Acta de la reunión
Foro de Grandes Empresas
ACTA PLENO 1/2021
ACTA DE LA REUNIÓN DEL PLENO DEL FORO DE GRANDES EMPRESAS
CELEBRADA EL 29 DE JUNIO DE 2021
Presidenta del Foro de Grandes Empresas
Presidenta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria - Secretaria de Estado de Hacienda
D.ª Inés María Bardón Rafael
Vicepresidente del Foro de Grandes Empresas
Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
D. Jesús Gascón Catalán
Miembros en representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Director del Departamento de Gestión Tributaria
D. Gonzalo García de Castro
Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria
D. Javier Hurtado Puerta
Directora del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
D.ª Mª Pilar Jurado Borrego
Delegado Central de Grandes Contribuyentes
D. Manuel Trillo Álvarez
Subdirectora General de Técnica Tributaria - Departamento de Gestión Tributaria
D.ª Mercedes Jordán Valdizán
Subdirectora General de Coordinación y Gestión – Departamento de Recaudación
D.ª Virginia Muñoz Fernández
Miembros en representación de las Grandes Empresas
ACS
Director Asesoría Fiscal
D. Alfonso Moreno García
AMADEUS IT GROUP SA
Vicepresidente del Consejo de Administración
D. Jacinto Esclapés Díaz
BANCO SANTANDER
Group Executive Vice President
D.ª Carmen Alonso Peña
BBVA
Director del Departamento Fiscal
D. José María Vallejo Chamorro
LA CAIXA
Director Adjunto Asesoría Fiscal
D. Juan José Lagares Gómez-Abascal
CEPSA
Director Fiscal
D. Alberto Martín Moreno
COFARES
Asesor Consejo Rector
D. Luis Valdeolmos González
EL CORTE INGLÉS
Adjunto a Gerencia - Departamento Fiscal
D. José Roberto Barroso Duque
ENDESA
Responsable de Asuntos Fiscales
D.ª María Muñoz Viejo
FCC
Director del Área Fiscal
D. Daniel Gómez-Olano González
IBERDROLA
Directora Global de Fiscalidad
D.ª Begoña García-Rozado González
IBERIA
Spanish Tax Lead
D.ª Cristina Santana Negrín
INDITEX
Director Asesoría Fiscal
D. Andrés Sánchez Iglesias
MAPFRE
Director de Asesoría Fiscal
D. Antonio Lafuente González de Suso
MERCADONA
Director Fiscal
D. Rafael Hilario López Villanueva
MICHELIN
Responsable Fiscal
D.ª Rosa María Peña García
NORFIN HOLDER
Director Asesoría Fiscal
D. José Antonio Gibello Saiz
RENAULT
Fiscalista
D.ª Alejandra Force Jara
Fiscalista
D.ª Almudena Fernández Miguélez
REPSOL
Director General Económico y Fiscal
Luis López-Tello y Díaz Aguado
SEAT
Responsable Fiscal
D.ª Marta Camprubí Rabinad
SIEMENS
Directora de Impuestos
D.ª Ana Mª Moreda Galante
TELEFÓNICA
Director Fiscal
D. Ángel Martín Gómez
VODAFONE
Director de Asesoría Fiscal
D. Javier Viloria Gutiérrez
Secretaría Técnica del Foro de Grandes Empresas
Secretaria Técnica
D.ª Rosa María Prieto del Rey
El día 29 de junio de 2021 se celebra por videoconferencia la vigesimosegunda sesión plenaria del Foro de Grandes Empresas, asistiendo las personas reseñadas, y de acuerdo con el siguiente
ORDEN DEL DÍA
- Apertura de la sesión.
- Aprobación del acta de la reunión celebrada el día 17 de noviembre de 2020.
- Cambio de la colaboradora de la Secretaría Técnica.
- Planificación y rendición de cuentas de la Agencia Tributaria.
- Resumen de los distintos grupos de trabajo del Foro.
- Grupo de expertos para la reforma fiscal.
- Nueva Sede de la Agencia Tributaria.
- Próxima convocatoria.
- Otras consideraciones, ruegos y preguntas.
1. Apertura de la sesión
Abre la sesión D.ª Inés María Bardón Rafael, Presidenta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Agencia Tributaria) y Secretaria de Estado de Hacienda, en su calidad de Presidenta del Foro de Grandes Empresas, quien, tras saludar a los asistentes y agradecerles su presencia, destaca el papel del Foro como herramienta de cooperación. Añade que, por ello, es importante mantener la periodicidad habitual de sus sesiones y continuar tratando temas del máximo interés para todos los participantes. Asimismo, señala que si la evolución de la crisis sanitaria evoluciona como está previsto, es posible que la próxima reunión se pueda celebrar presencialmente.
2. Aprobación del acta de la reunión celebrada el día 17 de noviembre de 2020
D.ª Inés María Bardón cede la palabra a D.ª Rosa María Prieto del Rey, Directora del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales y Secretaria Técnica del Foro, quien señala que el acta de la 21ª sesión del Pleno del Foro de Grandes Empresas se remitió a los integrantes del mismo y añade que, no habiéndose recibido observaciones y si no las hubiera en este momento, quedaría definitivamente aprobada. Al no realizarse ninguna observación por los presentes, declara aprobada definitivamente el acta de la sesión plenaria del día 17 de noviembre de 2020.
3. Cambio de la colaboradora de la Secretaría Técnica
La Presidenta del Foro da paso al siguiente punto del orden del día y cede nuevamente la palabra a D.ª Rosa María Prieto.
La Directora del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales comienza su intervención recordando a los presentes que D.ª Carmen Alonso Peña, representante del Banco de Santander, lleva desempeñando la labor de colaboradora de la Secretaría Técnica desde el año 2015 y destaca la dedicación y el esfuerzo con el que ha ejercido las labores de coordinación, que le han exigido muchas horas de intenso trabajo. Añade que agradece a D.ª Carmen Alonso la labor realizada e indica que es más que razonable que haya un relevo. D.ª Rosa María Prieto propone que, si no hay inconveniente por parte de los asistentes, la función de colaboradora en representación de las empresas de la Secretaría Técnica comience a desempeñarse por D.ª Begoña García-Rozado González, representante de Iberdrola. Dado que no se produce ninguna objeción, se aprueba la propuesta. Añade que reitera su agradecimiento a D.ª Carmen Alonso y da la bienvenida en el cargo a D.ª Begoña García-Rozado.
Seguidamente toma la palabra D.ª Carmen Alonso quien agradece a los presentes el apoyo que le han prestado durante estos años en el desarrollo de sus funciones como colaboradora de la Secretaría Técnica. Añade que su objetivo siempre ha sido que el Foro siguiese siendo un marco de cooperación efectivo, incluso en la situación tan excepcional vivida en estos últimos tiempos debido a la pandemia sanitaria, durante los cuales ha continuado promoviendo la celebración de las reuniones de los grupos de trabajo y de las sesiones plenarias. Por último, señala que seguirá participando en el Foro como representante del Banco de Santander y ofrece a D.ª Begoña García Rozado su apoyo y colaboración en el desempeño de sus nuevas funciones.
A continuación, D.ª Begoña García-Rozado declara que se pone a disposición de todos los participantes del Foro.
Para finalizar con este punto del orden del día, la Presidenta del Foro agradece a ambas su dedicación y disponibilidad.
4. Planificación y rendición de cuentas de la Agencia Tributaria
D.ª Inés Bardón da paso al siguiente punto del orden del día y señala que de su desarrollo se va a ocupar el Director General de la Agencia Tributaria. Añade que en este punto se van a compartir importantes cuestiones en relación con el Plan Estratégico y en materia de transparencia.
D. Jesús Gascón inicia su exposición comentando que va a apoyar su intervención con una presentación en power point sobre los instrumentos de la Agencia Tributaria en planificación y rendición de cuentas. Añade que la Agencia Tributaria está haciendo un esfuerzo en transparencia publicando, tanto en la web de la organización como en el portal de la transparencia, su planificación y resultados. Así, indica que en este punto del orden del día va a realizar un resumen de los aspectos más destacados de los siguientes documentos: el Plan estratégico de la Agencia Tributaria y su adenda, las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021 que fueron publicadas en el BOE del pasado 1 de febrero, el Plan de objetivos 2021, el Componente 27 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia relativo a la prevención y lucha contra el fraude fiscal, la evaluación TADAT, promovida por el Fondo Monetario Internacional (FMI), a la que se ha sometido la Agencia Tributaria y que permite conocer el grado de alineación de una Administración en relación con las consideradas mejores prácticas internacionales, y, por último, los informes elaborados por el Servicio de Auditoría Interna (SAI) referidos, respectivamente, a la evolución de los indicadores plurianuales del Plan Estratégico y al grado de cumplimiento de los objetivos en el año 2020. A continuación D. Jesús Gascón desarrolla brevemente las cuestiones mencionadas:
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Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2020-2023 y adenda: D. Jesús Gascón señala que el Plan Estratégico está en vigor para el período 2020-2023, pero que, aunque el año 2020 no se puede considerar un ejercicio “normal” por motivos de sobra conocidos, cuando una organización dispone de una planificación estratégica, por catastróficas que sean las circunstancias, lo consecuente es mantener la planificación plurianual ajustándola a las circunstancias de cada momento. Así, la Agencia Tributaria ha aprobado una adenda al Plan Estratégico para el año 2021, de la que se pueden destacar las siguientes cuestiones:
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En el ámbito de gestión económica se pretende homogeneizar los procedimientos de contratación de la Agencia Tributaria, así como analizar su actual sistema de financiación, el cual presenta ciertas peculiaridades que la diferencian del resto de órganos de la Administración, ya que el presupuesto inicial se incrementa con generaciones de crédito por la participación de la Agencia Tributaria en la recaudación por actos de liquidación y gestión recaudatoria.
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En cuanto a la asistencia técnica a otros organismos hay que destacar el esfuerzo que está realizando la Agencia Tributaria, no solo con recursos humanos, en la implantación del nuevo modelo de gestión informática de la Dirección General de Tributos y de los tribunales económico-administrativos, desarrollando una estrategia conjunta con la que se pretende la integración de los sistemas de información de los tres organismos en las mismas infraestructuras tecnológicas, mantenidas y desarrolladas por el Departamento de Informática Tributaria.
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En materia de información y asistencia se está desarrollando un nuevo sistema para la subsanación de errores cometidos en autoliquidaciones presentadas a fin de agilizar la gestión de las rectificaciones, ya que, actualmente, las mismas, por razones jurídicas y prácticas, se tramitan de una forma más parecida a la de los recursos que a la de las declaraciones, cuando en realidad la mayor parte de las rectificaciones son segundas o ulteriores declaraciones que modifican la inicialmente presentada. Por otro lado, en el área de Recaudación se están reforzando los servicios telefónicos, así como los prestados a través de la app de la Agencia Tributaria, de manera que el contribuyente con un solo clic pueda pagar sus deudas, solicitar aplazamientos y fraccionamientos, etc.
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En el ámbito de las actuaciones preventivas se está trabajando en varias iniciativas, tales como:
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La puesta en marcha de un sistema de predicción de errores en la confección de las declaraciones de IRPF mediante un sistema de avisos tendentes a que el contribuyente recapacite sobre una determinada acción que está realizando y no cometa un error que posteriormente podría dar lugar a una actuación de comprobación. Se trata de una experiencia novedosa y es pronto para hacer balance, pero se espera que el resultado sea positivo y se minimicen los errores cometidos inadvertidamente por los contribuyentes.
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Se está trabajando en la elaboración de herramientas de análisis que permitan la explotación sistemática de la información del Índice Único Notarial (IUN).
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Potenciación de la relación cooperativa mediante la puesta en marcha y consolidación de un canal de consultas para las asociaciones y colegios de profesionales tributarios adheridos al Código de Buenas Prácticas.
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Se están realizando tareas de adaptación para la implantación de las nuevas figuras impositivas (Impuesto sobre las Transacciones Financieras e Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales).
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En cuanto a las actuaciones en materia de control del fraude tributario y aduanero, se destacan las siguientes:
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En el área de Inspección, las visitas virtuales (VIVI) son ya una alternativa real y, en estos momentos, se han formalizado 6.000 diligencias, lo que implica que este sistema, aun siendo voluntario para los intervinientes, está teniendo una significativa utilización. La previsión es extender este instrumento a las demás áreas de actuación de la Agencia Tributaria. Asimismo, se está implantando un sistema de retroalimentación en relación con la información obtenida sobre los motivos de regularización de las actuaciones inspectoras a fin de evaluar la adecuación de la regularización efectuada con los motivos de selección de los contribuyentes a inspeccionar. Por otro lado, la Agencia Tributaria está impulsando la implementación de soluciones tecnológicas efectivas que permitan combatir el fraude fiscal provocado por la utilización de software de doble uso.
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En materia de comercio electrónico se están replanteando las estrategias de gestión tributaria y control a fin de asegurar un tratamiento equilibrado de las actividades realizadas a través de e-commerce en relación con aquellas que se realizan de un modo convencional. Estas medidas conllevan grandes implicaciones en el ámbito de aduanas y en el IVA.
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Se está avanzando en la línea estratégica de nacionalización del control tributario y aduanero a fin de incrementar la eficiencia de las actuaciones de control, como, por ejemplo, determinadas competencias en el despacho aduanero.
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Directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021: el Director General de la Agencia Tributaria comenta que, dado que son de sobra conocidas por todos los presentes, solo va a reiterar que se publicaron en el BOE del pasado día 1 de febrero.
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Plan de objetivos 2021: D. Jesús Gascón señala que su finalidad es representar numéricamente todas las actuaciones previstas por la Agencia Tributaria y que, dada la pluralidad de las mismas, se hace necesario utilizar distintas magnitudes para su medición (número de actuaciones, porcentajes, días, etc.). Añade que está estructurado en tres bloques, donde se recogen las actuaciones de asistencia al contribuyente, las de prevención del fraude tributario y aduanero, y las de control. Asimismo, señala que en los objetivos se prevé el seguimiento de la evolución de los ingresos tributarios brutos y netos dado que, a nivel tributario, este es el principal indicador para el seguimiento de la aplicación del sistema tributario. Así, el Director General reitera que, en el primer bloque, asistencia al contribuyente, se utilizan diversas magnitudes para medir los indicadores, dada la diversidad de los mismos. Añade a modo de ejemplos que la utilización de los asistentes virtuales se mide en número, el tiempo de tramitación de recursos, en días, y el tiempo medio de espera en la utilización de los servicios telefónicos, en segundos. En cuanto al segundo bloque, actuaciones de prevención del fraude tributario y aduanero, señala que está previsto realizar mejoras en la calidad de la información del censo. Asimismo, destaca que un indicador muy significativo es el de la calidad de la información internacional facilitada a la Administración tributaria española por países tanto de la Unión Europea como del entorno de la OCDE. Añade que en ocasiones los datos no son incorporables a los sistemas de información de la Agencia Tributaria, necesitando de alguna elaboración. Así, el objetivo es lograr que un 85% de los mismos sea procesable y utilizable directamente tanto en las campañas informativas como en los análisis de riesgos. Por otro lado, también dentro del segundo bloque de actuaciones se mide el número de actuaciones a realizar en materia de aduanas e impuestos especiales. Por último y en relación con el tercer bloque, actuaciones de control del fraude tributario y aduanero previstas para 2021, D. Jesús Gascón destaca lo siguiente:
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En el área de control de tributos internos, las actuaciones se diferencian según su tipología (comprobación, investigación, etc.), así como en función del órgano que las va a realizar (órganos del Departamento de Gestión Tributaria, de las Unidades de Gestión de Grandes Empresas, etc.), lo que ocasiona la disparidad en el número de las mismas, ya que unas se corresponden con controles extensivos y otras con controles selectivos.
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En el apartado 4, se recogen los distintos tipos de actuaciones de control aduanero, de los Impuestos Especiales y Medioambientales.
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En el ámbito de recaudación, se diferencia entre actuaciones de control recaudatorio y actuaciones de investigación recaudatoria, reflejándose en el apartado 5 del Plan de Objetivos actuaciones de carácter selectivo, de ahí que el número no sea muy elevado.
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El apartado 6, referido a la gestión recaudatoria de deudas, recoge los importes gestionados por la Agencia Tributaria durante el ejercicio, así como los ingresos previstos derivados de las actuaciones recaudatorias de carácter selectivo recogidas en el apartado 5.
Para finalizar con esta cuestión, D. Jesús Gascón indica que, a fin de no extenderse en su intervención, no se va a referir a los ingresos tributarios ya que son objeto de seguimiento en los informes mensuales que publica la Agencia Tributaria.
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Componente 27 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia relativo a la prevención y lucha contra el fraude fiscal: el Director General señala que se va a referir al componente 27 del Plan porque es el que está más directamente relacionado con la actividad de la Agencia Tributaria, si bien no es el único, ya que el componente 28 se refiere a la reforma del sistema tributario y a la aplicación de la misma. Añade que de las medidas contenidas en el componente 27, que han sido comunicadas a la Comisión Europea, quiere destacar las siguientes:
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Aprobación del proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
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Modernización de la Agencia Tributaria: las principales líneas de actuación son incremento de su plantilla, inversiones para la adaptación de la organización al ámbito digital y adopción de una estrategia decidida que permita hacer frente a la economía sumergida y a la brecha fiscal.
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Potenciación de los servicios de asistencia al contribuyente: es uno de los ejes principales del Plan Estratégico 2020-2023 y está previsto que la Agencia Tributaria lleve a cabo las siguientes iniciativas:
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Implantación de las Administraciones de Asistencia Digital Integral (ADI) dirigidas a prestar servicios de información y asistencia por medios electrónicos utilizando canales no presenciales. En la Agencia Tributaria se ha iniciado esta experiencia y, aunque es pronto para hacer balance, todo apunta a que esta iniciativa está contando con un éxito considerable.
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Avanzar en la puesta a disposición de los contribuyentes de los borradores de las declaraciones de IRPF y de IS, así como mejorar los datos fiscales que se les facilitan.
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Culminación del servicio de ayuda para la confección del modelo 303.
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Mejorar la importación de los datos consignados en los libros registro, a efectos de IRPF.
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Impulso del modelo de relación cooperativa con los contribuyentes, así como de la asistencia a jueces y tribunales en la lucha contra el fraude fiscal. Así, en relación con el modelo de relación cooperativa, la Agencia Tributaria ha facilitado a la Comisión Europea como indicador de seguimiento de esta iniciativa el número de informes de transparencia que presentan las grandes empresas.
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En el plano internacional y dada la importancia de la cooperación administrativa con fines tributarios, se avanzará en el desarrollo de una explotación sistemática de la información obtenida a través la utilización de los instrumentos bilaterales y multilaterales de cooperación.
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Evaluación TADAT, promovida por el Fondo Monetario Internacional (FMI): El Director General señala que con este análisis se trata de contrastar el grado de alineamiento de las actuaciones de la Agencia Tributaria en relación con las buenas prácticas internacionales. Añade que del mismo se desprende lo siguiente:
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En la mayoría de las áreas evaluadas se puede apreciar una clara sintonía con el resto de países, tales como información y asistencia al contribuyente, modelo de dirección por objetivos articulado a partir de instrumentos de planificación, gestión eficaz de riesgos, actuaciones de control, etc.
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Existen ámbitos en que, de las calificaciones obtenidas, se desprende la necesidad de reflexionar y trabajar a fin de superar debilidades en algunos aspectos de los mismos. Como ejemplos se pueden citar los siguientes:
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el análisis de la brecha de cumplimiento solo se realiza para el IVA en el marco de la Unión Europea y no se lleva a cabo para los impuestos directos;
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la resolución de un porcentaje de los recursos de reposición excede el tiempo de referencia;
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existe un cierto retraso en las devoluciones de IVA, aunque se han agilizado las correspondientes al SII y al REDEME;
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cierto retraso en la publicación de los planes y programas, si bien en este ámbito se está subsanando las deficiencias con el esfuerzo en trasparencia que se está realizando.
No obstante, D. Jesús Gascón señala que no siempre el hecho de no coincidir en algún aspecto con las prácticas internacionales se puede traducir como que se esté haciendo algo mal; a veces, simplemente, se ha optado por una vía diferente. Un ejemplo sería el hecho de que la imputación contable de pagos de impuestos se realiza quincenalmente, mientras que en otros países se produce inmediatamente. Añade que en nuestro país este indicador va más allá de lo que es la actividad de la Agencia Tributaria y tiene más relación con el sistema financiero.
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Informes elaborados por el Servicio de Auditoría Interna (SAI) en cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno referidos a la evolución de los indicadores plurianuales del Plan Estratégico y al grado de cumplimiento de los objetivos en el año 2020, respectivamente: D. Jesús Gascón indica que, en primer lugar, quiere reiterar que el año 2020 ha sido atípico y que la actividad de la Agencia Tributaria ha estado muy condicionada por la pandemia. Por otro lado, señala que, en relación con el primer informe del Servicio de Auditoría Interna, a fin de realizar un análisis homogéneo y consistente en el tiempo, no se han tenido en cuenta los resultados motivados por circunstancias extraordinarias, como por ejemplo los intereses pagados como consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad del Real Decreto Ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público, en relación con el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. Así, indica que del informe quiere destacar las siguientes cuestiones:
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Evolución del cumplimiento voluntario: D. Jesús Gascón indica que, comparando la evolución de las bases imponibles agregadas de los diferentes impuestos con la de la demanda interna nominal, una vez eliminada la incidencia de otros factores como los cambios normativos o los impactos transitorios de fallos judiciales, se puede decir que, aunque se haya producido una caída del 7,9 % de las bases imponibles agregadas respecto al ejercicio anterior, esta es inferior a la del PIB y a la de la demanda interna. Así, se puede concluir que el comportamiento del cumplimiento voluntario de los últimos 5 años ha sido positivo, ya que en 2020 las bases imponibles han experimentado una caída inferior a la sufrida por la economía.
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Efectos inducidos en el cumplimiento voluntario por las actuaciones de la Agencia Tributaria: exceptuando las sociedades y grupos adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes (en los que se produce una gran variabilidad de resultados entre años debido a la internacionalización y a reestructuraciones empresariales que dificultan que las comparativas entre ejercicios sean homogéneas), se ha observado que los contribuyentes inspeccionados en los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017 incrementan sus ingresos entre un 25 y un 30 %, mientras que el crecimiento medio para el conjunto de contribuyentes se sitúa entre un 11 y un 17 %. D. Jesús Gascón añade que este tipo de análisis reviste una gran complejidad, pero que el objetivo es extender a otras áreas de actuación la medición de los efectos inducidos. Así, señala que la mejora inducida en el cumplimiento voluntario incide en los resultados de las actuaciones de control, magnitud que tradicionalmente se ha utilizado para la medición del desempeño de la Agencia Tributaria, lo que hace necesario buscar nuevas vías a fin de ilustrar el esfuerzo que se está realizando en materia de prevención y su impacto en el resto de actuaciones. Además, indica que, teniendo en cuenta que la estrategia de la organización es la mejora del cumplimiento voluntario, se ha optado por excluir del cómputo los resultados extraordinarios, y no solo la parte extraordinaria de los mismos dejándolos en la media, lo que se traduce cuantitativamente en que las regularizaciones practicadas por la Agencia Tributaria han supuesto en torno a 8.000 millones de euros.
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Mejora de la eficiencia: D. Jesús Gascón señala que la eficiencia se calcula dividiendo, para un ejercicio concreto, el coste presupuestario de la Agencia Tributaria entre los impuestos que gestiona. Así, añade que las organizaciones de referencia se mueven en una ratio comprendida entre 0,7 y 0,8 euros por cada 100 euros gestionados. Por su parte, la Agencia Tributaria en 2019 obtuvo una ratio del 0,67 %, mientras que, en 2020, aunque el coste presupuestario se ha mantenido estable, debido a la considerable caída de los ingresos tributarios a consecuencia de la pandemia, no se ha podido conseguir el objetivo de no superar el 0,7 %, habiéndose situado en el 0,77 %. Por otro lado, el Director General comenta que ha ocurrido lo mismo en el resto de países y que, dada la excepcionalidad del ejercicio 2020, se espera que, en 2021, con el aumento de los ingresos tributarios, este indicador vuelva a estar por debajo del 0,7 %.
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Deuda gestionable: D. Jesús Gascón indica que, si bien el objetivo previsto era llegar al 80 % de la deuda gestionable neta en ejecutiva (alrededor de 30.000 millones de euros), finalmente se han logrado unos buenos resultados y se ha gestionado el 90 % (en torno a 27.500 millones de euros). Añade que, para realizar un análisis correcto de este indicador, hay que tener en cuenta que del total de deuda pendiente (alrededor de 42.000 millones de euros), algo menos de 5.000 millones están suspendidos por procesos concursales y 12.000 millones lo están por recurso o reclamación. En cuanto a la evolución de los procesos concursales, la cifra ha ido decreciendo desde 2014 pero, debido a la crisis económica provocada por la pandemia, se espera que en 2021 se produzca un repunte. Por otro lado, los importes suspendidos por recurso o reclamación ponen de manifiesto que este indicador está muy relacionado con otros dos: la conflictividad tributaria y el pago de intereses.
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Conflictividad tributaria: el Director General señala que en 2020 ha habido una reducción en 600 millones de la deuda suspendida por recurso o reclamación, lo que en principio es un buen dato, aunque habrá que esperar a 2021 para ver si la tendencia se consolida. Añade que, de los 12.000 millones de euros, aproximadamente la mitad corresponden a actuaciones de comprobación de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes y, además, el 40% de esos 6.000 millones de deuda lleva suspendido más de 5 años, lo que denota un problema en los tiempos de resolución de las reclamaciones económico-administrativas y de los recursos contencioso-administrativos, a pesar del esfuerzo que se está realizando para apoyar a los tribunales económico-administrativos. Por otra parte, D. Jesús Gascón indica que la conflictividad relativa, en términos de número de recursos o REA interpuestos, es de un 1,72 % y considerando solo estas últimas el porcentaje es de un 0,7, que, a su vez, en términos absolutos se traduce en 132.000 REA presentadas en 2020, el dato más bajo en muchos años, aunque dado que ha habido una fuerte caída de las liquidaciones efectuadas, es lógico que también disminuyan las reclamaciones. En este sentido, se puede afirmar que en 2020 la conflictividad ha bajado en términos absolutos y se mantiene en términos relativos. Por otro lado, señala que en este indicador se incluyen los actos anulados como consecuencia de la estimación total o parcial de las pretensiones de los recurrentes, incluidas las basadas en criterios formales. Así, teniendo en cuenta que la litigiosidad es muy baja en algunos ámbitos, como el censal o el recaudatorio, el porcentaje de anulación de los actos dictados por órganos de gestión tributaria es del 1,29 %, mientras que el de los dictados por los órganos de inspección es del 4,48 %, alcanzando un 18,90 % en el caso de las actas de disconformidad. Añade que de estos datos se desprende que, en la medida en que las actas de disconformidad como forma de finalización de los procedimientos inspectores se mantenga en un porcentaje bajo, también la conflictividad disminuye. Para concluir este punto, el Director General señala que, aunque las estimaciones de los tribunales no son generalizadas, las causas de impugnación y los motivos de estimación total o parcial merecen un análisis y estudio por parte de la Agencia Tributaria a fin de mejorar la calidad y motivación de los actos administrativos emitidos y así reducir la conflictividad.
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Reducción de los intereses pagados: D. Jesús Gascón apunta que la Agencia Tributaria paga intereses de demora por varios motivos, como, por ejemplo, la devolución de ingresos indebidos, si bien la mayoría responden a la anulación de actos administrativos y retrasos en la tramitación de devoluciones. Añade que la evolución desde el año 2014 de los intereses pagados, sin considerar los satisfechos como consecuencia de circunstancias extraordinarias que desvirtuarían la comparativa, tales como la ya citada declaración de inconstitucionalidad del Real Decreto-ley 2/2016 que afectó a los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, presenta una curva descendente, a pesar de que las solicitudes de devolución se han ido incrementando año tras año. Así, señala que en el año 2020 la evolución de este indicador ha sido consistente con el objetivo marcado en el Plan y ha mantenido la reducción de los últimos años.
Seguidamente D. Jesús Gascón, en relación con el informe del Servicio de Auditoría Interna relativo al cumplimiento de los objetivos en el año 2020, señala que lo primero que se explica en el mismo es lo atípico que ha sido dicho ejercicio y que, evidentemente, esta circunstancia se ha visto reflejada en la actividad ordinaria de la Agencia Tributaria. Añade como ejemplo que las restricciones operativas provocaron que a 1 de junio de 2020 el número de notificaciones emitidas por la Agencia Tributaria se redujera en un 43,6% respecto del mismo período del año anterior, si bien, con la reanudación progresiva de las actuaciones y la vuelta a notificar, a fin de año la caída quedó en un 9,5 %, caída que en términos homogéneos se puede situar en el 5 %, dado que en el año 2019 se emitieron un considerable número de notificaciones como consecuencia de la exención de las prestaciones por maternidad. Asimismo, ante la incertidumbre provocada por la pandemia, la Dirección de la Agencia Tributaria decidió reducir de manera significativa las referencias a cumplir en la mayoría de los indicadores del Plan de Objetivos respecto de las inicialmente previstas y, una vez que se fue recuperando la actividad ordinaria, se optó por mantener los indicadores fijados sin volver a actualizarlos, ya que las incógnitas seguían siendo considerables y, además, se consideró preferible recuperar el ritmo de trabajo de forma paulatina sin forzar el normal funcionamiento de las oficinas en una situación todavía alejada de la normalidad. Así, indica que del informe del SAI va a destacar las siguientes cuestiones:
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En términos de número de actuaciones, la caída interanual fue de un 4,7%, si bien no fue homogénea, variando según el tipo de procedimiento.
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Las actuaciones en los procedimientos de control extensivo llevados a cabo por los órganos de gestión tributaria se fueron recuperando a partir del mes de junio y hubo un ligero incremento, del 0,9 %, respecto del año anterior, aunque de un modo desigual, ya que el control de las actividades económicas se redujo en un 2,4 %.
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Las actuaciones inspectoras registraron una caída del 5,7 % respecto a 2019 debido a la suspensión de los plazos de los procedimientos durante varios meses y a que, una vez que se reanudaron, la Agencia Tributaria consideró preferible que durante el segundo semestre las actuaciones se desarrollasen siguiendo su dinámica habitual.
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En el ámbito de aduanas e impuestos especiales la caída fue del 8 % debido al importante descenso en las importaciones y exportaciones, con el consiguiente impacto en el número de actuaciones de control realizadas.
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En el área de recaudación la caída interanual fue del 11 % debido al peso en este indicador de las actuaciones de control selectivo mediante personación que, por razones sanitarias, se redujeron en 2020 de manera drástica.
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En cuanto a los asistentes virtuales, el del IVA, se ha convertido en el hegemónico en detrimento de otros servicios on line.
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La asistencia telefónica medida por el porcentaje de llamadas atendidas ha supuesto un cumplimiento del 74,74 % debido al incremento de la demanda provocada por el cierre de las oficinas que, en un primer momento, no pudo ser atendida, aunque poco a poco se fue normalizando la situación y el año finalizó con buenos resultados.
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En lo relativo a la agilización de la gestión, los plazos medios de resolución de los recursos han estado por debajo de los resultados esperados y así lo ha reflejado también la autoevaluación TADAT. D. Jesús Gascón añade que en 2021 se van a priorizar las actuaciones que favorezcan el cumplimiento de este indicador.
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En lo referente a los indicadores censales y a los de actuaciones preventivas y de control en el ámbito aduanero, todos superaron el 100 %.
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En materia de actuaciones de control de tributos internos, también se ha superado el 100 % en todos los indicadores, salvo en auxilio judicial debido a una menor demanda por los órganos judiciales de este tipo de actuaciones de colaboración a causa de la situación de pandemia.
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En términos de resultados el porcentaje de cumplimiento de las previsiones recaudatorias alcanzó un 98 % debido al impacto negativo de la pandemia en la economía y su reflejo en los ingresos tributarios.
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Para finalizar su exposición D. Jesús Gascón reitera que la Agencia Tributaria está realizando un esfuerzo en transparencia y que los documentos a los que se ha referido han sido objeto de publicación en el portal de transparencia y en la página web de la Agencia Tributaria, y remitidos al Parlamento.
Seguidamente, D.ª Inés Bardón agradece al Director General su intervención y añade que, en su opinión, la Agencia Tributaria está haciendo un ejercicio de excelencia en materia de transparencia, no solo por la publicación de sus resultados, sino también sometiéndose a mecanismos tan exigentes como la autoevaluación TADAT, a fin de identificar los puntos críticos en los que es necesario mejorar. Por otro lado, señala que incrementar la transparencia de las organizaciones es una exigencia general de la ciudadanía y que, en este sentido, y, dado que este Foro se basa en la cooperación, sería deseable que también por parte de las empresas se hiciera este ejercicio de transparencia y se pusieran en común las perspectivas y líneas de actuación en esta materia.
A continuación, la Secretaria de Estado ofrece la palabra a los asistentes y dado que no se produce ninguna intervención, da paso al siguiente punto del orden del día.
5. Resumen de los distintos grupos de trabajo del Foro
El Director General de la Agencia Tributaria indica que los grupos de trabajo del Foro han continuado con su actividad habitual y cada uno de ellos ha celebrado dos reuniones durante el primer semestre de 2021.
Seguidamente, cede la palabra a D. Gonzalo García de Castro, Director del Departamento de Gestión Tributaria, a fin de que comente los temas principales que se abordaron en el grupo de trabajo para el Análisis y racionalización de cargas fiscales indirectas.
D. Gonzalo García de Castro señala que en las reuniones del grupo de trabajo se trataron las siguientes cuestiones:
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El estado de desarrollo de las estrategias para la puesta en funcionamiento y aplicación del Impuesto sobre las Transacciones Financieras y sobre Determinados Servicios Digitales, así como sus modelos (604 y 490, respectivamente).
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Los nuevos modelos 234, 235 y 236 vinculados a la DAC 6.
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En relación con la campaña del Impuesto sobre Sociedades 2020 se destacaron las mejoras en relación con los datos fiscales puestos a disposición de los contribuyentes, así como la inclusión de la posibilidad de su traslado a la declaración. Asimismo, se señaló que en una Administración tributaria moderna era necesario modificar las estrategias en el control de la aplicación de los tributos, transformando los tradicionales controles tributarios a posteriori en controles preventivos a priori, mediante el desarrollo e impulso de los servicios de asistencia al contribuyente en la confección de sus declaraciones, de manera que se minimizasen las discrepancias.
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En cuanto a los servicios de ayuda del IVA se señaló que con el Pre303 prácticamente todas las grandes empresas disponían de sus libros registro agregados y un precálculo de la autoliquidación, basado en la información suministrada a través del SII. Además, se indicó que se había incorporado la posibilidad de acceder desde la propia autoliquidación a las casillas correspondientes del modelo 036 o 037 en caso de que se necesitase realizar alguna modificación en los datos censales.
Para finalizar, el Director del Departamento de Gestión Tributaria comenta que se espera que el día 1 de julio esté disponible el localizador de entregas de bienes y prestación de servicios adaptado a las modificaciones normativas del IVA sobre las actividades transfronterizas de comercio electrónico entre empresas y consumidores finales. Asimismo, solicita a los presentes que se utilice y se informe a la Agencia Tributaria de las incidencias que pudieran detectarse, ya que, entre el régimen de la Unión, el régimen exterior y el régimen de importación, la situación en el ámbito del IVA es tremendamente compleja. Por otro lado, recuerda a los presentes que tienen disponibles otras herramientas virtuales, tales como la calculadora de prorratas, la calculadora de sectores diferenciados, el localizador de entregas de bienes y prestación de servicios “tradicional”, etc., y todo incardinado en un sistema que posibilita la obtención de respuestas escritas, lo que redunda en una mayor seguridad jurídica.
A continuación toma la palabra D.ª Mercedes Jordán Valdizán, Subdirectora General de Técnica Tributaria del Departamento de Gestión Tributaria, para recalcar, respecto de la campaña del Impuesto sobre Sociedades que comienza el 1 de julio, que este año se ha incrementado la cantidad de datos fiscales que se ofrecen al contribuyente y que cobra especial importancia la información solicitada relativa al desglose de ajustes del resultado contable, cuya aportación en este ejercicio ya es obligatoria. En este sentido, reitera que la Agencia Tributaria está a disposición de los asistentes para aclarar cualquier duda y comenta que, de hecho, a algunas empresas ya se les han proporcionado soluciones a los problemas que han ido comunicando. Por otro lado, respecto al IVA, comenta que a partir de julio va a estar disponible el servicio de cartera de cuotas a compensar, cuya implementación ha resultado muy costosa, ya que va a contar con un sistema de validaciones para evitar errores y que así las declaraciones tanto mensuales como trimestrales tengan coherencia en este apartado con las de ejercicios anteriores.
Seguidamente D. Jesús Gascón agradece a D. Gonzalo García de Castro y a D. ª Mercedes Jordán sus intervenciones y cede la palabra a D. Javier Hurtado Puerta, Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, a fin de que comente la actividad del grupo de trabajo de Análisis de la normativa tributaria y de reducción de la conflictividad.
D. Javier Hurtado inicia su exposición comentando que durante el primer semestre se han celebrado dos reuniones del grupo de trabajo, concretamente los días 18 de marzo y 25 de mayo, y que ambas se han desarrollado en un ambiente muy fructífero donde todos los asistentes han podido compartir abiertamente sus puntos de vista sobre los asuntos tratados, lo que, en su opinión, es muy enriquecedor para todas las partes. Añade que en las dos sesiones se contó con la participación de representantes de la Dirección General de Tributos y que se trataron, entre otras, las siguientes cuestiones:
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En relación con las notas informativas que la Agencia Tributaria publica en su página web con el fin de dar publicidad general al criterio de la Administración en determinados asuntos, se comentaron las siguientes:
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Nota sobre la regularización íntegra en el caso del IVA: recoge la jurisprudencia vigente en orden a que las comprobaciones administrativas deben tender a la regularización completa de la situación tributaria y no solo a la visión de uno de los sujetos pasivos afectados por una inapropiada repercusión de IVA. Así, se aclara cómo se debe calcular la devolución del ingreso indebido y cómo se debe practicar ésta a favor del contribuyente que ha soportado indebidamente esa cantidad sin tener la obligación de hacerlo, ni tampoco el derecho a la deducción, siempre que dicho importe haya sido ingresado en el Tesoro Público por su proveedor.
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Nota sobre diversas cuestiones relativas al rango de plena competencia en materia de precios de transferencia: clarifica cómo debe pautarse la comprobación de los rangos de valores por parte de los órganos de inspección, de manera que las empresas puedan conocer la técnica de trabajo; es decir, dada la imposibilidad de determinar en una nota de esta naturaleza cuál es el valor aplicable a cada caso, en la misma se recoge el procedimiento a seguir para la determinación del precio de transferencia, de modo que pueda ser asumible por parte de la Administración tributaria.
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En materia jurisprudencial se abordaron las siguientes cuestiones:
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En relación con los descuentos por financiación de vehículos, la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, de 21 de octubre de 2020, concluye que el descuento, en la medida en que sea satisfecho al vendedor de automóviles por un tercero, es parte del precio y forma parte de la base imponible del IVA.
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Respecto a la cesión de vehículos a empleados para su uso privado, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 20 de enero de 2021 (asunto C-288/19), analiza la regla de localización del hecho imponible y establece que si una empresa se ha deducido el IVA de los vehículos que, posteriormente, cede a sus empleados, da lugar a una autorrepercusión del IVA en términos de autoconsumo o, en el caso de que se produzca una cesión definitiva, da lugar a una repercusión inversa del IVA.
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En lo concerniente a la deducibilidad de los intereses de demora en el Impuesto de Sociedades, la sentencia del Tribunal Supremo de 8 de febrero 2021 ha considerado que no es contraria al ordenamiento jurídico al no estar incluidos en la letra f) del artículo 15 de la Ley del impuesto. En la reunión se señaló que la Agencia Tributaria, que había estado siguiendo un criterio distinto, ya estaba aplicando la sentencia, incluso llegando al allanamiento en aquellos casos en los que la regularización versaba exclusivamente sobre este asunto. Por otro lado, las empresas plantearon en la reunión si esta sentencia sería extensible a la litigiosidad existente en relación con la deducibilidad de la retribución de los administradores; el representante del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria contestó que no era extrapolable. Asimismo, también se comentó que esta sentencia presentaba una aparente contradicción con la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de diciembre de 2020 que declaraba que los intereses de demora satisfechos por la Administración no estaban sujetos a tributación en el IRPF dado su carácter indemnizatorio.
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En cuanto a la sentencia de la Audiencia Nacional de 11 de diciembre de 2020 relativa al ejercicio de opciones tributarias y compensación de bases imponibles negativas (BIN), la misma establece que se puede ejercer la opción a la compensación de bases negativas en el curso de una rectificación de autoliquidación. Se aclaró por el representante del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria que esta sentencia había sido objeto de recurso de casación por parte de la Administración, por considerarla contraria a la resolución del TEAC.
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Para finalizar, D. Javier Hurtado señala que en el curso de las reuniones se trataron también las siguientes materias:
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El representante de la Dirección General de Tributos comentó que se estaban preparando sendas resoluciones interpretativas relativas a los hechos imponibles y a la forma de liquidar el Impuesto sobre las Transacciones Financiera y el Impuesto sobre Determinado Servicios Digitales. El Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria añade que dichas notas ya están publicadas y que contribuyen a aclarar una serie de dudas que se habían planteado en la aplicación de dichos impuestos.
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Se señaló que se había publicado en la web de la Agencia Tributaria el informe de la Comisión Consultiva sobre conflicto en la aplicación de la norma (conflicto número 2) en relación con la no deducibilidad de pérdidas derivadas de la ampliación de capital de una filial.
D. Jesús Gascón agradece al Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria su intervención y cede la palabra a D. Pilar Jurado Borrego, Directora del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, quien va a comentar los asuntos tratados en las reuniones del grupo de trabajo de Impuestos Especiales.
D.ª Pilar Jurado comenta que en las reuniones de los grupos de trabajo se abordaron entre otras las siguientes modificaciones normativas:
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Directiva 2020/262: se expuso que, a raíz de esta Directiva, que sustituirá a la actual Directiva 2008/18, la Comisión Europea debía establecer unos umbrales máximos comunes para las mermas autorizadas en el trasporte, es decir, aquellas que pueden producirse sin necesidad de justificación en los movimientos intracomunitarios de mercancías sujetas a impuestos especiales. Asimismo, se señaló en la reunión que la situación entre los países era muy diferente, ya que algunos tenían previsto un porcentaje de deducción, como en el caso de España, y otros no. Se añadió que la Agencia Tributaria estaba analizando si su normativa se ajustaba a la nueva Directiva. Además, se señaló que la Comisión debía adoptar los actos delegados en los que se establecieran para toda la Unión Europea los porcentajes comunes de pérdida y que, en tanto no se produjeran dichos actos delegados, la Agencia Tributaria continuaría aplicando la legislación vigente. Por último, se indicó que los trabajos estaban muy avanzados en relación con las bebidas alcohólicas y labores de tabaco, si bien estaba resultando más complicado el tema de los hidrocarburos.
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Impuesto sobre los envases de plásticos no reutilizables: el representante del Departamento de Aduanas e II. EE. realizó una exposición sobre la previsible configuración del impuesto conforme a lo dispuesto en el Anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados y, en particular, sobre su ámbito objetivo, el hecho imponible, los beneficios fiscales, las obligaciones de los contribuyentes y la fecha posible de entrada en vigor (inicios de 2022). Por su parte, las empresas manifestaron su inquietud en relación con la gestión del impuesto, a lo que el representante de la Agencia Tributaria contestó que se estaba trabajando en la elaboración de una orden que regulase los aspectos contables y censales, así como el modelo de autoliquidación y solicitud de devolución. Además, los representantes de dos empresas, importadoras y adquirentes intracomunitarios de productos objeto del impuesto, comentaron algunas dudas interpretativas de la Ley, sobre todo en lo referente a la certificación de plástico no reciclado, ya que se prevé un tratamiento diferente al plástico certificado como reciclado, que no va a tributar. Por último, las empresas solicitaron la creación de un subgrupo de trabajo en esta materia, a lo que el representante del Departamento de Aduanas e II. EE. contestó que su Departamento no tenía ningún inconveniente en reunirse con las empresas que deseasen exponer sus dudas y problemática con esta nueva figura tributaria, sin perjuicio de que se decidiese la creación del subgrupo.
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Modificaciones de la ley y el reglamento de Impuestos Especiales:
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Proyecto de ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal: prevé que, en relación con los titulares de depósitos fiscales que obtengan la correspondiente autorización que les habilite como tal, es preciso que en dichos establecimientos se realicen operaciones efectivas de almacenamiento de productos objeto de los impuestos fiscales de fabricación, es decir, que se debe acreditar que la capacidad que tiene el depósito fiscal se corresponde con el producto que se introduce en cada uno de los momentos. Así, se tipifica un nuevo supuesto de infracción grave en el caso de que en recuentos practicados por la Administración se ponga de manifiesto la existencia de diferencias en menos de materias primas, productos en curso de fabricación o productos terminados en fábrica o depósitos fiscales que excedan de los porcentajes autorizados reglamentariamente. Además, en consonancia con la sentencia del Tribunal Supremo de 27 de febrero de 2018, se establecen otros dos supuestos de infracción; en concreto, se incluye un supuesto de infracción grave para los casos en que no se justifique el uso o destino dado a los productos por los que se haya aplicado una exención o un tipo reducido, y también se incluye una infracción leve para los casos en que se hubiesen incumplido los requisitos formales, pero los productos se hubieran destinado a un fin que justificase la exención o aplicación del tipo reducido.
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Anteproyecto de ley de modificación de la Ley de Impuestos Especiales y proyecto de modificación de su Reglamento: Su objetivo es trasponer al ordenamiento interno las siguientes directivas:
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la Directiva (UE) 2020/262 del Consejo de 19 de diciembre de 2019 por la que se establece el régimen general de los impuestos especiales.
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la Directiva (UE) 2020/1151 del Consejo de 29 de julio de 2020 por la que se modifica la Directiva 92/83/CEE relativa a la armonización de las estructuras de los impuestos especiales sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas; y
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la Directiva (UE) 2019/2235 del Consejo de 16 de diciembre de 2019 por la que se modifican la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, y la Directiva 2008/118/CE, relativa al régimen general de los impuestos especiales, en lo que respecta al esfuerzo de defensa en el marco de la Unión.
Así, del anteproyecto se destacaron los siguientes aspectos:
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Se informatizan los movimientos dentro de la Unión Europea de productos sujetos a impuestos especiales despachados a consumo que vayan a ser entregados con fines comerciales (envíos garantizados) y se crean dos nuevas figuras, el expedidor certificado y el destinatario certificado.
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Se recoge la necesidad de poner en consonancia el tratamiento a efectos de II. EE. e IVA de los esfuerzos en defensa realizados en el marco de la Unión Europea con los realizados al amparo de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN).
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Se introduce una coordinación de los procedimientos aduaneros y de los de impuestos especiales como consecuencia de la adaptación al Código Aduanero comunitario, sobre todo en lo relativo a los movimientos de exportación en situaciones aduaneras que deben ultimarse también desde la perspectiva de los impuestos especiales.
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Se establece un supuesto de responsabilidad solidaria del pago del impuesto a quienes posean, bien para su distribución al por mayor o al por menor, o para su uso como carburante en vehículos destinados al transporte de mercancías o pasajeros, hidrocarburos en los que se detecte la presencia de otros productos ajenos a los mismos, excepto los aditivos o marcadores debidamente autorizados.
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Se incluyen nuevos supuestos de infracción para los casos de incumplimientos, retrasos o aportación de datos falsos o inexactos en SIANE y SILICIE.
Por otra parte, D.ª Pilar Jurado señala que, en relación con la modificación del Reglamento de los Impuestos Especiales, en la reunión se destacó la extensión del sistema informatizado actual (EMCS) a la circulación de productos en régimen de envíos garantizados.
A continuación, para finalizar su intervención, la Directora del Departamento de Aduanas e II. EE. añade que una empresa propuso como modificación reglamentaria la mejora en el cumplimiento de las obligaciones formales de la introducción de bioetanol en las refinerías y mostró su disconformidad con la propuesta recogida en el Anteproyecto de modificación de la Ley de Impuestos Especiales en relación con el acotamiento de la no sujeción de los consumos en refinerías en el Impuesto sobre Hidrocarburos a los destinados exclusivamente a su uso como carburante y combustible.
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D. Jesús Gascón agradece a D. ª Pilar Jurado su intervención y otorga la palabra a D. Manuel Trillo Álvarez, Delegado Central de Grandes Contribuyentes, a fin de que comente la actividad del grupo de trabajo de Relación Cooperativa.
El Delegado Central inicia su intervención señalando que en primer lugar desea agradecer a D. ª Carmen Alonso la colaboración tan fructífera y leal, incluso desde la discrepancia, con la que ha desarrollado sus tareas como colaboradora de la Secretaría Técnica del Foro. Asimismo, comenta que está seguro de que con la nueva colaboradora la cooperación continuará desarrollándose con la misma fluidez.
Seguidamente, D. Manuel Trillo indica que el grupo de trabajo de Relación cooperativa se ha reunido en dos ocasiones durante el primer semestre de 2021. Añade que la primera reunión se celebró el 16 de marzo y que, a raíz de una serie de cuestiones que se plantearon en la misma, las empresas solicitaron la organización de una segunda reunión, la cual tuvo lugar el 21 de abril.
A continuación, el Delegado Central señala que, de los asuntos tratados en la primera reunión, quiere destacar los siguientes:
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Principales novedades en relación con la Resolución de 13 de enero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura orgánica de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes: se informó de que el cambio era necesario no solo por el paso del tiempo, sino, sobre todo, por la necesidad de adaptar a la capacidad operativa de la Delegación Central el censo de contribuyentes adscritos a la misma. Así, se comentó que, en términos censales, de los actuales 3.200 contribuyentes adscritos a la Delegación Central, aproximadamente, entre 600 y 700, se asignarían a las Delegaciones Especiales, quedando el censo de la Delegación Central en unos 2.400 contribuyentes, en los que estarían incluidos 500 grupos con todas sus empresas dependientes. Por otro lado, en cuanto a las entidades desadscritas, se señaló que el control se ejercería por las Unidades de Gestión de Grandes Empresas y las Dependencias Regionales de Inspección, pero que dicho control no variaría y se realizaría en función de las circunstancias de cada uno de los contribuyentes.
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Análisis de riesgos específicos detectados a partir de los informes de transparencia: el Jefe de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero explicó que a raíz de dichos análisis había sido posible determinar operaciones en las que el criterio de la Agencia Tributaria y el de la empresa no era coincidente. Asimismo, las entidades estaban presentando operaciones que todavía no habían realizado a fin de conocer con carácter previo la opinión de la Administración, como por ejemplo en materia de I+D+i, en reservas de capitalización, etc. En cualquier caso, se destacó que los informes de transparencia estaban incrementando su utilidad, propiciando el poder llegar a interpretaciones previas razonables para todos los actores en las relaciones jurídico-tributarias o, al menos, como mecanismo para que el contribuyente conociera a priori el criterio de la Agencia Tributaria, aunque posteriormente actuase como considerara oportuno.
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Últimas notas de criterio publicadas en la web de la Agencia Tributaria: D. Manuel Trillo señala que solo se va a referir brevemente a la Nota sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación de la deducción para evitar la doble imposición internacional jurídica (DDII) regulada en el artículo 31 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), ya que el Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria ha comentado las otras dos notas. Así, en la reunión se comentaron que los requisitos para la correcta aplicación de la deducción eran:
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Que se acreditase el pago efectivo de la retención en el otro Estado.
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Que la retención exigida en el otro Estado fuera la derivada del Convenio de Doble Imposición suscrito con el mismo. En caso de que ésta hubiera sido superior, la entidad debería solicitar la devolución del exceso al Estado que practicó la retención.
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Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales: Se comunicó que la Dirección General de Tributos estaba trabajando en una resolución interpretativa, que ya ha sido publicada, en relación con este nuevo impuesto. Asimismo, se informó de que se habían realizado requerimientos a potenciales consumidores de los servicios gravados por el impuesto a fin de obtener información de utilidad para la Agencia Tributaria de cara a la presentación de la primera autoliquidación prevista para el mes de julio.
Seguidamente, el Delegado Central reitera que en la reunión del grupo de trabajo del mes de marzo se solicitó por parte de las empresas que se celebrase una segunda sesión basada en las propuestas que, a estos efectos, remitirían a la Secretaría Técnica del Foro. Así, dicha reunión se produjo el pasado 21 de abril y en la misma las empresas explicaron que en el documento se recogían una serie de reflexiones tras la experiencia de estos años sobre el estado actual de la relación cooperativa, sus perspectivas de futuro, la necesidad de trasladar a toda la Administración el cambio cultural que suponía, la definición del modelo que se pretendía impulsar y sus objetivos, etc. Por su parte, la Agencia Tributaria señaló lo siguiente:
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Se ha apostado decididamente por la relación cooperativa y prueba fehaciente de ello es que, como ya ha señalado el Director General, es uno de los ejes fundamentales del Plan Estratégico de la organización, al que cada vez se dedican más recursos.
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De un modo progresivo y creciente los instrumentos de relación cooperativa han ido asumiendo una mayor relevancia. Ejemplo de ello es la importancia que han ido adquiriendo los acuerdos previos de valoración (APA), programa que cuenta ya con 25 años de experiencia y en el que la Administración española fue pionera en Europa, y los procedimientos amistosos.
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Se insistió en que los avances en relación cooperativa no dependían en exclusiva de la Administración, ya que en una relación jurídico tributaria bilateral, las dos partes se tenían que involucrar en su desarrollo.
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En cuanto a los informes de transparencia y la recurrente solicitud por parte de las empresas de un feedback oficial que puedan presentar a sus consejos de administración, se reitera que no está previsto en nuestro ordenamiento, pero que, no obstante, cuando se empiecen a comprobar los años en los que se han presentado dichos informes, se comenzará a apreciar por parte de las entidades que los han presentado que las comprobaciones de la Agencia Tributaria pondrán el acento en las cuestiones que no se contrastaron en los mismos.
A continuación, D. Jesús Gascón agradece la intervención de D. Manuel Trillo y ofrece la palabra a los asistentes por si desean realizar algún comentario en relación con los grupos de trabajo. Dado que no se produce ninguno, la Secretaria de Estado da paso al siguiente punto del orden del día.
6. Grupo de expertos para la reforma fiscal
D.ª Inés Bardón manifiesta que en abril de 2021 el Ministerio de Hacienda ha aprobado una resolución por la que se ha creado un comité de personas expertas que analicen el sistema fiscal español en su conjunto y, en particular, determinadas áreas como la fiscalidad medioambiental, la imposición societaria, la tributación de la economía digitalizada, la fiscalidad de las actividades económicas emergentes y la aplicación y concreción de la armonización de la tributación patrimonial. Añade que el comité se ha comprometido a presentar su informe en febrero de 2022 y que, a fin de contar con la participación y colaboración de todos los interesados, ha abierto un proceso de consulta pública para que las entidades o individuos que lo deseen le remitan sus aportaciones, las cuales serán objeto de estudio.
Seguidamente, para el desarrollo de este punto del orden del día, otorga la palabra al Director General de la Agencia Tributaria.
D. Jesús Gascón señala que en la página web del Instituto de Estudios Fiscales se ha creado un apartado dedicado al comité de personas expertas y que en el mismo se puede encontrar el enlace para el envío de las aportaciones, cuyo plazo finaliza el próximo 15 de julio. Añade que la Agencia Tributaria está en contacto permanente con el comité, apoyándole tanto en los cálculos de simulaciones que solicita, como transmitiéndole los problemas apreciados por la organización en la aplicación del sistema tributario. En este sentido, ofrece a los asistentes la posibilidad de remitir al comité las reflexiones que desde este Foro se consideren pertinentes, sin perjuicio de que quien lo desee pueda también enviar sus aportaciones individuales directamente. Por otro lado, añade que, en cuanto a su composición, el comité no está integrado por funcionarios o profesionales del mundo de la asesoría distintos de los académicos, por lo que se entiende que su trabajo no va a consistir en la elaboración de temas de detalle o de legislación específica o de solución de problemas normativos concretos, pero sí que va a tener una orientación desde el punto de vista jurídico, ya que la composición del grupo presenta un cierto equilibrio entre economistas y juristas. Asimismo, aunque la mitad de sus miembros no son residentes en Madrid, el avance tecnológico consecuencia de la crisis sanitaria ha favorecido la realización de reuniones no presenciales. Por su parte, el Ministerio de Hacienda, a través del Instituto de Estudios Fiscales, se ocupa de las tareas de secretaría.
A continuación, la Secretaria de Estado ofrece la palabra a los asistentes.
Seguidamente interviene D.ª Begoña García-Rozado, quien señala que la Ley 7/2021 contempla la creación del Comité de Personas Expertas de cambio climático y transición energética y pregunta cómo se va a compaginar con el grupo de expertos para la reforma fiscal.
La Secretaria de Estado le contesta que no va a haber dos grupos de expertos en fiscalidad medioambiental y que las funciones del Comité previsto en la Ley de cambio climático y transición energética van a estar subsumidas en las del comité de expertos ya conformado.
Dado que no se producen más intervenciones, D.ª Inés Bardón da paso al siguiente punto del orden del día.
7. Nueva Sede de la Agencia Tributaria
Toma la palabra D.ª Rosa María Prieto para informar a los presentes de que la Agencia Tributaria lleva ya bastante tiempo trabajando en la preparación de una nueva sede electrónica que, previsiblemente, entrará en funcionamiento a mediados del mes de julio y que va a integrar lo que ahora conocemos como Portal y Sede. El nuevo sitio web va a suponer un avance en usabilidad y pone su enfoque en el punto de vista del contribuyente, de manera que en un mismo sitio pueda realizar sus gestiones y consultar la información disponible sobre la materia. La Directora del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales añade que en un primer momento y durante un plazo aproximado de tres meses, para facilitar la transición, se va a ofrecer un enlace a la nueva sede desde las páginas actuales. Pasado este período, se hará al revés y desde la nueva web se ofrecerá un enlace a las actuales. Asimismo, indica que la coexistencia está prevista hasta finales de año, momento en el que ya solo estará operativa la nueva sede electrónica. Por otro lado, señala que desde la Secretaría Técnica se mantendrá informados a los presentes sobre la puesta en funcionamiento del nuevo sitio web de manera que, desde un primer momento, puedan comunicar los aspectos que consideren mejorables o incidencias detectadas.
8. Próxima convocatoria
La Secretaria de Estado manifiesta que la intención es mantener la periodicidad semestral de las reuniones y que la próxima se celebraría, previsiblemente, en el mes de noviembre.
9. Otras consideraciones, ruegos y preguntas
A continuación, D.ª Inés Bardón abre un turno de intervenciones.
Toma la palabra D.ª Begoña García-Rozado para reiterar un tema que es objeto de preocupación constante para las empresas y que se ha reivindicado en numerosas reuniones tanto plenarias como de los grupos de trabajo, que es el relativo a los datos que publica la Agencia Tributaria sobre la tributación de las grandes empresas. Añade que es un tema que se puede trabajar con vistas al futuro ya que las entidades disponen de informes sobre la tributación de las grandes empresas no solo en el Impuesto sobre Sociedades, sino en todas las figuras impositivas a las que están sometidas. En este sentido, propone también estudiar alguna modificación en los Country by country Report (CbCR), de manera que se incluya algún elemento que ilustre mejor la tributación de las grandes empresas. Para finalizar, D.ª Begoña García-Rozado señala que otro punto de preocupación es el relativo al tipo mínimo global y las perspectivas de avance en esta regulación, que afecta no solo al tipo impositivo, sino a la base sobre la que se va a aplicar.
La Secretaria de Estado responde que, evidentemente, las grandes empresas se van a ver afectadas por el pilar uno y el pilar dos y señala que, dado que la fiscalidad internacional está muy presente en su agenda diaria y en la del Director General, se irán compartiendo con los representantes de las empresas en este Foro los avances que se produzcan en la materia.
Para finalizar la Secretaria de Estado de Hacienda agradece a todos los asistentes su presencia y da por concluida la vigesimosegunda sesión plenaria del Foro de Grandes Empresas, despidiéndose hasta la próxima reunión.
LA SECRETARIA TÉCNICA
D.ª ROSA MARÍA PRIETO DEL REY
Vº Bº
LA PRESIDENTA DEL FORO
D.ª INÉS MARÍA BARDÓN RAFAEL