en el IRNR para determinados establecimientos permanentes con actividad de duración limitada.
Asimismo, puedes renunciar a:
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La opción para determinar los pagos fraccionados del IS.
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La aplicación del régimen de consolidación fiscal.
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El régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos.