Acta de la reunión
Foro de Grandes Empresas
ACTA PLENO 1/2022
ACTA DE LA REUNIÓN DEL PLENO DEL FORO DE GRANDES EMPRESAS
CELEBRADA EL 21 DE JUNIO DE 2022
Presidente del Foro de Grandes Empresas
Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria - Secretario de Estado de Hacienda
D. Jesús Gascón Catalán
Vicepresidenta del Foro de Grandes Empresas
Directora General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
D.ª Soledad Fernández Doctor
Miembros en representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Directora del Departamento de Gestión Tributaria
D.ª Rosa María Prieto del Rey
Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria
D. Javier Hurtado Puerta
Director del Departamento de Recaudación
D. Guillermo Barros Gallego
Directora del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
D.ª Mª Pilar Jurado Borrego
Delegado Central de Grandes Contribuyentes
D. Manuel Trillo Álvarez
Jefe del Área de Apoyo Procesal - Departamento de Inspección Financiera y Tributaria
D. Marcos Álvarez Suso
Miembros en representación de las Grandes Empresas
ACERINOX
Secretario General
D. Luis Gimeno Valledor
ACS
Director de Asesoría Fiscal
D. Alfonso Moreno García
AMADEUS IT GROUP SA
Secretario del Consejo de Administración
D. Jacinto Esclapés Díaz
BANCO SABADELL
Subdirector General Asesoría Fiscal y Laboral
D. Carlos Augusto Lázaro Rico
BANCO SANTANDER
Group Executive Vice President
D.ª Carmen Alonso Peña
BBVA
Tax Discipline Leader
D. Manuel Díaz Corral
LA CAIXA
Director Asesoría Fiscal
D. Manuel Alfonso García Rodríguez
CEPSA
Director Fiscal
D. Alberto Martín Moreno
COFARES
Asesor Consejo Rector
D. Luis Valdeolmos González
EL CORTE INGLÉS
Director del Departamento Fiscal
D. Luis María Sánchez González
ENDESA
Responsable de Asuntos Fiscales
D.ª María Muñoz Viejo
FCC
Director del Área Fiscal
D. Daniel Gómez-Olano González
GENERALI
Director del Área de Contabilidad
D. Martí Jo Ruiz
IBERDROLA
Directora Global de Fiscalidad
D.ª Begoña García-Rozado González
MAPFRE
Director de Asesoría Fiscal
D. Antonio Lafuente González de Suso
MERCADONA
Director Fiscal
D. Rafael Hilario López Villanueva
MICHELIN
Responsable Fiscal
D.ª Rosa María Peña García
RENAULT
Director Asuntos Fiscales y Aduanas
D. Félix Ruiz Madarro
REPSOL
Director General Económico y Fiscal
Luis López-Tello y Díaz Aguado
SEAT
Director de Impuestos
D. Francisco Javier Baulenas Setó
SIEMENS
Directora de Impuestos
D.ª Ana María Moreda Galante
TELEFÓNICA
Directora Fiscal Corporación
D.ª Isabel Flores Santamaría
VODAFONE
Asesoría Fiscal
D.ª Gema de Frutos Rodríguez
Secretaría Técnica del Foro de Grandes Empresas
Secretario Técnico
D. Ignacio Fraisero Aranguren
El día 21 de junio de 2022 se celebra la vigesimocuarta sesión plenaria del Foro de Grandes Empresas, asistiendo las personas reseñadas, y de acuerdo con el siguiente
ORDEN DEL DÍA
- Apertura de la sesión.
- Aprobación del acta de la reunión celebrada el día 16 de noviembre de 2021.
- Planificación y rendición de cuentas de la Agencia Tributaria.
- Resumen de los distintos grupos de trabajo del Foro.
- Proyectos para la Presidencia Europea 2023.
- Próxima convocatoria.
- Otras consideraciones, ruegos y preguntas.
1. Apertura de la sesión
Abre la sesión D. Jesús Gascón Catalán, Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria) y Secretario de Estado de Hacienda, en su calidad de Presidente del Foro de Grandes Empresas, quien, tras saludar a las personas asistentes y agradecer su presencia, manifiesta que desea agradecer a las personas que le han precedido en el cargo su decidido apoyo a las actividades del Foro que, si bien en ocasiones no ha sido todo lo intenso que hubieran deseado, desde luego ha permitido consolidar este proyecto que cuenta ya con más de diez años de experiencia y en el que hay que seguir avanzando. Por otro lado, añade que desea dar la bienvenida a este Foro a la recientemente nombrada Directora General de la Agencia Tributaria, D.ª Soledad Fernández Doctor, quien sin duda es conocida por todas las personas presentes ya que cuenta con una dilatada carrera profesional en la Administración tributaria. Así, desde 2018 venía ejerciendo las funciones de Delegada Especial de la Agencia Tributaria en Madrid y, con anterioridad, había sido Presidenta del Tribunal Económico-Administrativo Central, Directora del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria, Directora de la Escuela de Hacienda Pública, Directora en España de la Campaña EURO 2002 del Banco Central Europeo y Subdirectora de Información y Asistencia Tributaria en el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria.
Seguidamente, toma la palabra D.ª Soledad Fernández Doctor, quien, tras saludar a las personas asistentes y agradecer a los responsables que le han antecedido en la Dirección de la Agencia Tributaria su apoyo al Foro, señala que, en línea con lo realizado hasta el momento, desea poner de manifiesto la voluntad de la institución a la que representa de continuar trabajando en este marco de relación cooperativa, de manera que pueda hacerse efectivo un nuevo modelo de relación de la Administración con las empresas. Añade que, aunque se ha avanzado mucho desde su constitución en el año 2009, es innegable que se puede seguir avanzando en la materia y que su voluntad es que no se decaiga en el esfuerzo, a fin de alcanzar nuevos hitos.
A continuación toma la palabra el Presidente del Foro para indicar que en la sesión plenaria, tras aprobar, en su caso, el acta de la reunión anterior, la Directora General y el Director del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales expondrán diversas cuestiones de interés en materia de planificación y rendición de cuentas de la Agencia Tributaria y, seguidamente, los Directores de los Departamentos de Inspección Financiera y Tributaria, de Gestión Tributaria, y de Aduanas e Impuestos Especiales y el Delegado Central de Grandes Contribuyentes expondrán los resultados y perspectivas de los distintos Grupos de Trabajo. D. Jesús Gascón añade que, además, se realizará una breve exposición de los proyectos relativos a la presidencia europea de 2023.
2. Aprobación del acta de la reunión celebrada el día 16 de noviembre de 2021
D. Jesús Gascón cede la palabra a D. Ignacio Fraisero, Secretario Técnico del Foro, quien señala que el acta de la 23ª sesión del Pleno del Foro de Grandes Empresas se remitió a las personas integrantes del mismo como documentación anexa a la convocatoria de la presente reunión plenaria y añade que, no habiéndose recibido observaciones y si no las hubiera en este momento, quedaría definitivamente aprobada. Al no realizarse ninguna observación, el Presidente del Foro declara aprobada el acta de la sesión plenaria del día 16 de noviembre de 2021.
3. Planificación y rendición de cuentas de la Agencia Tributaria
La Directora General de la Agencia Tributaria inicia su exposición señalando que se va a limitar a realizar un esbozo de las líneas generales, ya que va a ser el Director del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales quien desarrolle este punto. Así, comenta que, como es conocido por todas las personas presentes, la Agencia Tributaria publica en su página web y en el Portal de la transparencia la planificación y los resultados de la organización. Asimismo, añade que el Plan Estratégico 2020-2023 es objeto de actualización cada año mediante una Adenda, que trata de adaptar el Plan a un entorno en el que los avances tecnológicos y los nuevos modelos de negocio están produciendo cambios permanentes en la sociedad. D.ª Soledad Fernández Doctor prosigue su intervención indicando que el Plan Estratégico incluye siete indicadores, que tratan de medir la evolución del resultado de las actuaciones de la Agencia Tributaria en el medio plazo, y que desea destacar los siguientes:
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Ensanchamiento de las bases imponibles: los resultados en 2021 han continuado con una evolución positiva, ya que la demanda interna ha crecido en torno al 8 % mientras que las bases imponibles agregadas lo han hecho al 12,7 %.
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Conflictividad tributaria: en 2021 se sitúa por debajo del 2 %, manteniendo una tendencia descendente en el medio plazo.
En este punto, la Directora General comunica que la Agencia Tributaria va a empezar a trabajar en la elaboración de un nuevo plan estratégico para el período 2024-2027, a fin de dar continuidad al actual, que finaliza en 2023.
En cuanto a la planificación anual de la Agencia Tributaria, D.ª Soledad Fernández Doctor destaca lo siguiente:
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Los objetivos que reflejan la principal contribución de la Agencia Tributaria a los ingresos no financieros del Estado, la recaudación bruta y la líquida, han tenido un cumplimiento positivo en 2021.
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En lo referente al número de actuaciones realizadas en 2021, que incluye tanto actuaciones preventivas como de control a posteriori, se ha superado el 100 % de cumplimiento en la mayoría de los indicadores que conforman el primer nivel del Plan de Objetivos.
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En cuanto a las novedades del Plan de Objetivos para 2022, hay que destacar la reformulación de todos los indicadores que miden las actuaciones de información y asistencia llevadas a cabo, para reflejar, por una parte, todos los canales no presenciales a través de los que la Agencia Tributaria presta los servicios de información y asistencia, así como el papel tan relevante que prestan las nuevas ADI, las Administraciones de asistencia Digital Integral.
Para finalizar su exposición, D.ª Soledad Fernández Doctor comenta que en la anterior sesión plenaria del Foro se comunicó que, en cumplimiento de los compromisos asumidos por España en el Componente 27 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, está previsto realizar en el 4º trimestre de 2022 una evaluación provisional de la aplicación de la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Añade que, desde la Secretaría Técnica, se va a solicitar la colaboración de las entidades representadas en el Foro a fin de que trasladen a la Agencia Tributaria sus observaciones sobre las distintas medidas que contiene la Ley 11/2021, tanto de las que se consideren acertadas como de aquellas que sean susceptibles de mejora e, incluso, aquellas cuyos resultados no hayan sido los esperados y que sería deseable reconducir. Por último, la Directora General agradece de antemano la colaboración que, sin duda, prestarán las empresas en esta tarea.
A continuación, otorga la palabra a D. Ignacio Fraisero Aranguren, Director del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales, a fin de que desarrolle con más detalle este punto del orden del día.
D. Ignacio Fraisero inicia su intervención reiterando lo comentado por la Directora General en cuanto al compromiso de la Agencia Tributaria con la transparencia, patente en la publicación del Plan Estratégico 2020-2023, su Adenda 2022, el Plan de Objetivos 2022 y los informes del Servicio de Auditoría Interna sobre la evolución en 2021 de los indicadores incluidos en el Plan Estratégico 2020-2023 y el análisis y evaluación del cumplimiento del Plan de Objetivos en el año 2021, respectivamente. Así, indica que en el desarrollo de este punto del orden del día va a utilizar como apoyo una presentación en power point y añade que, sin ánimo de ser exhaustivo en su exposición, desea destacar los siguientes aspectos en relación con los instrumentos de planificación y rendición de cuentas de la Agencia Tributaria:
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En cuanto al Plan Estratégico 2020-2023 y su Adenda para 2022:
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Potenciación del enfoque "behavioural insights", que consiste en la utilización de técnicas de análisis del comportamiento del contribuyente al objeto de facilitar su cumplimiento voluntario, minimizando los errores involuntarios.
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Fomento del modelo de relación cooperativa: en 2022 se han constituido el Foro de Pequeñas y Medianas Empresas y el Foro de Federaciones y Asociaciones de Trabajadores Autónomos a fin de institucionalizar la relación con estos colectivos y contar con un cauce de comunicación ágil y fluido. En el marco de estos Foros se está trabajando en la elaboración de sendos Códigos de Buenas Prácticas Tributarias que, de manera análoga al Código aprobado en el seno del Foro de Grandes Empresas, permitirán expresar el compromiso de las partes con el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales sobre la base de la confianza mutua, y con el objetivo de impulsar la seguridad jurídica, la reducción de la conflictividad, los servicios de asistencia a pymes y autónomos, la formación de estos colectivos, así como la transparencia y la prevención y lucha contra el fraude fiscal. Asimismo, se han constituido dos grupos de trabajo dedicados, respectivamente, a impulsar el desarrollo de proyectos de digitalización para estos colectivos, así como al análisis de sus regímenes de tributación a fin de asegurar su adecuación a la realidad económica.
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Puesta a disposición de los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades de una lista de avisos y advertencias que se irán generando al presentar el modelo 200 y que le van a permitir corregir determinados errores no deseados.
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Nuevas obligaciones de información sobre monedas virtuales, situadas tanto en España como en el extranjero: establecidas por la Ley 11/2021, están pendientes de desarrollo reglamentario.
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Comercio electrónico: la aprobación por parte de la Unión Europea del paquete IVA de e-Commerce, que entró en vigor el 1 de julio de 2021, ha supuesto nuevas obligaciones de información de las plataformas digitales, así como una nueva declaración aduanera, al haberse eliminado la exención para las importaciones de bajo valor.
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Desarrollo del proyecto NIDEL, dirigido al análisis y detección de redes de blanqueo de capitales. Se trata de una herramienta que combina tecnologías de análisis de redes criminales con Big Data, permitiendo detectar personas con incrementos de patrimonio de origen desconocido y no justificado.
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En lo referente a la evolución en 2021 de los indicadores plurianuales del Plan Estratégico 2020-2023:
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Ensanchamiento de las bases imponibles: este indicador analiza la evolución de la base imponible agregada en comparación con la de la demanda interna nominal, ya que se ha considerado que es el dato que de forma más fidedigna refleja el comportamiento fiscal del país. Así, desde 2016 las bases imponibles agregadas presentan aumentos superiores a los de la demanda interna nominal, con un diferencial acumulado para el período 2016-2021 del 11,8 %. No obstante, aunque estos resultados podrían ser indicativos de una mejora en el cumplimiento voluntario, hay que tener en cuenta que existen otros factores que también inciden en la comparativa.
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Medición de los efectos inducidos: el Plan Estratégico establece que deben medirse y evaluarse los efectos en el cumplimiento voluntario motivado por las actuaciones de la Agencia Tributaria. Así, comparando el comportamiento anterior y posterior de los contribuyentes objeto de una comprobación inspectora con el del total de declarantes, se aprecia que los primeros incrementan sus ingresos tributarios en los tres años siguientes en mayor medida que el conjunto de contribuyentes; en concreto, para las personas inspeccionadas en 2018 el incremento del saldo neto de sus autoliquidaciones ha sido del 23,5 %, frente al incremento del 13,1 % del total de declarantes.
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Análisis de la evolución de la base de cálculo consistente con la mejora en el cumplimiento tributario: la base de cálculo, sin tener en cuenta los resultados extraordinarios, viene manteniendo unas cifras estables desde el ejercicio 2015 (en torno a 8.500 millones de euros), si bien en 2021 ha alcanzado los 10.500 millones de euros. Así, habrá que ver qué ocurre en los próximos años para ver si esta tendencia se mantiene o vuelve a las cifras habituales.
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Mejora de la eficiencia: este indicador es el cociente resultante de dividir el gasto presupuestario que representa la Agencia Tributaria entre los ingresos tributarios netos que gestiona la organización en un determinado ejercicio. Así, en 2021 se ha recuperado una ratio inferior al 0,7 % (0,68 %), en consonancia con los ejercicios anteriores, a excepción del año 2020, en el que la pandemia tuvo un importante impacto en la actividad de la Agencia Tributaria y este indicador alcanzó una ratio del 0,77 %.
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Recaudación-deuda gestionada: este indicador relaciona el importe de deuda gestionada con respecto a la deuda gestionable en período ejecutivo para un año determinado. Así, en 2021 el porcentaje ha sido del 0,92 %, en línea con lo previsto en el Plan Estratégico (igual o superior al 0,90 %). Además, en 2021 la deuda suspendida por proceso concursal o recurso ha descendido en torno a 900 y 500 millones de euros, respectivamente.
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Conflictividad tributaria: la conflictividad relativa presenta un decremento desde el 2,21 % del año 2017 hasta el 1,95 % en 2021.
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Reducción de los intereses pagados: la evolución desde el año 2014 ha sido consistente con el objetivo señalado en el Plan Estratégico, puesto que se ha mantenido la reducción del importe de los intereses pagados, pese a repuntes puntuales en 2019 y 2021.
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En lo relativo al análisis y evaluación del cumplimiento del Plan de Objetivos en el año 2021:
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Los dos objetivos que reflejan la principal aportación de la Agencia Tributaria a los ingresos no financieros del estado, la recaudación bruta y líquida, han tenido un nivel de cumplimiento del 100,9 % y del 100,7 %, respectivamente. Así, los ingresos tributarios líquidos han supuesto un 15,1 % más que en 2020 y, por su parte, la recaudación bruta ha sido un 11 % más elevada que en el año anterior.
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En el resto de indicadores se ha alcanzado e incluso superado el 100 % de cumplimiento en la mayoría de los que conforman el primer nivel del Plan de Objetivos, si bien con algunas excepciones, como pueden ser la utilización por los usuarios de la app de la Agencia Tributaria, la captación de datos de contacto electrónicos, las actuaciones de prevención y control afectadas por las restricciones sanitarias, etc.
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Para finalizar su intervención D. Ignacio Fraisero señala que, como ya ha indicado la Directora General, se han reformulado los indicadores que miden las actuaciones de información y asistencia a fin de reflejar todos los canales a través de los que la Agencia Tributaria presta estos servicios (llamadas telefónicas, chat, videollamadas, asistentes virtuales, etc.), así como el papel que desarrollan las ADI (Administraciones de asistencia Digital Integral).
Seguidamente D.ª Soledad Fernández Doctor agradece al Director del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales su intervención y ofrece la palabra a los asistentes por si desean realizar alguna pregunta o comentario.
En primer lugar, toma la palabra D. Daniel Gómez-Olano González, representante de FCC, para plantear dos cuestiones. La primera, en relación con el ensanchamiento de las bases imponibles y su relación con la minoración de la brecha fiscal, pregunta si existe alguna estimación sobre lo que supone esta última, sobre todo en lo que afecta a las grandes empresas, y si se trata de un objetivo más o menos medible, siendo conscientes de la complejidad que entraña. En segundo lugar, en relación con el enfoque behavioural insights y el modelo de relación cooperativa,pregunta sobre los parámetros que se tienen en cuenta en la determinación del cumplimiento cooperativo por parte de las empresas.
D. Jesús Gascón, en relación con la brecha fiscal, le contesta que, cuando se estaba preparando el Plan Estratégico, uno de los temas a debate fue, precisamente, si cabía medir la brecha directamente o si era preferible hacer un seguimiento de la evolución de las magnitudes tributarias más significativas y compararlas con la evolución de las magnitudes macroeconómicas más directamente relacionadas con aquellas para, de forma indirecta, determinar si el cumplimiento tributario mejoraba con el tiempo. Así, añade que se optó por la segunda opción ya que solo se disponía, a nivel europeo, de un estudio armonizado en materia de IVA, donde, por cierto, la posición española era bastante mejor de lo que se suele pensar, sin perjuicio de que exista margen de mejora. Asimismo, señala que en el IRPF los estudios acaban de empezar y todavía no son públicos, pero que es previsible que España se sitúe en la media europea. Por su parte, en el Impuesto de Sociedades se está todavía lejos de encontrar una fórmula que valga para los 27 países de la Unión Europea y, en estos momentos, se está en pleno debate metodológico sobre cómo comparar un impuesto tan errático en la recaudación como consecuencia de cambios en la coyuntura económica. Así, el Secretario de Estado de Hacienda reitera que se ha optado por comparar, con la mayor periodicidad posible, la evolución de los ingresos tributarios, y muy especialmente el de las bases imponibles, ya que se ven menos afectadas por los cambios normativos, con la evolución de las magnitudes macroeconómicas más relacionadas con aquellos, como son el PIB nominal y, sobre todo, la demanda interna nominal. Los resultados ponen de manifiesto que en los últimos seis años el comportamiento de las bases fiscales ha sido mejor que el de la demanda interna, incluso en los años 2020 y 2021, siendo ambos bastante atípicos, el 2020 por motivos de sobra conocidos y el 2021 debido a que ha habido sectores que rápidamente recuperaron su actividad normal mientras que otros, como los relacionados con el turismo, todavía no han alcanzado los niveles de 2019. Añade que habrá que esperar para determinar qué parte de esa mejora en el comportamiento tributario es estructural y qué parte es coyuntural y tiende a corregirse en el futuro. Por otro lado, D. Jesús Gascón destaca que el esfuerzo realizado por la Agencia Tributaria en los últimos años para fomentar el cumplimiento voluntario ha sido muy importante y que iniciativas como la cesión de datos, los borradores y los avisos al cumplimentar las declaraciones, inicialmente en IRPF y que se han ido extendiendo a otros impuestos como el IVA (con la implantación del SII) o el Impuesto sobre Sociedades (con Sociedades WEB), contribuyen al cumplimiento voluntario por parte del contribuyente. Asimismo, señala que otro factor que abunda en este aspecto deriva de los datos suministrados por el Banco de España en cuanto a que, como consecuencia de la pandemia, se ha intensificado la utilización de las tarjetas de crédito en detrimento de la retirada de efectivo en los cajeros automáticos. Así, en la actualidad los importes pagados con tarjeta son un 80 % superiores a los retirados en cajeros automáticos, mientras que antes de la pandemia el porcentaje era de un 30 %. Añade que, no obstante, es complicado extraer conclusiones de unos años con una variabilidad tan alta y que también habrá que esperar a ver su evolución. Por otro lado, D. Jesús Gascón aclara que, en cuanto a la economía sumergida, constituye un error identificarla como “recaudación perdida”, ya que en la misma se incluyen actividades ilegales que, evidentemente, no se pueden regularizar y que, además, también comprende actividades de subsistencia que, dada la existencia de mínimos exentos e incentivos fiscales, nunca tributarían. Asimismo, señala que la Agencia se ocupa de la gestión de, aproximadamente, el 45 % de los ingresos tributarios totales, ya que en los mismos están incluidos las cotizaciones sociales y otros impuestos y tasas que no gestiona la Agencia Tributaria, pero que se consideran para determinar la presión fiscal. Para finalizar, el Presidente del Foro indica que el fraude fiscal, en el sentido de ocultación de operaciones, no es lo que se produce habitualmente en el ámbito de las grandes empresas, donde las controversias surgen en la aplicación del sistema tributario, con diferentes interpretaciones de la normativa, y en la planificación fiscal.
A continuación toma la palabra D. Ignacio Fraisero para señalar que el enfoque “behavioural insights”, en líneas generales, se basa en analizar el comportamiento del contribuyente cuando se enfrenta a la cumplimentación de un modelo tributario, de manera que, con el establecimiento de determinados avisos, se evite que cometa errores que no desea y que, posteriormente, pudieran dar lugar a una intervención de la Agencia Tributaria.
Seguidamente, interviene D. Javier Hurtado Puerta, Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, para señalar que existen muchos estudios sobre la materia y que el proyecto de la Agencia Tributaria se basa en evitar que el contribuyente incurra en riesgos indeseados, ofreciéndole información de dos tipos: el primero, información objetiva que consta en las bases de datos de la Administración, a fin de que el contribuyente la conozca; el segundo tipo de información, más elaborada, el criterio de la Administración ante la cumplimentación de un dato determinado, pero permitiéndole que lo cumplimente como considere oportuno.
A continuación toma la palabra D.ª Begoña García-Rozado González, representante de IBERDROLA y colaboradora de la Secretaría Técnica del Foro, para, en primer lugar, dar la enhorabuena en nombre de las empresas a D. Jesús Gascón y a D.ª Soledad Fernández por sus recientes nombramientos. Seguidamente, pregunta si en materia de conflictividad la Agencia Tributaria dispone de datos separados entre la que es consecuencia de discrepancias interpretativas y la que deriva de actividades de fraude fiscal y conlleva sanciones. Por otro lado, pregunta si en relación con la solicitud de colaboración sobre la evaluación de la Ley 11/2021 la Agencia Tributaria les va a remitir un correo.
La Directora General de la Agencia Tributaria le responde que, efectivamente, se remitirá un correo desde la Secretaría Técnica del Foro.
Seguidamente, D. Jesús Gascón añade, en relación con esta cuestión, que en el componente 27 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se recogen una serie de medidas y actuaciones de prevención y lucha contra el fraude fiscal, así como unos indicadores de no poca importancia, resultado de las conversaciones con la Comisión Europea, y de cuyo cumplimento depende, entre otras cosas, el libramiento de los fondos europeos de recuperación a favor de España. Así, señala que el informe sobre la aplicación de la Ley 11/2021 hay que realizarlo en el 4º trimestre de 2023, pero que, siguiendo la metodología de la Comisión Europea en este tipo de trabajos, en el 4º trimestre de 2022 se va a presentar una evaluación provisional. Además, señala que la Agencia Tributaria quiere realizar un informe amplio, no limitándose solo a lo que incluye la Ley 11/2021, sino también a lo que no incluye, es decir, se va a tratar de abrir el debate a todo lo relativo a la Ley General Tributaria y su normativa de desarrollo. Así, añade que se ha barajado realizar una consulta pública, pero que se ha descartado debido a que es muy posible que una parte importante de las propuestas que se recibiesen tendrían más que ver con temas de reforma fiscal, apartándose del objetivo de la consulta. No obstante, se ha decido hacer una consulta pública en la que participen los distintos centros que integran la Secretaría de Estado de Hacienda, los Foros de cooperación constituidos por la Agencia Tributaria con diferentes colectivos (Grandes Empresas, Asociaciones y Profesionales Tributarios, Pequeñas y Medianas Empresas y Trabajadores Autónomos) y que va a contar también con las aportaciones de la Fundación Impuestos y Competitividad y de la Fundación para la Investigación sobre el Derecho y la Empresa (FIDE).
A continuación, interviene D. Ignacio Fraisero para indicar que, en relación con la primera cuestión planteada por la representante de IBERDROLA respecto a la conflictividad, la Agencia Tributaria elabora un informe interno que incluye esa información, pero que no dispone en este momento de los datos concretos.
Seguidamente, el Secretario de Estado señala que, en el ámbito de inspección, la principal explicación de la reducción de la conflictividad es el incremento de las actas de conformidad y las actas con acuerdo. Añade, que en el caso de las actas de disconformidad el porcentaje de recursos o reclamaciones es más alto y que en torno a un 5% son objeto de anulación, ya sea total o parcialmente.
A continuación D. Manuel Trillo Álvarez, Delegado Central de Grandes Contribuyentes, comenta que las actas con acuerdo y de conformidad suponen el 80 % de las firmadas en el ámbito de la Delegación Central y que, por tanto, solo se plantean discrepancias en el 20 % de los casos, si bien el volumen de actas recurrido es del 18 %. Es decir, el 2 % de las actas de disconformidad no es recurrido.
Dado que no se producen más intervenciones el Presidente del Foro da paso al siguiente punto del orden del día.
4. Resumen de los distintos grupos de trabajo del Foro
El Secretario de Estado cede la palabra a la Directora General de la Agencia Tributaria, a fin de que presente a las personas responsables de realizar la exposición de los trabajos desarrollados por los distintos grupos de trabajo.
D.ª Soledad Fernández Doctor indica que durante el primer semestre de 2022 los cuatro grupos de trabajo del Foro han continuado con su actividad habitual y cada uno de ellos ha celebrado una reunión.
Seguidamente cede la palabra a D. Javier Hurtado Puerta, Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, a fin de que comente la actividad del grupo de trabajo de Análisis de la normativa tributaria y de reducción de la conflictividad.
D. Javier Hurtado inicia su intervención comentando que para él es motivo de alegría la novedad de haber podido recuperar el formato presencial en las sesiones plenarias. Añade que también hay otra novedad en este Pleno, que es el hecho de contar con nuevos titulares tanto en la Presidencia como en la Dirección General de la Agencia Tributaria.
En este punto D. Jesús Gascón comenta que, hablando de novedades, el Foro cuenta con un nuevo miembro, Banco Sabadell, a quien desea dar la bienvenida.
Seguidamente el Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria prosigue con su exposición señalando que en el primer semestre se ha celebrado una reunión del grupo de trabajo, concretamente el día 1 de junio, en el que, entre otras cuestiones, el Subdirector General de Ordenación Legal y Asistencia Jurídica, expuso los fundamentos jurídicos del motor de cálculo del modelo 220 o sistema de ayuda a Sociedades WEB adaptado a grupos consolidados. Así, se explicó que el funcionamiento del sistema se basaba en el criterio proporcional en la aplicación de los créditos fiscales, teniendo en cuenta las bases imponibles negativas y las deducciones, y tanto para la entrada y la salida de entidades del grupo como para su permanencia. El Subdirector General de Ordenación Legal explicó durante la reunión que este criterio se basaba en la interpretación literal de los artículos 67.e), 71.2., y 74.1. de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, en la que los dos primeros artículos mencionados fijan los límites en la aplicación de las bases imponibles consolidadas y las deducciones preconsolidación de una sociedad que se integra en el grupo, mientras que el 74.1. se refiere a la situación en la que se encuentran aquellas empresas que pierden el régimen de consolidación quedando créditos fiscales pendientes. Así, se señaló que la Agencia Tributaria entendía que, si a la salida de una entidad del grupo había que aplicar un criterio proporcional, durante el período que ha permanecido en el mismo también había que aplicarlo. Además, el mismo criterio se aplicaría a los créditos fiscales preconsolidación. Por otro lado, también se indicó que la Consulta 205-2002, de 8 de febrero, de la Dirección General de Tributos, si bien con una ley del Impuesto sobre Sociedades distinta a la vigente, interpretaba un artículo que literalmente decía lo mismo que el articulado actual, decantándose también por el criterio proporcional. Así, D. Javier Hurtado comenta que en la reunión hubo empresas que manifestaron que estaban en desacuerdo con ese criterio y no lo estaban aplicando en sus liquidaciones, lo que ha motivado un replanteamiento interno por parte de los equipos que trabajan en el proyecto, eliminándose la obligatoriedad de aplicar la proporcionalidad, si bien el programa lo va a proponer, ya que se basa en el criterio de la Administración, aunque permita aplicar otro diferente. Por último, el Director del Departamento de Inspección añade que este proyecto es de suma importancia para que la Agencia Tributaria pueda seguir avanzando en materia de simplificación, lo cual expondrá cuando se comente la actividad del grupo de trabajo para el Análisis y racionalización de cargas fiscales indirectas.
A continuación, D.ª Soledad Fernández Doctor abre un turno de intervenciones.
En primer lugar toma la palabra D. Luis López-Tello y Díaz Aguado, representante de REPSOL, para agradecer la flexibilidad mostrada por la Agencia Tributaria al eliminar la obligatoriedad de aplicar la regla de la proporcionalidad. Añade que habrían tenido serios problemas ya que durante más de 20 años han estado aplicando un criterio distinto, en ocasiones validado por actuaciones inspectoras, y se habrían visto obligados a rehacer todos los cálculos de compensaciones internas de estos años, incluso teniendo en cuenta que hay sociedades que han salido del grupo. Así, señala que, por su parte, no hay objeción en aplicar el criterio de la proporcionalidad, siempre que sea en adelante, pero sin tener que recalcular los hechos pasados. Además, en su opinión, no tiene sentido generar un conflicto en una cuestión que poco o nada va a afectar a la recaudación tributaria.
D. Javier Hurtado le contesta que está de acuerdo con lo que acaba de decir, pero que, no obstante, hay que tener en cuenta que España cuenta con más de 6.000 grupos consolidados, con 35.000 sociedades que forman parte de los mismos, y que cuando la Agencia Tributaria se plantea abordar un sistema de ayuda a la confección de las declaraciones de grupos tiene que tomar en consideración una regla aplicable en todo el territorio nacional. Así, se ha aplicado la regla vigente desde un punto de vista jurídico y que es la misma que existe desde hace más de 20 años. Por otro lado, en cuanto a lo comentado sobre que los órganos de inspección han validado criterios distintos, D. Javier Hurtado señala que le consta la existencia de casos en que no ha sido así. Por otro lado, indica que, aunque el criterio de la Administración es el mismo, evidentemente, el sistema lo va a ofrecer a partir de la campaña del Impuesto sobre Sociedades de 2021. Asimismo, añade que el nuevo sistema permite un seguimiento más ajustado de los créditos fiscales, no solo para la Administración, sino también para el propio grupo.
A continuación, toma la palabra la representante de IBERDROLA para comentar que también debería tenerse en cuenta que la distribución de una deducción entre las empresas de un grupo va a originar que vayan quedando unos importes muy pequeños pendientes, pero que, sin embargo, al final van aumentado las páginas de la declaración.
Seguidamente interviene D. Manuel Trillo para reiterar lo comentado por D. Javier Hurtado en cuanto a que el funcionamiento del sistema se tiene que basar en una regla general que se pueda aplicar a todos los grupos. En este sentido, señala que hay que ser conscientes de la existencia de “negocios” que consisten en el montaje y desmontaje de grupos, y a los que la Agencia Tributaria tiene que prestar una especial atención. Así, con el nuevo sistema se consigue una mayor trazabilidad, lo que permite conocer quién y cómo entra en el grupo, quién y cómo sale, y cuándo. Es decir, la Agencia Tributaria ha tenido que tomar en consideración múltiples y variados aspectos a la hora de diseñar la herramienta, pero que, en su opinión, no tiene por qué desembocar en conflictos con las empresas presentes.
A continuación, toma la palabra D. Daniel Gómez-Olano para señalar que coincide en que no se trata de un tema que afecte a la recaudación, pero que, en opinión de muchos de los presentes, lo preocupante es que no tiene una cobertura legal. Así, con independencia de lo que haya podido manifestar en su momento la Dirección General de Tributos, el caso es que la Agencia Tributaria, a través de la aplicación de un criterio, como mínimo, discutible en derecho, ha optado por la inclusión de un motor de liquidación que, de alguna forma, está sesgando el criterio del contribuyente ya que, finalmente, dicho motor de cálculo se aplica por defecto, con lo que si se quiere aplicar un criterio diferente hay que buscar cuál es la casilla o la opción que permita adoptar el criterio que se desea. El representante de FCC añade que con este sistema la Agencia Tributaria, de alguna manera, se está convirtiendo en reguladora y que el procedimiento correcto de actuar ante un criterio que no se considera adecuado habría sido instar una modificación legislativa. Por último, reitera que no se trata de un tema inocuo de cara al futuro, y a muchas de las entidades presentes les preocupa, más allá de los problemas de gestión comentados, el hecho en sí, ya que no se compadece con lo que, en su opinión, debería ser una buena administración.
D. Javier Hurtado le responde que tiene que contradecirle, ya que no se trata de un criterio inventado, sino que se basa en la opinión de la Subdirección General de Ordenación Legal, en la de la Unidad Central de Coordinación de Grupos Consolidados y en la de la Dirección General de Tributos. Añade que, si existiera jurisprudencia o doctrina contradictoria, dada la versatilidad que tiene su aplicación, la Agencia Tributaria lo cambiaría inmediatamente. No obstante, indica que el sistema lo único que hace es proponer el criterio que es aplicable, pero permitiendo que si alguien considera que no lo es, pues que pueda utilizar el que considere oportuno. Añade que, asimismo, la Delegación Central también ha sido consultada y comparte el mismo criterio.
Nuevamente toma la palabra el representante de REPSOL para indicar que entiende perfectamente el interés de la Agencia Tributaria en conocer cuáles son los créditos fiscales pendientes, pero que, en el caso de prácticas caracterizadas por una buena fe generalizada y validadas por la Administración en el pasado, la rectificación ahora es imposible o muy complicada. Así, añade que, en su opinión, una forma de evitar la conflictividad en este tema sería no revisar ejercicios prescritos o ya validados, exigiéndose en adelante la aplicación de la regla.
D. Javier Hurtado le contesta que está de acuerdo, pero que, en su opinión, no se trata de un tema teórico, sino un problema de aplicación práctica en el que, por supuesto, existe acuerdo en que va a ser hacia delante.
Seguidamente interviene el Delegado Central para señalar que no cree que este tema pueda ser un problema en las relaciones entre las grandes empresas y la Administración. Añade que, además, la colaboración de las empresas va a resultar de mucha utilidad para la Agencia Tributaria a la hora de poder conocer con una mayor celeridad la trazabilidad de determinados créditos fiscales pendientes, ya que hay que tomar en consideración lo compleja que es la obtención de esta información, máxime teniendo en cuenta que en muchas ocasiones recaen sobre situaciones cuyo origen data de 10 o 15 años atrás, o más, y que durante los mismos se han presentado complementarias, o ha habido resoluciones del TEAC, o sentencias de la Audiencia Nacional, etc. que han ido modificando los créditos fiscales pendientes. Por último, reitera que en este asunto no ha habido conflictividad en el pasado y, en su opinión, tampoco la va a haber en el futuro.
Dado que no se producen más intervenciones, Dª Soledad Fernández Doctor indica que, en relación con el grupo de trabajo para el Análisis y racionalización de cargas fiscales indirectas, en primer lugar va a intervenir la Directora del Departamento de Gestión Tributaria para comentar las cuestiones del área de gestión y, posteriormente, D. Javier Hurtado expondrá las del ámbito de su Departamento.
D.ª Rosa María Prieto inicia su exposición señalando que el grupo de trabajo celebró una reunión el pasado 2 de junio y que de los asuntos tratados va a destacar los siguientes:
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En relación con la campaña del Impuesto de Sociedades 2021 la Subdirectora General de Técnica Tributaria informó en la reunión de que este año se había adelantado y destacó que:
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la orden ministerial que aprueba los modelos se había publicado el 4 de mayo;
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el manual del Impuesto sobre Sociedades estaba disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria desde el 6 de mayo;
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los datos fiscales van a estar disponibles el día 23 de junio.
En cuanto al modelo, se informó de que no presentaba novedades importantes en el ejercicio, más allá de algunas modificaciones que afectaban a la exención sobre dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores (art. 21 LIS), a la deducción para evitar la doble imposición económica internacional (art. 32.1 a) LIS) y a la deducción por inversiones en producciones cinematográficas (arts. 36 y 39 LIS), entre otras.
A solicitud de las empresas se trataron los siguientes asuntos:
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Simplificación del modelo 200: se informó que la Agencia Tributaria utilizaba la información suministrada con la finalidad de mejorar la asistencia al grueso de contribuyentes, facilitándoles la presentación del modelo 200 y fomentando así el cumplimiento voluntario, al tiempo que se prevenían actuaciones posteriores que pudieran dar lugar a requerimientos y regularizaciones.
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Eliminación de la información sobre consejeros y participaciones: se informó que estos datos se solicitaban anualmente en el modelo del Impuesto sobre Sociedades debido a que en la normativa relativa a censos no se requería su cumplimentación en una declaración censal y, por tanto, tampoco su actualización.
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Eliminación del detalle de seguimiento de ajustes a la base imponible: se comunicó que para la Agencia Tributaria se trataba de una información muy relevante, por lo que no estaba prevista su supresión.
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En lo referente a las declaraciones informativas las empresas habían solicitado que las modificaciones se realizasen con una mayor antelación a fin de que pudiesen disponer antes de la información. Por su parte la representante del Departamento de Gestión Tributaria explicó que muchas de las declaraciones informativas tenían una base reglamentaria, lo que condicionaba la publicación de la orden ministerial de los modelos a que estuvieran aprobados los reglamentos. Asimismo, comentó que se intentaban tramitar, con carácter general, todas las modificaciones en una única orden ministerial. No obstante, se señaló que la orden de modificación de los modelos 345 y 187, se estaba tramitando con carácter anticipado, ya que incluía modificaciones relevantes. Además, se informó de que en breve se iba a iniciar la tramitación de la orden que incluyese el resto de modificaciones, al margen de las nuevas declaraciones informativas que pudieran tener que aprobarse como consecuencia del desarrollo reglamentario de la Ley 11/2021.
A continuación toma la palabra D. Javier Hurtado para señalar que en la reunión del grupo de trabajo los representantes del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria explicaron que con el motor de cálculo del modelo 220 se pretendía diseñar un instrumento de liquidación que contemplase todos los escenarios de grupos de sociedades existentes y que fuera una herramienta dinámica y precisa para la liquidación del impuesto de las entidades que tributaban en el régimen de grupos fiscales, al tiempo que incorporaba nuevos servicios de asistencia. Asimismo, el Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria destaca que el nuevo sistema se caracteriza por su agilidad en la adaptación a los cambios normativos, su trazabilidad en el seguimiento de los créditos fiscales, su transparencia, al poner en conocimiento de los obligados tributarios toda la información disponible en las bases de datos de la Administración tributaria, y su transversalidad, que conlleva que cualquier órgano de la Agencia Tributaria va a utilizar la misma herramienta en las operaciones de liquidación. Asimismo, en la reunión se informó de que el motor contaba con dos reglas básicas: el reparto proporcional y el límite preconsolidación, si bien este último solo incluía una advertencia sobre sus reglas de aplicación. D. Javier Hurtado añade que, como ya se ha comentado en la sesión plenaria, ante las objeciones que formularon las empresas se ha optado por introducir la posibilidad de editar los valores obtenidos al aplicar la regla de reparto proporcional, incluyendo la advertencia de que en tal caso no se aplicarían las validaciones de la ayuda al cálculo.
Para finalizar su intervención D. Javier Hurtado reitera que el nuevo sistema tiene una gran importancia para la Agencia Tributaria, por lo que se han invertido muchos recursos a fin de obtener un producto que sea verdaderamente un motor de cálculo útil, tanto para las empresas a la hora de cumplimentar sus declaraciones, como para la Administración de cara a la realización de cualquier procedimiento gestor con las mismas.
A continuación, la Directora General ofrece la palabra a los asistentes por si desean realizar algún comentario y, dado que no se produce ninguna intervención, cede la palabra a D.ª Pilar Jurado Borrego, Directora del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, a fin de que comente la actividad del grupo de trabajo de Impuestos Especiales.
D.ª Pilar Jurado comenta que en la reunión del grupo de trabajo que tuvo lugar el pasado 24 de mayo se trataron entre otras las siguientes cuestiones:
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En relación con el Impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables, que entrará en vigor el 1 de enero de 2023:
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La representante de la Dirección General de Tributos, siguiendo la estructura de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, realizó una exposición breve pero exhaustiva del Impuesto informando a los asistentes sobre su ámbito objetivo, ámbito territorial, hechos imponibles, contribuyentes, devengo, supuestos de no sujeción, supuestos de exención, supuestos que daban derecho a la deducción, supuestos que daban derecho a la devolución, infracciones tributarias y normas generales de gestión. En particular, en relación con el ámbito objetivo explicó que comprendía envases primarios (diseñados para constituir en el punto de venta una unidad de venta), envases secundarios (diseñados para constituir en el punto de venta una agrupación de un número determinado de unidades de venta) y envases terciarios (diseñados para facilitar la manipulación y transporte de varias unidades de venta o de varios envases colectivos). Por su parte, algunas de las empresas manifestaron la dificultad que entrañaba saber cuándo un plástico era reutilizable y cuándo no y expresarlo en kilogramos. En concreto, la representante de Mercadona preguntó si las bolsas de congelación estaban sujetas al Impuesto, a lo que la Dirección General de Tributos contestó afirmativamente. Asimismo, añadió que estaba a disposición de los asistentes para recibir todas las consultas que considerasen oportunas y que, además, se estaba preparando una relación de preguntas frecuentes.
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El representante del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales informó del proyecto de orden ministerial en el que se regulaba, por remisión del artículo 82 de la Ley 7/2022, la inscripción en el registro territorial, el modelo de autoliquidación (modelo 592), el modelo de solicitud de devolución (modelo A22) y la forma de cumplimiento de la obligación de llevar la contabilidad de existencias y de presentar el libro registro de existencias para la gestión del impuesto. En particular, se explicó que los adquirentes intracomunitarios quedaban exceptuados de inscribirse si en el mes natural la cantidad de plástico no reciclado adquirido no superaba los 5 kilogramos, así como qué inscritos quedaban exceptuados de presentar el libro registro de existencias y el modelo de autoliquidación en los periodos en los que no resultaba cuota a ingresar. Por su parte, las empresas preguntaron si los importadores podrían solicitar en el modelo de autoliquidación la devolución del impuesto pagado en el caso del envío de los productos al importador fuera del territorio español, a lo que se contestó negativamente en base a lo dispuesto en los artículos 80 y 81 de la Ley. También se preguntó si adquirentes distintos del contribuyente podrían presentar el modelo de solicitud de devolución, a lo que, en base a los dispuesto en el artículo 81, se contestó afirmativamente.
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En lo referente al proyecto de orden ministerial por la que se aprueba el procedimiento de devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional, se comunicó en la reunión que una de las novedades introducidas por el Real Decreto-ley 6/2022 que afectaba a dicho procedimiento era la implantación de la periodicidad mensual en la gestión de las devoluciones. D.ª Pilar Jurado señala que esta medida ya está implementada.
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En lo relativo al proyecto de modificación de la Orden Ministerial por la que se aprueban los marcadores y trazadores para el gasóleo y el queroseno se informó en la reunión que la Comisión Europea ha adoptado la Decisión de Ejecución (UE) 2022/197, de 17 de enero de 2022, por la que se establece un marcador fiscal para los gasóleos y el queroseno, que es ACCUTRACETM PLUS, permitiendo que los estados miembros puedan utilizar indistintamente el anterior marcador o el nuevo durante el período transitorio (hasta el 28 de enero de 2024). La Directora del Departamento de Aduanas señala que las empresas afectadas ya tienen conocimiento de la modificación y que, por su parte, la Administración también se está preparando para trabajar con el nuevo producto y los análisis químicos derivados del cambio.
Para finalizar su intervención, D.ª Pilar Jurado reitera que tanto la Dirección General de Tributos como la Agencia Tributaria están a disposición de las empresas para atender las dudas que les puedan ir surgiendo en relación con el Impuesto sobre los envases de plástico no reciclables y que desde el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales se va a intentar facilitar, en la medida de lo posible, su gestión.
A continuación, la Directora General agradece a D. ª Pilar Jurado su intervención y ofrece la palabra a los asistentes por si desean realizar algún comentario o consulta.
Toma la palabra D. Francisco Javier Baulenas Setó, representante de SEAT, para señalar que este impuesto entraña una complejidad enorme en su gestión y que va a suponer un esfuerzo muy importante para las empresas. Añade que en su sector trabajan con miles de piezas y sus respectivos envases de plástico, y que lograr que sus numerosísimos proveedores de todas partes del mundo entiendan que tienen que incluir detalladamente en los envases determinada información sobre los mismos, va a ser una tarea muy ardua y para la que, de momento, no tienen una solución. Así, comenta que se ha llegado a tal nivel de sofisticación que hace que eche de menos el antiguo sistema de reparto de cuotas, el cual, por otro lado, tiene completa seguridad en que a las empresas les iba a resultar más económico. Por último, el representante de SEAT solicita de la Administración mucha flexibilidad en su implantación, sobre todo en los momentos iniciales.
Seguidamente interviene D. Félix Ruiz Madarro, representante de RENAULT, quien comenta que coincide totalmente con lo expuesto por D. Francisco Javier Baulenas. Añade que este no es un impuesto caro, pero que establece el cumplimiento de una serie de obligaciones para las que las empresas, de momento, no tienen capacidad.
D.ª Pilar Jurado contesta que la Agencia Tributaria tiene que aprender a trabajar con este impuesto, ya que también es una novedad para la organización, por lo que la flexibilidad se da por descontada. Añade que, además, las empresas del Foro son conocedoras de los cambios que se avecinan y ya han empezado a tomar en consideración los mismos, pero que, sin embargo, este impuesto afecta a sectores que, ahora mismo, no terminan de ser conscientes de que también les atañe. Así, la Directora del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales señala que para la Agencia Tributaria es muy importante que la información sea conocida y entendida por todos los sectores afectados. Para finalizar, indica que no hay que olvidar que el impuesto se encuadra dentro de los impuestos medioambientales, siendo su objetivo fomentar el reciclado de los residuos plásticos a fin de reducir su impacto negativo sobre el medio ambiente.
Dado que no se producen más intervenciones D.ª Soledad Fernández Doctor otorga la palabra al Delegado Central de Grandes Contribuyentes, a fin de que comente la actividad del grupo de trabajo de Relación Cooperativa.
D. Manuel Trillo inicia su exposición señalando que el grupo de trabajo se reunió el día 9 de junio y que en el orden del día se habían incluido, a solicitud de las empresas, los siguientes asuntos:
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Mapa de situación de la relación cooperativa (resumen de todo lo hecho hasta ahora).
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Posibilidad de crear un marco común de relación cooperativa en el ámbito de la UE. Tema para la presidencia española de la UE.
El Delegado central informa de que en la reunión se expuso en primer lugar la visión de la Agencia Tributaria en cuanto a la relación cooperativa y cómo habían funcionado las principales iniciativas puestas en marcha, tales como la constitución del Foro de Grandes Empresas en 2009, la aprobación del Código de Buenas Prácticas Tributarias en 2010, el establecimiento de un procedimiento de evaluación del cumplimiento de dicho Código en 2015 y los informes de transparencia en 2016. Así, D. Manuel Trillo destaca lo siguiente:
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Se reiteró que para la Agencia Tributaria la relación cooperativa es siempre bilateral, dándose tantos tipos de relaciones como intervinientes, lo que da lugar a que haya empresas con las que el entendimiento es pleno y otras con las que es más dificultoso.
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Se facilitaron los siguientes datos para avalar el avance que han supuesto los instrumentos de relación cooperativa:
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La conflictividad en el período 2018-2021 se ha reducido en el ámbito de las grandes empresas en un 30 % respecto al período 2014-2017.
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El 80 % de las actuaciones de la Delegación Central terminan en acta de conformidad y acta con acuerdo.
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Las adhesiones al Código de Buenas Prácticas Tributarias están en torno a 150, estando afectado el censo de la Delegación Central en, aproximadamente, 2.500 contribuyentes entre entidades individuales y grupos.
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El número de acuerdos previos de valoración se va incrementando.
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El número de informes de transparencia también ha ido aumentando desde 2016, llegando a 34 en 2020.
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El Delegado Central señala que la Agencia Tributaria también realizó un análisis crítico y reconoció que, a pesar de los avances, existía mucho margen de mejora y crecimiento en materia de relación cooperativa.
El Delegado Central prosigue su exposición destacando los siguientes asuntos:
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En cuanto al Foro de Grandes Empresas:
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Se comentó que en su creación se había apostado por la representación de las empresas a través de miembros del Consejo de Administración, pero que esto solo se había producido en una ocasión. Así, la Agencia Tributaria señaló que sería interesante contar de forma esporádica y para temas generales, no técnicos, con la participación de personas que ostentasen cargos en los órganos de dirección.
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En cuanto a los miembros del Foro, la Delegación Central propuso analizar la posibilidad de establecer un sistema rotatorio que permitiese el acceso al mismo a empresas que lo estaban reclamando y a las que era difícil explicar por qué no podían incorporarse, a lo que la representante de IBERDROLA contestó que en tal caso habría que diseñar un mecanismo que explicara muy claramente que se trataba de un movimiento temporal y no de una expulsión.
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En cuanto al Código de Buenas Prácticas Tributarias se comentó que el número de entidades adheridas era manifiestamente mejorable y que habría que buscar fórmulas que permitiesen incrementar la cifra. Asimismo, los representantes de la Agencia Tributaria señalaron que el Código de Buenas Prácticas Tributaria se aprobó en 2010 y propusieron su revisión y actualización, adaptándolo a los nuevos tiempos y circunstancias.
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Por su parte, el Delegado Central Adjunto informó sobre las experiencias internacionales en materia de evaluación de los modelos de relación cooperativa.
En relación con el último punto, D. Manuel Trillo comenta que, en su opinión, el instrumento más factible para realizar una evaluación sobre la materia sería una encuesta. Así, propone tratar este asunto en el grupo de trabajo, de manera que se consensuasen en torno a 20 cuestiones esenciales sobre las que, posteriormente, los miembros del Foro darían su opinión.
Por otro lado, el Delegado Central de Grandes Contribuyentes señala que las entidades manifestaron durante la reunión que estaban de acuerdo en que se habían logrado avances en materia de relación cooperativa, si bien de una manera desigual, ya que las empresas habían realizado un gran esfuerzo en transparencia adoptando unos estándares internos muy elevados, lo que sin duda también había contribuido a reducir los porcentajes de conflictividad, mientras que la Administración apenas había introducido cambios en los procedimientos de comprobación en las últimas décadas. Asimismo, comentaron que el avance de la Agencia Tributaria en el modelo de relación cooperativa resultaba parcial, estando residenciado en personas concretas y no tanto como un elemento cultural de la organización en general. Por su parte, la Delegación Central mostró su desacuerdo y reiteró que la relación cooperativa era bilateral y que, desde el punto de vista de la Administración, se podía decir que, con carácter general, estaba funcionando, pero que también había que señalar que, en particular, en ocasiones, no tanto. Por otro lado, en cuanto a los informes de transparencia las empresas reiteraron su solicitud de disponer de la opinión de la Agencia Tributaria sobre el contenido de los mismos de manera anticipada a la tramitación de un procedimiento de comprobación, a lo que la DCGC contestó que la Agencia Tributaria no contaba con un instrumento jurídico que le permitiese realizar una apreciación del riesgo de una entidad a partir del informe de trasparencia presentado. No obstante, se destacó su utilidad y se citaron como ejemplos de la aplicación práctica de los informes algunos casos en los que del análisis de los mismos habían surgido diferencias que, finalmente, se habían resuelto mediante procedimientos de comprobación parcial muy concretos.
A continuación D. Manuel Trillo comenta que, en referencia al segundo punto del orden del día de la reunión, el representante del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria señaló que en materia de imposición indirecta ya existían varios foros de relación cooperativa y que el área de mejora que podría plantearse sería el relativo a la imposición directa. No obstante, subrayó que era imprescindible empezar a trabajar en la propuesta a fin de dotarla de una mayor concreción, ya que era necesario justificar que su creación supondría una ventaja para la UE.
Para finalizar su intervención, el Delegado Central señala que está convencido de que las empresas participantes en el Foro están de acuerdo en que las iniciativas desarrolladas en materia de relación cooperativa están funcionando y son de utilidad para todos, aunque cada una de las partes tenga su propia opinión sobre los esfuerzos que en esta materia están realizando cada uno de los intervinientes. Añade que es necesario seguir trabajando para que se sigan produciendo avances en el modelo cooperativo.
A continuación, D.ª Soledad Fernández Doctor agradece la intervención de D. Manuel Trillo y ofrece la palabra a las personas asistentes por si desean realizar algún comentario.
Dado que no se producen más intervenciones la Vicepresidenta del Foro da paso al siguiente punto del orden del día.
5. Proyectos para la Presidencia Europea 2023
D.ª Soledad Fernández Doctor otorga la palabra a D. Marcos Álvarez Suso, Jefe del Área de Apoyo Procesal del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, a fin de que informe sobre los proyectos en tramitación a nivel europeo que podrían ser discutidos bajo presidencia española.
D. Marcos Álvarez Suso inicia su exposición comentando que, como es sabido por todas las personas presentes, España asumirá la presidencia del Consejo de la Unión Europea en el segundo semestre de 2023, tras las presidencias de Francia, República Checa y Suecia. Añade que, además de ser una presidencia corta por coincidir con el período estival, la española es una presidencia de las denominadas "Golden Presidency", es decir, la última antes de las elecciones al Parlamento Europeo, por lo que la Comisión ya ha comunicado a España que, ante la incertidumbre política por el resultado de las elecciones, va a intentar impulsar un número importante de las iniciativas que están en marcha. Asimismo, indica que en estos momentos existen numerosos proyectos en tramitación en el ámbito comunitario y, dado que los países que preceden a España tienen sus preferencias y condicionantes en relación con los mismos, se desconoce cuáles seguirán pendientes en el segundo semestre de 2023 o si, incluso, existirán nuevas propuestas o se habrá descartado alguna de las que hay actualmente. Así, el Jefe del Área de Apoyo Procesal señala que va a realizar una breve exposición sobre los expedientes en materia de fiscalidad que se encuentran actualmente en tramitación, excluyendo los relativos al área de Aduanas e Impuestos Especiales, no porque no haya proyectos normativos importantes tramitándose, ya que existen, entre otras, una propuesta para modificar la directiva de la fiscalidad de la energía y una revisión del Código Aduanero, sino porque no son de su área de trabajo.
A continuación D. Marcos Álvarez comenta que, si bien la iniciativa legislativa europea le corresponde a la Comisión, no obstante, el país que ostenta la presidencia del Consejo de la UE cuenta con una cierta oportunidad para impulsar aquellos expedientes en los que está más interesado. Así, reitera que en estos momentos existe una gran incertidumbre en cuanto a los proyectos que se tramitarán bajo la presidencia española de la UE y, con el apoyo de una presentación en power point, esboza los principales aspectos de algunas de las propuestas que existen en la actualidad, aclarando que no en todos los casos se cuenta con un proyecto normativo de la Comisión:
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En imposición directa:
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Pilar II: la propuesta de Directiva en discusión pretende garantizar un tipo impositivo mínimo (15 %) para las actividades mundiales de los grandes grupos multinacionales. El debate reside en armonizar un conjunto común de normas sobre cómo calcular este tipo impositivo efectivo, de modo que se aplique correcta y coherentemente en toda la UE. Bajo la presidencia francesa ha recibido un fuerte impulso, pero en estos momentos es objeto de bloqueo político.
Condicionadas a la aprobación del pilar II, se destacan tres iniciativas:
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Publicación anual del tipo efectivo de tributación en el Impuesto sobre Sociedades de determinadas grandes empresas con operaciones en la UE: la propuesta se presentará una vez aprobada la Directiva del pilar II.
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Refundición de la Directiva de Intereses y Cánones: la aprobación del pilar II podría allanar el camino para que se aprobase la Directiva refundida que se encuentra en el Consejo desde 2011 y cuyo objetivo es hacer que los beneficios contemplados en la misma estén condicionados a que el interés esté sujeto a impuestos en el estado de destino.
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Pilar I: No existe todavía propuesta normativa europea. Otorga a las jurisdicciones de mercado el derecho de gravar parte de las ganancias de ciertas empresas no residentes, proporcionando la reasignación de una parte de estos beneficios globales entre las jurisdicciones donde el grupo tiene clientes o usuarios, utilizando una fórmula acordada.
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Modificación de la Directiva sobre cooperación administrativa (DAC 8): si bien no existe aún una propuesta normativa, esta iniciativa pretende garantizar a las Administraciones tributarias información para identificar a los contribuyentes activos en nuevos medios de intercambio, en particular criptoactivos y dinero electrónico.
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Shell entities: la propuesta de Directiva establece unos parámetros que ayudarán a los estados miembros a detectar empresas que ejercen una actividad económica, pero que no tienen una sustancia mínima y se utilizan para obtener ventajas fiscales. También contempla el intercambio automático de información e introduce la posibilidad de que un país solicite a otro la realización de una auditoría fiscal a una shell entity a fin de averiguar, realmente, que hay detrás de la misma. Por otro lado, si esta propuesta no obtiene un acuerdo unánime, la Comisión Europea ha anunciado que presentaría a finales de año una nueva iniciativa legislativa en la que se regularía la profesión de los asesores fiscales en cuanto a la utilización de este tipo de entidades, si bien aún no hay ninguna otra referencia adicional sobre esta propuesta.
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DEBRA: con el fin de corregir de manera coordinada en todo el mercado único el sesgo en favor del endeudamiento inducido por la fiscalidad, esta propuesta de Directiva establece normas para prever, en determinadas condiciones, la deducibilidad a efectos tributarios del interés nocional sobre los incrementos de fondos propios y para limitar la deducibilidad fiscal de los costes de endeudamiento excedentarios.
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Marco para la imposición sobre la renta de las empresas en Europa (Business in Europe: Framework for Income Taxation o BEFIT): sería una norma única del Impuesto de Sociedades para la UE, basada en las características de una base imponible común y una fórmula de prorrateo para la distribución de beneficios entre los estados miembros. Asimismo, si bien no existe todavía una propuesta normativa, esta se basará en el progreso de las discusiones globales en las que estos conceptos están ya presentes, mediante el uso de una fórmula de redistribución parcial de los beneficios en el pilar I, y reglas comunes para el cálculo de la base imponible a efectos de la aplicación del pilar II.
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Método de retención común en la fuente: el objetivo de esta iniciativa, que todavía no cuenta con una propuesta normativa, sería la introducción de un sistema común a nivel de la UE para la retención en origen sobre los dividendos o los pagos de intereses a los no residentes. Supondrá el establecimiento de un sistema que permitirá a las autoridades tributarias intercambiar información y cooperar entre sí, así como mejorar los certificados de residencia fiscal a estos efectos, facilitando y agilizando así la gestión de las devoluciones a los no residentes.
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Código de conducta: existe un grupo de trabajo dedicado al estudio de las medidas fiscales que provocan una competencia fiscal perniciosa entre los estados miembros, así como a la elaboración y actualización de la lista de terceros países y territorios no cooperadores, examinando coordinadamente a nivel de la Unión Europea medidas de defensa.
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En imposición indirecta:
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El IVA en la era digital: es el proyecto estrella de la Unión Europea, si bien no existe todavía una propuesta. Se basa en:
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el establecimiento de un sistema de suministro inmediato de información en tiempo real, es decir, algo parecido al SII español;
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la revisión del régimen de las plataformas electrónicas, armonizando la intermediación en la prestación de servicios, especialmente en los sectores de alojamiento turístico y transporte;
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la extensión de la ventanilla única a todos los supuestos no cubiertos actualmente.
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El IVA en el sector turístico: este proyecto es de especial interés para España, dada la importancia de la industria turística en nuestro país. La idea de la Comisión es plantear una revisión de los siguientes regímenes y aspectos relacionados con dicho sector: el régimen especial de agencias de viajes; el régimen de devoluciones a viajeros, el régimen aplicable a las tiendas libres de impuestos y las normas de tributación del transporte de viajeros.
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La Comisión Europea está considerando impulsar un mecanismo de resolución de disputas entre los estados miembros a fin de evitar situaciones de doble imposición.
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Régimen definitivo en el IVA: la idea de la Comisión consiste en la implantación del principio de tributación en destino para las operaciones intracomunitarias entre empresarios, potenciando al máximo la ventanilla única, de tal manera que los operadores puedan relacionarse con una única Administración, a través de la cual presentarían todas sus autoliquidaciones.
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Para finalizar su exposición, D. Marcos Álvarez señala que la presidencia española de la UE es un proyecto apasionante como país y que la Administración tributaria española espera contar con las aportaciones de todas las entidades participantes en el Foro.
A continuación, el Secretario de Estado de Hacienda ofrece la palabra a las personas asistentes por si desean consultar alguna cuestión o realizar algún comentario.
En primer lugar interviene D.ª Begoña García-Rozado, quien pregunta si, de no aprobarse durante la presidencia francesa, el pilar II no recibiría un nuevo impulso hasta la presidencia española. Asimismo, pregunta si las discusiones técnicas han finalizado.
D. Marcos Álvarez Suso le contesta que, con todas las cautelas políticas en cuanto a lo que acontece en Bruselas, la República Checa y Suecia no han manifestado un especial interés por el proyecto.
Seguidamente, D. Jesús Gascón indica que, efectivamente, el debate técnico, en principio, ha finalizado. Asimismo, añade que la evolución del proyecto es impredecible, ya que, tal y como ha señalado el representante del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, teniendo presentes todas las cautelas políticas en cuanto a los trabajos que se desarrollan en Bruselas, las negociaciones con los países que se oponen a la aplicación del pilar II no se circunscriben exclusivamente a este proyecto, sino que van más allá, con lo cual, aunque las próximas presidencias no hayan mostrado un especial interés en impulsarlo, si se consiguiera desbloquear otros temas, es posible que se levantase el veto.
A continuación, toma la palabra D. Luis López-Tello, quien, tras felicitar a D. Marcos Álvarez por su nombramiento, comenta que está seguro de que la exclusión de su exposición de los temas del ámbito aduanero y de impuestos especiales no se debe al hecho de que se les vaya a prestar poca atención, ya que España se va a ver muy afectada por los trabajos que se están realizando en esta área, tales como los dedicados a la fiscalidad de la energía y al mecanismo de ajustes en frontera.
D. Marcos Álvarez le responde que el motivo de excluirlos ha sido, simplemente, el hecho de que la Agencia Tributaria cuenta con personas expertas en materia aduanera y de impuestos especiales.
Seguidamente toma la palabra la Directora del Departamento de Aduanas e Impuesto Especiales quien señala que la revisión de la fiscalidad de la energía y el mecanismo de ajuste en frontera son materias muy complejas y que tienen una finalidad medioambiental. Añade que, en su opinión, el problema en relación con la aplicación del Reglamento que apruebe el mecanismo de ajuste en frontera del carbono reside en que España es importadora y que va a tener que añadirlo como un coste más, en una coyuntura en que los indicadores económicos no están en su mejor momento. Por otro lado, D.ª Pilar Jurado indica que en cuanto a la revisión del Código Aduanero, la Comisión Europea tiene especial interés en impulsar la simplificación de la tramitación aduanera, potenciando la figura del operador confiable.
D. Jesús Gascón añade que, además, otro factor que viene a introducir una mayor complejidad en los debates es la propuesta de modificación del sistema de recursos propios de la UE. Por otro lado, señala que, si bien hay que ser optimistas en cuanto a que la propuesta relativa a la fiscalidad de la energía salga adelante, hay que recordar que, en la última presidencia española en 2010, nuestro país también tuvo que informar sobre la viabilidad y expectativas relativas a una serie de expedientes, entre los que se encontraba la directiva de la fiscalidad de los productos energéticos. En aquellos momentos se contestó que, aunque era muy complicado, no era imposible. Así, añade que 12 años después el debate continúa y que, aun reconociendo su importancia, no termina de estar claro que se vayan a lograr avances en el corto plazo. Por último, señala que hay muchas posibilidades de que la tramitación del proyecto continúe en el segundo semestre de 2023, cuando España asuma la presidencia.
Dado que no se producen más intervenciones, el Secretario de Estado de Hacienda, da paso al séptimo punto del orden del día dedicado a "Otras consideraciones, ruegos y preguntas" y otorga la palabra a las personas presentes en la reunión.
Toma la palabra D. Carlos Lázaro, representante del Banco Sabadell, para agradecer la cálida bienvenida que se le ha dispensado y manifestar la satisfacción en nombre de su entidad por incorporarse como miembro del Foro de Grandes Empresas. Añade que, aunque ya existía una cierta vinculación, dada la adhesión de Banco Sabadell al Código de Buenas Prácticas Tributarias y su participación en el grupo de trabajo de Análisis de la normativa tributaria y de reducción de la conflictividad, para su entidad es motivo de complacencia, compartido con todas las entidades presentes, participar en el fomento del modelo de relación cooperativa, ya que, sin duda, es una herramienta muy útil para la aplicación del sistema tributario, al tiempo que aporta seguridad jurídica, lo que resulta beneficioso para la sociedad en su conjunto.
El Presidente del Foro reitera la bienvenida al Banco Sabadell y, dado que no se producen más peticiones de palabra, agradece a las personas asistentes su presencia y da por concluida la vigesimocuarta sesión plenaria del Foro de Grandes Empresas, despidiéndose hasta la próxima reunión.
EL SECRETARIO TÉCNICO
D. IGNACIO FRAISERO ARANGUREN
Vº Bº
EL PRESIDENTE DEL FORO
D. JESÚS GASCÓN CATALÁN