Guía para la puesta en marcha del "Convenio de colaboración AEAT-FEMP en materia de intercambio de información tributaria y colaboración en la gestión recaudatoria con las entidades locales"
El Convenio en materia de Intercambio de información tributaria y Colaboración en la gestión recaudatoria entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) recoge dos aspectos diferentes: intercambios de información tributaria y colaboración en la gestión recaudatoria.
Una vez solicitada y aceptada la adhesión al Convenio, los pasos a seguir por parte de las entidades locales para poner en marcha cada uno de los aspectos que recoge el Convenio son los siguientes:
Intercambios de información
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Suministros de la Agencia Tributaria a las entidades locales
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Suministros para finalidades tributarias al amparo del artículo 95.1.b) de la Ley General Tributaria
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Datos identificativos
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Contenido: según Convenio.
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Procedimiento: Cesión inmediata de información (CESII) a través de la Sede electrónica y Servicio web-Domicilio fiscal.
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Plazos: este suministro de información no está sometido a límite de periodicidad y las Entidades Locales podrán solicitarlo cuantas veces lo consideren necesario.
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Más información en el Protocolo para la puesta en marcha de los suministros de información tributaria a Entidades Locales adheridas al Convenio de Intercambio de información tributaria y colaboración en la gestión recaudatoriaNueva ventana.
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Censo de obligados tributarios
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Contenido: según Convenio.
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Procedimiento y plazos: las entidades locales podrán solicitarlo una vez al semestre (una con el censo a fecha 31/12 del ejercicio anterior y otra a fecha 30/06 del ejercicio corriente) a través del trámite Suministro del censo de contribuyentes para entidades localesNueva ventana. La información se remitirá de manera inmediata una vez se llame al servicio por la persona física identificada con certificado electrónico y debidamente autorizada en el suministro.
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Más información en el Protocolo para la puesta en marcha de los suministros de información tributaria a Entidades Locales adheridas al Convenio de Intercambio de información tributaria y colaboración en la gestión recaudatoriaNueva ventana.
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Impuesto sobre Actividades Económicas
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Contenido y periodicidad: conforme a la normativa vigente.
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Más información en el Protocolo de intercambio de información del Impuesto sobre Actividades Económicas con las Entidades Locales Nueva ventana.
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Información patrimonial
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Contenido: depósitos bancarios y participaciones en fondos de inversión, cuya titularidad corresponda a los deudores de la Entidad Local por deudas tributarias en fase de embargo, según convenio.
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Procedimiento: Cesión inmediata de información (CESII) a través de la Sede electrónica y Servicios web.
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Plazos: este suministro de información no está sometido a límite de periodicidad y las Entidades Locales podrán solicitarlo cuantas veces lo consideren necesario.
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Más información en el Protocolo para la puesta en marcha de los suministros de información tributaria a Entidades Locales adheridas al Convenio de Intercambio de información tributaria y colaboración en la gestión recaudatoriaNueva ventana.
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Nivel de renta:
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Contenido: según convenio.
- Procedimiento: Cesión inmediata de información (CESII) a través de la Sede electrónica y Servicio web.
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Plazos: este suministro de información no está sometido a límite de periodicidad y las Entidades Locales podrán solicitarlo cuantas veces lo consideren necesario.
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Más información en la Guía para el suministro de información tributaria por vía telemática a las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias Nueva ventana.
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Suministros para finalidades no tributarias para evitar certificados en papel al amparo del artículo 95.1.k) de la Ley General Tributaria
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Contenido: se suministra, en sustitución de los certificados en soporte papel, información necesaria para el ejercicio de las competencias de las Entidades Locales en el marco de los correspondientes procedimientos administrativos, relativa a la situación del cumplimiento de obligaciones tributarias, al nivel de IRPF, datos identificativos y al alta en el censo del IAE.
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Plazos: estos suministros de información no están sometidos a límite de periodicidad y las Entidades Locales podrán solicitarlos cuantas veces lo consideren necesario.
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Más información en la Guía para el suministro de información tributaria por vía telemática a las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias Nueva ventana.
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Suministros de las entidades locales a la Agencia Tributaria
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Padrón municipal
Este suministro sólo deberán efectuarlo las entidades locales a requerimiento individualizado de la Agencia Tributaria.
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Impuesto sobre Actividades Económicas
Contenido y periodicidad: conforme a la normativa vigente.
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Información urbanística (modelo 995)
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Contenido: datos acordados por la Comisión Mixta del Convenio de las liquidaciones del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y las del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana; de cambios en la clasificación del suelo y de licencias urbanísticas.
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Plazo:La información se presenta a través del modelo 995, según periodicidad establecida en convenio. La información de cada ejercicio se presentará durante el mes de marzo del ejercicio siguiente (las Entidades Locales que realicen el suministro por primera vez, podrán hacerlo en cualquier momento del año siguiente al que se refiere la información).
- Lugar de presentación: La declaración se presentará por vía telemática en la web integrada de la Agencia Tributaria en la opción “Presentación” del Modelo 995. Cesión de Información Urbanística por Entidades LocalesNueva ventana.
Para confeccionar esta declaración puede utilizar estas herramientas de ayuda:
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Programa de ayuda para la cesión de información urbanística Nueva ventana.
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Diseño de registro 995Nueva ventana.
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Colaboración en la gestión recaudatoria
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Embargo de devoluciones tributarias gestionadas por la Agencia Tributaria (Modelo 996)
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Contenido: el procedimiento permite la traba por la Agencia Tributaria de las devoluciones tributarias solicitadas por los contribuyentes que sean a su vez deudores de las Entidades Locales por deudas de derecho público en fase de embargo.
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Alta en el Procedimiento: la entidad local deberá remitir a laDelegación de la Agencia Tributaria correspondiente a su ámbito territorial el Formulario de solicitud de alta en el procedimiento telemático (modelo 996)Nueva ventana.
Una vez autorizada, la Entidad Local deberá ponerse en contacto con el Jefe de la Dependencia de Informática Tributaria de la Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente a su ámbito territorial para solicitar información sobre este procedimiento contenida en el “Manual sobre el procedimiento y presentación telemática de órdenes de embargo del “Sistema consolidado de gestión de devoluciones-descuentos a favor de acreedores públicos”.
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Lugar de presentación: La declaración se presentará por vía telemática en la web integrada de la Agencia Tributaria en la opción “Presentación” del Modelo 996. Embargo de devoluciones del modelo 996Nueva ventana.
Por cada deudor se acumularán todas las deudas por la que se solicite el embargo en un solo importe.
Para confeccionar esta declaración puede consultar el Diseño de registro 996Nueva ventana
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Embargo de pagos presupuestarios efectuados por las entidades locales (Modelo 997)
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Contenido: se establece un procedimiento para el embargo por la Agencia Tributaria de aquellos pagos que deban realizarse con cargo al presupuesto de las Entidades Locales, sus Organismos Autónomos y demás Entes y Empresas Municipales respecto de obligados al pago de deudas gestionadas por la Agencia Tributaria.
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Alta en el procedimiento: la Entidad Local deberá remitir a la Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente a su ámbito territorial el Formulario de solicitud de alta en el procedimiento de pagos presupuestarios (Modelo 997)Nueva ventana .
Asimismo, la Entidad Local deberá ponerse en contacto con el Jefe de la Dependencia de Informática Tributaria de la Delegación de la Agencia correspondiente a su ámbito territorial para solicitar el “Manual de Procedimiento de embargo de pagos presupuestarios de otras Administraciones Públicas por la Agencia Tributaria”Nueva ventana.
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Lugar de presentación: La transmisión de los ficheros de pagos presupuestarios se realizará a través de la web integrada de la Agencia Tributaria en Suministro de información de pagos presupuestarios de otras Administraciones PúblicasNueva ventana.
Para facilitar la presentación de este fichero puede consultar el Diseño de registro 997Nueva ventana.
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