Acta de la reunión
ACTA DE LA REUNIÓN DEL PLENO DEL FORO DE ASOCIACIONES Y
COLEGIOS DE PROFESIONALES TRIBUTARIOS
CELEBRADA EL 2 DE JULIO DE 2019
Presidente del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios
Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
D. Jesús Gascón Catalán
Miembros en representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Director del Departamento de Gestión Tributaria
D. Gonzalo David García de Castro
Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria
D. Javier Hurtado Puerta
Director del Departamento de Recaudación
D. Guillermo Barros Gallego
Directora del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
D.ª Pilar Jurado Borrego
Director del Departamento de Informática Tributaria
D. Manuel Alfonso Castro Martínez
Directora del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales
D.ª Rosa María Prieto del Rey
Director del Servicio Jurídico
D. Diego Loma-Osorio Lerena
Delegado Especial de Cataluña
D. Isidoro García Millán
Miembros en representación de las Asociaciones y Colegios
Asociación Española de Asesores Fiscales
Director del Gabinete de Estudios
D. Arturo Jiménez Contento
Vocal Responsable de Estudios e Investigación
D. Javier Gómez Taboada
Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España
Secretario de la Junta Directiva
D. José Antonio Fernández García-Moreno
Vocal de la Junta Directiva
D. Antonio Ibarra López
Consejo General de la Abogacía Española
Vicedecano del Colegio de Abogados de Baleares
D. Rafael Gil March
Consejo General de Colegios de Agentes y Comisionistas de Aduanas
Secretario del Consejo
D. Manuel López Frías
Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España
Responsable del Área Fiscal del Consejo General
D.ª Pilar Otero Moar
Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España
Vocal de la Comisión de Asuntos Fiscales
D. José Castaño Semitiel
Vocal de la Comisión de Asuntos Fiscales
D.ª Alicia Rodríguez Hitos
Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales
Presidente
D. Joan Torres Torres
Vicepresidente Segundo
D. Adolfo Jiménez Ramírez
Gabinete de Gestores Administrativos y Asesores Fiscales
Abogada
D.ª Raquel Cobos Casero
Registro de Economistas Asesores Fiscales
Vicepresidente del Consejo Directivo
D. Miguel Ángel Ruiz Ayuso
Secretario Técnico
D. Luis del Amo Carbajo
Secretaría Técnica del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios
Directora del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales
D.ª Rosa María Prieto del Rey
En Madrid, a 2 de julio de 2019, se celebra la decimoquinta reunión plenaria del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios, asistiendo las personas reseñadas, y de acuerdo con el siguiente
ORDEN DEL DÍA
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Apertura por el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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Aprobación del acta de la sesión celebrada el 27 de noviembre de 2018.
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Sometimiento al Pleno del consentimiento para la aprobación por mayoría de los miembros de los textos del Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios y del Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios
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Votación para la aprobación de los textos del:
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Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios y
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Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios.
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Información sobre los temas tratados en los grupos de trabajo.
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Otras consideraciones, ruegos y preguntas.
1. Apertura por el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Abre la sesión D. Jesús Gascón Catalán, Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Presidente del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios, quien, tras agradecer la asistencia a todos los presentes, informa que la Agencia Tributaria está desarrollando su planificación estratégica para los próximos años y que los trabajos están muy avanzados. Añade que tenía intención de realizar un avance en este pleno, pero que, debido a la situación de la legislatura con un gobierno en funciones, por prudencia, ha decidido posponer este asunto. No obstante, señala que, dada la relevancia del tema, ya que va a marcar las líneas de actuación de la organización en los próximos años, no descarta convocar una reunión extraordinaria del pleno o incluirlo en algún grupo de trabajo.
Seguidamente, D. Jesús Gascón señala que en esta sesión plenaria está previsto tratar los siguientes temas: en primer lugar, la aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior; en segundo lugar, se someterá al pleno el consentimiento para la aprobación por mayoría de los textos del Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios y del Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios; en tercer lugar, en caso de que se haya obtenido el consentimiento en el punto anterior, se votará la aprobación de los textos de los Códigos; en cuarto lugar, se informará sobre los asuntos tratados en las reuniones de los grupos de trabajo; y, por último, finalizará la sesión plenaria con un turno de consideraciones, ruegos y preguntas.
2. Aprobación del acta de la sesión celebrada el 27 de noviembre de 2018
El Presidente del Foro cede la palabra a D.ª Rosa María Prieto del Rey, Directora del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales, quien manifiesta que el acta de la decimocuarta sesión del pleno fue remitida a las Asociaciones y Colegios con anterioridad a esta reunión y que hasta el momento no se ha recibido ninguna observación. Dirigiéndose a los asistentes pregunta si alguien quiere realizar alguna objeción. Dado que no se formula ninguna, declara aprobada el acta de la 14ª sesión plenaria que tuvo lugar el pasado 27 de noviembre.
Para finalizar, D.ª Rosa María Prieto informa que el acta aprobada en este Pleno se publicará en la página web de la Agencia Tributaria, en el espacio reservado a este Foro.
3. Sometimiento al Pleno del consentimiento para la aprobación por mayoría de los miembros de los textos del Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios y del Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios
A continuación, el Director General de la Agencia Tributaria da paso al tercer punto del orden del día y comenta que los Códigos de Buenas Prácticas han sido analizados en profundidad en las reuniones de los grupos de trabajo y desea recordar una serie de cuestiones tratadas en las mismas:
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El principal objetivo de los trabajos ha sido intentar conciliar posiciones a fin de superar la situación de bloqueo que parecía instaurada en esta materia.
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Solo se somete a la exoneración de la regla del consenso que rige en este Foro la votación recogida en el punto 4 del orden del día.
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La aprobación de los textos de los Códigos no implica que la Asociación o Colegio que haya votado favorablemente se esté, de alguna manera, comprometiendo a ratificarlos a través de sus órganos de gobierno.
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Los textos son modificables, una vez aprobados, en el caso de que las circunstancias así lo aconsejen o las partes lo decidan.
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El protocolo de actuación para la verificación de la correcta aplicación de los Códigos no está desarrollado en los textos actuales. Se le ha encomendado al Consejo para la Defensa del Contribuyente que lo estudie y será, o bien incorporado al texto de los Códigos en el caso de que no se aprueben en esta reunión, o bien, en caso contrario, se incorporará posteriormente como anexo de los mismos.
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Una vez aprobados, los textos se publicarán en la página web de la AEAT y habrá que establecer la forma de instrumentación de las firmas, es decir, habrá que determinar el nivel al que se firmará por las Asociaciones y Colegios y, en particular, si cabe la firma también por los órganos territoriales que, en su caso, puedan existir en las Asociaciones y Colegios. La Agencia Tributaria está abierta a cualquiera de las posibilidades, pero agradecería que se le informase.
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Dado el carácter abierto de los Códigos y ante la posibilidad de que, una vez publicados los textos, una entidad sin representación en este Foro pudiera solicitar la adhesión, la Agencia Tributaria lo pondría en conocimiento de las Asociaciones y Colegios representados en el Foro.
A continuación D. Jesús Gascón informa que la representante del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España había confirmado su asistencia, pero no ha llegado todavía, lo que hace suponer que ha tenido alguna incidencia. No obstante, dado que han transcurrido ya veinte minutos desde que se inició la sesión, da lectura al tercer punto del orden del día y somete a la decisión del pleno el consentimiento para la aprobación por mayoría de los miembros de los textos del Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios y del Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios.
Seguidamente todas las Asociaciones y Colegios, así como la Agencia Tributaria, votan a favor de exonerar del cumplimiento de la regla del consenso la aprobación de los textos de los Códigos.
A continuación, el Director General de la Agencia Tributaria da paso al siguiente punto del orden del día.
4. Votación para la aprobación de los textos del:
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Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios y
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Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios
El Director General lee el cuarto punto del orden del día y solicita a las Asociaciones y Colegios que se pronuncien, con el siguiente resultado: seis Asociaciones o Colegios, así como la Agencia Tributaria votan a favor, la Asociación Española de Asesores Fiscales se abstiene y el Consejo General de la Abogacía Española vota en contra. Las dos últimas entidades señalan que el sentido de su voto viene motivado, fundamentalmente, porque no ha podido debatirse y aprobarse internamente. Por su parte, D. José Castaño Semitiel, representante del Consejo General de Graduados Sociales de España, desea hacer constar, a pesar de que no se somete a votación, que su Consejo no está de acuerdo con la Adenda. Por otro lado, en relación con la ausencia de la representante del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España, el Presidente del Foro se dirige a los presentes y propone que, si D.ª Pilar Otero llega antes de que concluya la sesión, se le dé la oportunidad de pronunciarse sobre los dos puntos anteriores. Las Asociaciones y Colegios proponen que, si no llega a tiempo, se le podría permitir que se pronunciasen posteriormente por escrito.
A continuación D. Jesús Gascón se dirige a las dos entidades que no han votado a favor de los textos de los Códigos y les solicita que si, posteriormente, deciden internamente aprobar los Códigos, se lo comuniquen a la Agencia Tributaria.
El Director General prosigue su intervención señalando que quedan aprobados los textos y que la tarea siguiente va a ser desarrollar el protocolo para los casos de incumplimiento y establecer un procedimiento de firma, en particular, en el caso de los profesionales tributarios que individualmente deseen adherirse. En cualquier caso, D. Jesús Gascón señala que el objetivo no es tener un Código de Buenas Prácticas, sino que este es un instrumento de comunicación para seguir avanzando en esta línea de trabajo.
Para finalizar con este punto, agradece a todos los presentes su colaboración y, seguidamente, da paso al siguiente punto del orden del día.
5.- Información sobre los temas tratados en los grupos de trabajo
D.ª Rosa María Prieto toma la palabra y señala que la exposición de los temas tratados durante el primer semestre de 2019, tanto en el grupo de trabajo relativo a las novedades en normativa, modelos y campañas como en el nuevo grupo dedicado al análisis de medidas para favorecer la certeza jurídica, se va a distribuir entre los Departamentos de la Agencia Tributaria en función de su intervención en los mismos. Así, indica que, como Directora del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales, quiere comentar los trabajos realizados en relación con el código de buenas prácticas, aunque después de la votación parezca que está un poco fuera de lugar. Señala que, como ya ha comentado el Director General, a lo largo de este semestre se ha trabajado fundamentalmente en intentar desbloquear la situación, adoptándose, finalmente, una nueva alternativa consistente en dividir el texto en dos códigos que permitieran estar más cómodas a todas las entidades. No obstante, hubo Asociaciones y Colegios en las que se generaron ciertas dudas y por ello se convocó una reunión el pasado 20 de junio donde se dieron las explicaciones y aclaraciones necesarias de manera que, llegado el momento, no hubiese dudas sobre lo que se estaba sometiendo a votación.
A continuación, D.ª Rosa María Prieto cede la palabra a D. Gonzalo García de Castro, Director del Departamento de Gestión Tributaria, quien va a comentar la parte de la actividad del grupo de trabajo de novedades en normativa, modelos y campañas que afecta a su Departamento.
D. Gonzalo García de Castro inicia su exposición manifestando su felicitación a todos los presentes en el pleno por el avance tan importante que supone para la profesión tributaria y para la Administración la aprobación de los textos de los códigos de buenas prácticas.
Prosigue el Director del Departamento de Gestión Tributaria señalando que, en relación con las reuniones del grupo de trabajo de novedades en normativa, modelos y campañas, va a centrar su exposición en tres ámbitos muy concretos: el primero, valoración de la campaña de declaraciones informativas 2018 y perspectivas para la de 2019; el segundo, novedades y evolución de la campaña de Renta 2018; y en tercer lugar, la normalización de los libros registro del IVA en el marco de determinadas actuaciones de control que realiza la Administración tributaria. Seguidamente pasa a detallar cada uno de los puntos:
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Valoración de la campaña de Declaraciones Informativas 2018: Se ha desarrollado sin incidencias y el resultado obtenido se puede considerar bastante satisfactorio. La principal novedad ha sido la implantación del sistema TGVI on line en los principales modelos, que ha ido francamente bien y agradece la postura activa y participativa de todos los profesionales del ámbito tributario. Esto permite devolver ingentes volúmenes de información a la ciudadanía en forma de servicios de asistencia, lo que permite trasladar una mayor certidumbre al ciudadano a la hora de cumplir con sus obligaciones con la Hacienda Pública. El paso siguiente es la extensión del sistema TGVI on line a otras declaraciones informativas, incluidas en una nota que ya está disponible en la página web de la Agencia Tributaria.
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Novedades y evolución de la campaña de Renta 2018: Este tipo de campañas tan masivas supone que, en un período prácticamente de dos meses, 25 millones de contribuyentes se relacionen con la Administración tributaria, con un resultado de más de 20 millones de declaraciones presentadas, en un ámbito de total normalidad administrativa. La principal novedad de esta campaña ha sido la desaparición de la predeclaración, con lo que se ha eliminado el papel impreso, lo cual no ha supuesto ninguna incidencia práctica. Esto nos permite seguir profundizando en este modelo de gestión del impuesto que agiliza los trámites administrativos y, especialmente, aquellos en los que el contribuyente espera una respuesta, como es el caso de las solicitudes de devolución.
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Normalización de los libros registro del IVA en formato electrónico: Ha sido publicado en la página web de la Agencia Tributaria un formato electrónico de libros registro de IVA para los contribuyentes no sujetos al SII que, si bien no es obligatorio, sí pretende ajustarse al procedimiento establecido por gestión tributaria a fin de conseguir un formato homogéneo en los requerimientos y garantizar una actuación uniforme y normalizada en todo el territorio, independientemente del origen de los mismos. Además, continuando con esta línea de normalización, existe un proyecto de orden ministerial en tramitación que afectaría a los libros registro de IRPF de los contribuyentes que desarrollan actividades económicas.
D. Jesús Gascón agradece a D. Gonzalo García de Castro su intervención y cede la palabra a D. Javier Hurtado Puerta, Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.
D. Javier Hurtado inicia su intervención sumándose a la felicitación realizada por el Director del Departamento de Gestión Tributaria a todos los presentes por la aprobación de los textos de los códigos. A continuación, solicita a las Asociaciones y Colegios que remitan a través de la Secretaría Técnica los temas que consideren que sería interesante incluir en las sesiones de los grupos de trabajo. Seguidamente pasa a detallar las principales cuestiones que se abordaron en las reuniones del grupo de trabajo de análisis de medidas para favorecer la certeza jurídica celebrada el 4 de junio:
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Análisis de la nota publicada en la página web de la Agencia Tributaria sobre interposición de sociedades por personas físicas: Esta nota pretende aclarar el criterio de la Agencia Tributaria sobre esta cuestión, como consecuencia de la polémica existente respecto a un posible cambio de criterio en el tratamiento de este tipo de entidades. Así, en la nota se abordan dos tipos de riesgos: por un lado, sociedades que son exclusivamente de tenencia y disfrute y, por otro, las que persiguen el remansamiento de rentas profesionales. Las reacciones de la Administración en estos casos son la reconducción a valor de mercado de las transacciones entre socio y sociedad y, en casos de simulación o engaño, el levantamiento del velo y la tributación de las personas que estén detrás. Por otro lado, se trata de una nota de carácter general y no técnica, por lo que habrá que estudiar caso por caso.
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Estado de tramitación de la Directiva sobre Intermediarios Fiscales (DAC 6): La Dirección General de Tributos informó que la misma se había sometido al novedoso trámite de consulta pública previa y que se habían formulado aportaciones importantes por parte de los distintos operadores, algunas de las cuales se habían incorporado a la transposición. El Director del Departamento de Inspección señala que tiene que añadir a lo que se trató en la reunión que el 20 de junio ha sido publicado el texto completo de la transposición a efectos de cumplir con el trámite de información pública y se podrán remitir observaciones hasta el 12 de julio. Prosigue señalando que, finalmente, no se han incluido las operaciones interiores, por lo que solo va a afectar a determinados mecanismos transfronterizos. Por su parte, el secreto profesional ha quedado reducido en sus términos, pudiendo eximirse la obligación de comunicación por la concurrencia de intermediarios o de obligados. Añade que el Departamento de Inspección revisará estos mecanismos a fin de determinar cuáles se consideran aceptables y cuáles no.
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Aportación extemporánea de pruebas en los procedimientos de aplicación de los tributos: Una sentencia del Tribunal Supremo de septiembre de 2018 ha admitido la aportación de pruebas en vía contencioso-administrativa, al entender que una instancia revisora tiene derecho a ello. Así, cuando la Agencia Tributaria inicia un procedimiento administrativo y solicita cierta documentación es porque le es necesaria para determinar la verdadera calificación de los hechos y establecer si procede algún tipo de regularización. Si el contribuyente no aporta la información solicitada y sí lo hace posteriormente ante la instancia revisora, se está privando a la Agencia Tributaria de poder contrastar y evaluar los documentos aportados. Por ello, durante los procedimientos de revisión se podría proceder a un diligenciado detallado de la información que se solicita y ante la falta de presentación, si no se pudiera resolver, se podría proceder a sancionar por la falta de aportación de los documentos. En la reunión del pasado 4 de junio el Departamento de Inspección señaló que estas situaciones no deberían ocurrir en el marco de una relación cooperativa, que debe caracterizarse por la transparencia mutua, la buena fe y la colaboración.
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El principio de confianza legítima: Este principio ha alcanzado en los últimos tiempos mucha importancia en el mundo de la doctrina. Se refiere al supuesto en el que un contribuyente actúa al dictado de la Administración con arreglo a un criterio exteriorizado y claro y que, posteriormente, sin que se produzca un cambio normativo, un órgano de revisión modifica en contra del contribuyente. Así, se comentó en la reunión que la duda residía en si debe proyectarse solo a futuro o si podría aplicarse de forma retroactiva. Por otro lado, en ningún caso estarían amparados por este principio criterios no exteriorizados o los que suponen una mera práctica, e incluso, la falta de regularización de una determinada contingencia. Además, se señala que el principio de confianza legítima está subordinado al de legalidad, el cual incluye la interpretación de la norma y hay que tener en cuenta las competencias de cada órgano en esta materia. Se comentó en la reunión que, a fin de unificar los criterios interpretativos y evitar cambios posteriores, se iba a trabajar conjuntamente con la Dirección General de Tributos.
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Utilización de entidades Holdings: El pasado 26 de febrero el TJUE dictó dos sentencias aportando elementos relevantes para la interpretación de la Directiva Matriz-Filial y la Directiva de Intereses y Cánones. Estas sentencias están siendo objeto de análisis por el Servicio Jurídico de la Agencia Tributaria, pero, básicamente, establece un principio general de prohibición de las prácticas abusivas, a pesar de lo que la norma interna haya establecido al trasponer la Directiva. El Departamento de Inspección destacó que las sentencias son contundentes en contra de la planificación fiscal abusiva, detallando ampliamente los indicios a considerar para calificar una conducta como abusiva.
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Norma UNE 19602 (Compliance): Para la Administración tributaria es un avance positivo en la medida que tiende a establecer sistemas internos de control dentro de las empresas en materia de fiscalidad para evitar que se produzcan irregularidades tributarias, siendo la propia empresa quien de forma voluntaria decide asumir los dictados de esta norma y someterse a auditoría en relación con la misma. Por su parte, para la Administración la Norma UNE es un elemento más de “compliance”, es decir, es un paso más en la mejora de las relaciones entre la Administración y el administrado, pero no es una norma puramente jurídica ni tiene carácter vinculante.
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Por último, en la reunión se abordó la cuestión de las comunicaciones remitidas a ciertas empresas informando sobre los ratios correspondientes a su sector económico. El Departamento de Inspección informó que esta actuación se enmarca dentro de un contexto internacional de mejora del cumplimiento tributario. Su objetivo es poner en conocimiento del contribuyente determinados datos en poder de la Administración que son utilizados por la misma para el análisis de riesgo. D. Javier Hurtado añade que la campaña, tras un proceso previo de análisis y selección, si bien no exhaustivo, se ha dirigido exclusivamente a sociedades, básicamente, de responsabilidad limitada, que operan en unos ámbitos concretos. Por su parte, las Asociaciones y Colegios solicitaron en la reunión que antes de lanzar una campaña de estas características se les informase, a lo que el Departamento de Inspección contestó que se tendría en cuenta en actuaciones futuras.
D. Jesús Gascón agradece a D. Javier Hurtado su intervención y señala que quiere recalcar que los mecanismos bidireccionales solo funcionan si las partes interactúan. Así, la Agencia Tributaria ha tomado la iniciativa en cuanto al establecimiento y unificación de criterios de carácter general a fin de dotar al sistema tributario de una mayor certeza jurídica. Añade que, no obstante, es necesario que este mecanismo cuente con un canal de comunicación más bidireccional que el existente en estos momentos y que, para ello, sería deseable que las Asociaciones y Colegios realizaran propuestas y así se podrían compartir en este Foro diferentes posturas y opiniones e, incluso, en cuestiones complejas y conflictivas desarrollar jornadas de trabajo en colaboración con el Instituto de Estudios Fiscales.
A continuación, y dado que la representante del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España, D.ª Pilar Otero Moar, se ha incorporado a la reunión, D. Jesús Gascón le informa de que ya se han sometido al pleno los puntos 3 y 4 del orden del día y solicita que se pronuncie sobre los mismos.
Toma la palabra D.ª Pilar Otero Moar y manifiesta que el colectivo al que representa es favorable a que se aprueben los textos de los códigos, aunque no sea por unanimidad. Seguidamente el Director General de la Agencia Tributaria le informa de que todos los presentes también se han pronunciado a favor de esa solución. D. Jesús Gascón comenta que, en cuanto al cuarto punto del orden del día, la mayoría de las Asociaciones y Colegios han votado favorablemente y, nuevamente, cede la palabra a la representante del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España.
D.ª Pilar Otero manifiesta que en su colectivo la votación ha sido favorable a la aprobación, si bien quiere señalar que tampoco ha sido por unanimidad. Añade que la opinión de la organización a la que representa es que el código no es todo lo bidireccional que cabría desear, pero que, no obstante, entienden que es un paso adelante y que se seguirá avanzando, por lo que han decidido votar favorablemente en este pleno a la aprobación de los textos de los códigos.
Toma la palabra el Presidente del Foro para manifestar que los textos de los códigos han sido aprobados por la mayoría de los presentes y que el resultado final ha sido que siete Asociaciones o Colegios, así como la Agencia Tributaria, han votado a favor, una entidad se ha abstenido y otra ha votado en contra. Reitera que el pronunciamiento de estas últimas, según han manifestado sus representantes, viene motivado por no haber tenido tiempo para su oportuno debate interno.
A continuación, D. Jesús Gascón indica que, siguiendo con el punto 5 del orden del día, quiere ofrecer la palabra a quien desee intervenir.
En primer lugar, toma la palabra D. José Castaño Semitiel, representante del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, quien señala que, en cuanto a las cartas informativas remitidas a determinadas empresas, en la reunión se solicitó que se estudiase la posibilidad de que los profesionales tributarios tuviesen acceso a dicha información de la que dispone la Agencia Tributaria. Pregunta si se ha tomado alguna decisión al respecto.
D. Jesús Gascón le responde que todavía se está valorando internamente y que se trata de un tema complejo. Se realizará un seguimiento del resultado de la campaña, tanto desde el punto de vista de la conflictividad generada, como de los cambios en el comportamiento de los contribuyentes. Añade que en el IRPF el nivel de desglose estadístico es total, es decir, para cualquier epígrafe del IAE se puede consultar en la página web los datos declarados y los tipos medios efectivos de los contribuyentes sujetos tanto al Régimen de Estimación Objetiva, como de los no sujetos. De la misma manera, en la campaña del IRPF la cesión de la información en poder de la Administración a los contribuyentes es un mecanismo muy ultimado y que facilita en gran medida el cumplimiento de la obligación. El Director General señala que, sin embargo, en el Impuesto sobre Sociedades hay que estudiar todavía qué repercusiones puede tener la utilización de este instrumento y habrá que valorar entre todos los posibles efectos.
A continuación, interviene D. Joan Torres Torres, representante de la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales, para preguntar si la Agencia Tributaria tiene pensado un plazo para que las entidades que así lo deseen puedan adherirse al Código de Buenas Prácticas.
Le contesta D.ª Rosa María Prieto que, aunque la Agencia Tributaria ha estado trabajando en el desarrollo de un procedimiento, este no se había ultimado en espera de la aprobación de los Códigos. Añade que, en cuanto al Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios, el mecanismo pensado es muy sencillo y en cuanto esté preparado el texto definitivo se remitirá a los miembros del Foro. Añade que, básicamente, va a consistir en que una vez que los órganos de gobierno decidan adherirse al Código, lo comuniquen a la Agencia Tributaria para su registro y publicación en la página web. En lo relativo al Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios habrá que determinar cómo se instrumenta técnicamente su adhesión, si a través de la colaboración social o a través de otros mecanismos.
Toma nuevamente la palabra D. Joan Torres y señala que en reuniones anteriores se planteó la posibilidad de que una vez adherida una Asociación, esta sería la que se encargaría de tramitar las adhesiones de sus asociados.
La Directora del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales le responde que esa sería una posibilidad pero que, no obstante, habría que determinar cómo se articula técnicamente y se registra en los sistemas informáticos de la AEAT. Reitera que, si el asociado figura como Colaborador Social, para la Agencia Tributaria ya está identificado y es sencillo vincular su adhesión al Código. Añade que, no obstante, habrá que estudiar otros mecanismos.
A continuación D. Jesús Gascón señala que este Foro tiene como actividad inmediata articular los procedimientos para las adhesiones, perfilándolos en función de la diferente casuística. Añade que la Agencia Tributaria está abierta a cuantas propuestas se realicen por parte de las Asociaciones y Colegios, que son quienes mejor conocen sus respectivas organizaciones.
El Director General prosigue su intervención indicando que, como ya ha comentado en reuniones anteriores, existe un Código de Buenas Prácticas Tributarias surgido de los trabajos del Foro de Grandes Empresas al que si bien se puede adherir cualquier entidad que tenga interés, lo cierto es que gran parte de su contenido resulta inaplicable para las pequeñas y medianas empresas. Así, D. Jesús Gascón reitera que la Agencia Tributaria había recibido dos propuestas para el desarrollo de códigos de buenas prácticas, una con los trabajadores autónomos (personas físicas) y otra con las pymes. De momento y dado que dichos colectivos no cuentan con un marco de exposición y debate como ha sido este Foro, los trabajos están en sus inicios, pero que, no obstante, quería comentarlo porque es posible que en un momento dado aparezcan en los despachos de los profesionales tributarios clientes que tengan suscrito su propio código de buenas prácticas tributarias.
A continuación toma la palabra D. Antonio Ibarra López, representante de la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios, para proponer que se incluyan en los trabajos del grupo de trabajo de análisis para favorecer la certeza jurídica el hecho de que los órganos de gestión tributaria, en los supuestos de transmisiones de participaciones o acciones de empresas no cotizadas, que por otra parte ha habido muchas en estos años motivadas por la crisis económica, están remitiendo masivamente propuestas de liquidación relativas a la valoración de estas participaciones aplicando la capitalización de los tres años de fondos propios o el valor teórico contable. Estas actuaciones están generando indefensión, dado que los TEAR suelen confirmar los actos administrativos y solo, posteriormente, en la vía contencioso-administrativa, se resuelve a favor del contribuyente. D. Antonio Ibarra añade que, dados los gastos en que hay que incurrir para lograr una sentencia favorable, en muchas ocasiones parece más recomendable no hacerlo, quedando materialmente privado el contribuyente de la posibilidad de recurso.
D. Jesús Gascón le responde que van a estudiar la cuestión y que se tratará en la próxima reunión del grupo de trabajo.
Seguidamente toma de nuevo la palabra D. José Castaño Semitiel, representante del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, quien propone que también se trate en el grupo de trabajo cómo ha quedado el tema de la constitución de comunidades de bienes. Señala que en su momento la Agencia Tributaria publicó una nota con el criterio de la Administración en esta materia, pero que, en la actualidad, existen interpretaciones diferentes entre las distintas delegaciones de la AEAT.
D. Gonzalo García de Castro le responde que, tanto en esta cuestión como en la planteada por D. Antonio Ibarra, sería conveniente que, dado lo variado de la casuística en esta materia, remitiesen a la Agencia Tributaria casos más perfilados, a fin de poder enfocar su desarrollo para la reunión del grupo de trabajo
A continuación D. Jesús Gascón señala que toma nota de los dos temas propuestos y, como no se producen más intervenciones, da paso al siguiente punto del orden del día.
6. Otras consideraciones, ruegos y preguntas
El Presidente del Foro se dirige a los presentes y abre un turno de palabra.
Interviene D. Javier Gómez Taboada, representante de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), para señalar que, en base a las funciones de este Foro, en concreto, a las previstas en el apartado II.1 de las normas de funcionamiento, donde, fundamentalmente, se establece que el Foro servirá para aumentar la seguridad jurídica difundiendo los criterios de actuación aplicados por la Agencia Tributaria, desea realizar dos solicitudes legítimas. La primera, que se les dé traslado del dictamen del Servicio Jurídico de la Agencia Tributaria, que ha avalado la devolución del IRPF de las prestaciones por maternidad – paternidad; y la segunda, solicita que se aclare qué está ocurriendo con el manual del Impuesto sobre Sociedades de la actual campaña, ya que en una primera versión existía un párrafo sobre la cuantificación de la reserva de capitalización, que ha desaparecido en una versión posterior. Añade que, sobre este tema, desea saber si la Agencia Tributaria ha dictado alguna instrucción sobre si esta reserva forma parte o no de los fondos propios, porque están detectando controversias que antes nunca se habían producido. Para finalizar, D. Javier Gómez Taboada señala que, en cuanto a la eliminación de la opción de imprimir en papel la declaración del IRPF, quiere compartir con los presentes que la orden ministerial que así lo determinó ha sido objeto de recurso ante la Audiencia Nacional.
D. Jesús Gascón le responde que toma nota de las dos solicitudes y añade que, efectivamente, la orden ministerial está recurrida, pero que, cuando el Director del Departamento de Gestión Tributaria ha comentado que la campaña de IRPF se ha desarrollado con total normalidad, se estaba refiriendo al seguimiento de las incidencias que la Agencia Tributaria realiza por medio del Consejo para la Defensa del Contribuyente, y en ningún caso se refería al ámbito jurídico.
A continuación, toma la palabra D. Rafael Gil March, representante del Consejo General de la Abogacía Española, quien señala que quiere reiterar una petición ya formulada en otras ocasiones en este Foro, y que es que, cuando se vayan a publicar modificaciones normativas, o de otro ámbito, de cierta trascendencia para los colectivos a los que representan, sería deseable que la Agencia Tributaria informase a los miembros de este Foro.
El Director General contesta que la competencia en normativa no es de la Agencia Tributaria y que, por su experiencia profesional en la Dirección General de Tributos, puede comentar que hay ocasiones en que en la fase de tramitación de un proyecto normativo se alcanza un punto en el que la toma de decisión sobre su envío al trámite de información pública se adopta en el último momento por las más altas instancias y sin posibilidad, incluso, de informar a otros órganos de la Administración sobre el texto definitivo. No obstante, D. Jesús Gascón señala que se estudiará este tema conjuntamente con la Dirección General de Tributos.
A continuación, D. Rafael Gil añade que no es necesario que se informe a este Foro con carácter previo o simultáneo, pero lo que sí agradecería es que se informase en cuanto la Agencia Tributaria tuviese conocimiento. Por otro lado, prosigue señalando que, a fin de hacer efectiva la bidireccionalidad de este canal de comunicación, cuando la Agencia Tributaria decida publicar un criterio general, sería deseable que previamente informase a los profesionales tributarios, de manera que pudiesen realizar sus aportaciones o aclarar posturas. Así, pone como ejemplo la Nota sobre Interposición de Sociedades y señala que está bien, pero que, en su opinión falta información. Para finalizar resalta que hay que aprovechar el feedback que los colaboradores sociales pueden aportar respecto de cualquier criterio que se vaya a publicar.
D. Jesús Gascón responde que cualquier actuación de la Administración tributaria tiene una enorme trascendencia social y mediática, de ahí el carácter general y divulgativo de la nota aludida. Añade que, no obstante, en la medida en que se aborden temas más técnicos, la Agencia Tributaria está de acuerdo en que el proceso sea colaborativo y que funcione de forma bilateral, señalando que lo primero que hay que hacer en este ámbito es determinar entre todos qué cuestiones se quieren ir aclarando.
Toma de nuevo la palabra D. Antonio Ibarra López, representante de la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios, quien manifiesta que, con el debido respeto hacia D.ª Pilar Otero, de cara a la elaboración del acta de la presente sesión en lo relativo a las votaciones de los puntos 3 y 4 del orden del día, quizá debiera articularse claramente el mecanismo que permita, por un lado, recoger los pronunciamientos del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España y, por otro, cumplir con todos los requisitos formales. Añade que su asociación está muy satisfecha con el resultado y que, por ello, precisamente, no desea que haya ningún inconveniente en la aprobación del acta. Por otra parte, prosigue D. Antonio Ibarra comentando los problemas que se están encontrando en una determinada administración de la AEAT. Existe una queja generalizada, y no solo entre los profesionales tributarios, sino entre el propio personal de la Agencia Tributaria, en cuanto a la actuación del administrador y la virulencia con que desempeña sus funciones.
D. Jesús Gascón comenta que, precisamente, los Códigos de Buenas Prácticas prevén mecanismos para canalizar este tipo de situaciones en que una de las partes está incumpliendo sus compromisos. Añade que toma nota de la cuestión. Por otro lado, en lo relativo al acta, se dirige a todos los presentes y comenta que, si nadie se opone, se podrá reflejar en la misma que el resultado de la votación ha sido el siguiente: siete votos a favor, así como el de la Agencia Tributaria, una abstención y un voto en contra.
Ninguno de los asistentes manifiesta oposición a la propuesta.
A continuación, toma de nuevo la palabra D. José Castaño Semitiel, representante del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, quien manifiesta que, en primer lugar, quiere felicitar a todos los miembros del Foro por la aprobación de los Códigos de Buenas Prácticas. Prosigue señalando que, tras reiteradas solicitudes a la Administración, por fin se ha conseguido domiciliar los pagos de las declaraciones de las comunidades de bienes. Por otro lado, reitera la solicitud de que se arbitre algún mecanismo que permita a la Agencia Tributaria emitir los certificados de estar al corriente cuando hay aplazamientos, sin que el contribuyente tenga que acudir a una oficina y presentar el resguardo del pago realizado. Añade que no entiende cómo la entidad bancaria no puede, de alguna manera, comunicarle a la Administración que se ha realizado el pago. Por último, también quiere comentar que, si se domicilia el pago de una autoliquidación de IRPF y, por el motivo que sea, en el último día del plazo el pago no se atiende (por falta de saldo, por cuenta errónea…), el contribuyente no cuenta con un mecanismo para poder abonarlo ese mismo día. D. José Castaño pregunta si en esos casos no sería posible emitir una especie de carta de pago que, con el mismo número de referencia de la autoliquidación, permitiese realizar el pago.
D. Guillermo Barros Gallego, Director del Departamento de Recaudación, le contesta que, efectivamente, la Agencia Tributaria es consciente de estas limitaciones y que, en colaboración con las entidades financieras, se está trabajando en la búsqueda de soluciones que permitan avanzar hacia un modelo de información más inmediato. Añade que transformar la arquitectura de todo el sistema es una tarea compleja, pero que, no obstante, se está estudiando en profundidad el tema y es posible, que, en algunos casos, se pueda arbitrar el pago con tarjeta.
A continuación, toma de nuevo la palabra D. Joan Torres Torres, representante de la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales, para recordar a los presentes que otra solicitud que se reitera en todas las sesiones del pleno es poder domiciliar el pago de las declaraciones hasta el último día del plazo para su presentación.
D. Guillermo Barros señala que se está trabajando para que el plazo del pago se ajuste al plazo de presentación de la declaración y que, conjuntamente con las entidades financieras, se están analizando posibles soluciones que permitan que la información esté disponible de un modo más inmediato.
Seguidamente interviene D. Adolfo Jiménez Ramírez, representante de la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales, quien señala que las Haciendas forales no solo han extendido el plazo para las declaraciones trimestrales hasta el día 25, sino que, además, la domiciliación se puede realizar hasta el último día del plazo.
El Director del Departamento de Recaudación señala que, aparte de que los importes que se manejan no son los mismos, en el territorio común la relación con el sistema bancario es a través de un estatuto que les confiere la calidad de entidad colaboradora. Una de las características de esta colaboración es que una vez que el ingreso tiene lugar en la cuenta bancaria del Tesoro, ya no cabe la posibilidad de rectificación y, además, ese ingreso se coteja con la información que la entidad bancaria tiene que remitir. Añade que, por ello, la entidad necesita realizar toda una serie de procesos de comprobación que le permitan tener la seguridad de que una actuación individual no va a dar lugar a errores que se pueden traducir en una pérdida material para su entidad.
Toma la palabra D. Jesús Gascón e indica que en este tema la identidad de intereses con las Haciendas forales es plena y añade que, afortunadamente, los avances tecnológicos van a contribuir a reducir este tipo de incidencias.
A continuación, D.ª Alicia Rodríguez Hitos, representante del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, pregunta al Director del Departamento de Gestión Tributaria si sería posible modificar el sistema de notificaciones de requerimientos de manera que se desconectara los viernes a las 24:00 horas y no se volviera a poner en funcionamiento hasta el lunes.
D. Manuel Alfonso Castro Martínez, Director del Departamento de Informática Tributaria, le contesta que el sistema tiene un funcionamiento continuo y que no existe una programación, lo que implica que no se puede detener los fines de semana. Añade que, como es sabido por todos, hasta que no transcurren 10 días desde la remisión del requerimiento, no se entiende realizada la notificación. Asimismo, también existen los días de cortesía, establecidos, en principio, para los períodos en que el contribuyente o su representante desean disfrutar de las vacaciones anuales.
Nuevamente interviene D.ª Alicia Rodríguez para comentar que, efectivamente, hay 10 días para abrir el correo, pero que cuando te llega un aviso de que has recibido una notificación, difícilmente puedes esperar hasta el lunes para leerla.
D. Jesús Gascón contesta que estos temas de conciliación de la vida personal y laboral no tienen una solución fácil. No obstante, en su opinión, puede que haya quien piense de otra manera y prefiera recibir notificaciones a lo largo del fin de semana y que no se acumulen para el lunes.
Toma nuevamente la palabra D. José Castaño Semitiel, representante del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, y, volviendo al tema de la falta de pago de una declaración domiciliada, apunta como solución la posibilidad de que, accediendo a través de la página web a la domiciliación, de alguna manera, se añadiera un enlace donde se pudiera descargar una carta de pago.
D. Guillermo Barros Gallego, Director del Departamento de Recaudación, responde que es una de las opciones que se están estudiando y señala que tendría que ser una carta de pago irrevocable, a fin de que a la entidad financiera no se le genere ninguna duda en cuanto al ingreso real y permanente del dinero.
Dado que no se realizan nuevas intervenciones, el Director general de la Agencia Tributaria agradece a todos su asistencia y participación y da por concluida la decimoquinta sesión del pleno del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios.
La Secretaria Técnica del Foro
D. ª Rosa María Prieto del Rey
El Presidente del Foro
D. Jesús Gascón Catalán