Deducción por ascendiente con discapacidad a cargo
Quién tiene derecho a la deducción, qué cuantía te corresponde y cómo hacerla efectiva
Solicitud y cesión del abono anticipado
Lo puedes solicitar:
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Si trabajas por cuenta propia o ajena por cada uno de los meses en los que estés dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad y cotices los siguientes plazos:
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Con contrato a jornada completa, en alta al menos quince días de cada mes, en el Régimen general o en los Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los Trabajadores del Mar.
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Con contrato a tiempo parcial con jornada de, al menos, el 50% de la ordinaria en la empresa, en cómputo mensual, en alta todo el mes si estás en los regímenes del punto anterior.
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Por cuenta ajena en alta en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y habiendo optado por bases diarias de cotización, al menos, diez jornadas reales en dicho período.
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En los restantes Regímenes especiales de la Seguridad Social o mutualidades alternativas a la Seguridad Social, en alta durante quince días en el mes.
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Si cobras una prestación contributiva y asistencial del sistema de protección del desempleo o una pensión de la Seguridad Social o Clases Pasivas por cada uno de los meses en los que la percibas.
Presenta este modelo para:
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Solicitar el abono anticipado. Debes presentar una solicitud por cada ascendiente con discapacidad que genere el derecho a la deducción. Hazlo a partir del momento en el que cumplas los requisitos.
La solicitud puede ser:
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Individual: sólo hay una persona con derecho a la deducción o, hay más de una persona con derecho a la deducción por el mismo ascendiente y cada una de ellas solicita el abono que le corresponde.
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Colectiva: hay más de una persona con derecho a la deducción por el mismo ascendiente y todas ceden su derecho a favor de una de ellas.
Debéis indicar como primer solicitante a la persona que cumpla, en el momento de presentar la solicitud, todos los requisitos. Ésta será la que reciba íntegramente el abono anticipado.
No tienes que presentar una nueva solicitud cada año salvo que quieras cambiar de modalidad individual a colectiva o viceversa. En este caso, preséntala en el mes de enero.
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- Comunicar variaciones que afectan al cobro anticipado o si incumples alguno de los requisitos necesarios para percibirlo.
Tienes 15 días naturales desde que se producen estas situaciones para comunicarlo.
Para presentar este modelo todos los solicitantes y el ascendiente con discapacidad que incluyas en las solicitudes deben tener un NIF.
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Si has presentado una solicitud de abono anticipado colectiva el derecho se entenderá cedido a favor del primer solicitante. Éste deberá consignar, en la declaración de IRPF , la totalidad del abono anticipado percibido.
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Si has presentado una solicitud de abono anticipado individual y quieres ceder el derecho hazlo en la declaración de IRPF. El derecho se entenderá cedido a quien aplique la deducción en su declaración.
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Si no estás obligado a declarar, no has presentado una solicitud de abono anticipado colectiva y quieres ceder el derecho presenta, en el mismo plazo de presentación de la declaración de renta, el Modelo 121.