Canal interno de información Ley 2/2023 (comunicación de infracciones realizadas por personal de la AEAT)
A través de este Canal solo se admitirá la comunicación de información relativa a conductas o comportamientos del personal de la Agencia Tributaria contrarias al ordenamiento jurídico de acuerdo con la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. No se tramitarán denuncias tributarias ni quejas. (Si desea presentar una denuncia debe ir al apartado denuncia tributaria en esta misma página. Si desea formular una queja por el mal funcionamiento de los servicios puede presentarla ante el Consejo para la Defensa del Contribuyente).
¿Qué permite este canal?
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2023, este canal permite la comunicación por parte de las personas físicas que, en un contexto laboral o profesional con la Agencia Tributaria, hayan obtenido la información sobre las infracciones previstas en el artículo 2 de la Ley 2/2023.
Entre otras, se considera que las siguientes personas físicas han obtenido la información en un contexto profesional o laboral:
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Personal al servicio de la Agencia Tributaria
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Aquellas cuya relación laboral o funcionarial todavía no haya comenzado, en los casos en que la información haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual.
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Personal funcionario en prácticas.
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Personal colaborador, en períodos de formación o en situación similar sin relación laboral o funcionarial.
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Personal vinculado a las empresas con las que la Agencia Tributaria tenga contratados servicios o haya participado en su licitación.
Además, este Canal interno de información también está habilitado para recibir comunicaciones de aquellas personas que hayan obtenido la información en un contexto distinto del laboral o profesional con la Agencia Tributaria y que informen sobre acciones u omisiones contrarios al ordenamiento jurídico del personal de la Agencia.