Información Ley 2/2023 de protección al informante. Canal externo
La Ley 2/2023 incorpora al Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937
La comunicación de información dentro del ámbito de la Ley 2/2023, cuando tenga contenido tributario y se haya obtenido en un contexto laboral o análogo, deberá presentarse, junto con toda la documentación acreditativa, en el apartado de "Gestiones" señalado como "Comunicaciones Ley 2/2023 de protección al informante. Canal externo"
En este caso se exigirá la identificación completa del informante sin perjuicio de poder presentarla también como denuncia público tributaria si no estuviera identificado. Todo ello de conformidad con los artículos 2, 3 y los apartados 3 al 5 del artículo 13 de la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.