Denuncia tributaria
Puedes comunicarnos hechos o situaciones que puedan ser constitutivos de infracciones tributarias o tener trascendencia para la aplicación de los tributos.
Información al denunciante
El inicio de actuaciones inspectoras no se produce como consecuencia de la presentación de la denuncia sino, en su caso, por la decisión de los órganos de la Inspección que puede basarse en el contenido o pruebas de la denuncia.
La Administración tributaria no podrá proporcionar a la persona denunciante ninguna información respecto de la posible investigación de los datos consignados en la denuncia, debido a que la ley obliga a guardar el más estricto sigilo respecto de los datos, informes y antecedentes obtenidos en el desempeño de sus funciones, salvo en determinados casos entre los que no se encuentra la comunicación de datos a los denunciantes.
No se considerará a la persona denunciante interesada en la actuación administrativa que pudiera iniciarse a raíz de la denuncia, ni legitimada para interponer recursos o reclamaciones en relación con los resultados de las mismas.
La persona que denuncie no tiene derecho al abono de una participación en las posibles sanciones tributarias que se pudieran imponer a los denunciados.