Acta de la reunión
Foro de Grandes Empresas
ACTA PLENO 2/2023
ACTA DE LA REUNIÓN DEL PLENO DEL FORO DE GRANDES EMPRESAS
CELEBRADA EL 27 DE NOVIEMBRE DE 2023
Presidente del Foro de Grandes Empresas
Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria - Secretario de Estado de Hacienda
D. Jesús Gascón Catalán
Vicepresidenta del Foro de Grandes Empresas
Directora General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
D.ª Soledad Fernández Doctor
Miembros en representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Directora del Departamento de Gestión Tributaria
D.ª Rosa María Prieto del Rey
Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria
D. Javier Hurtado Puerta
Directora del Departamento de Recaudación
D.ª Virginia Muñoz Fernández
Directora del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
D.ª Mª Pilar Jurado Borrego
Delegado Central de Grandes Contribuyentes
D. Manuel Trillo Álvarez
Delegado Central Adjunto
D. Joan Cano García
Jefe del Área de Apoyo Procesal - Departamento de Inspección Financiera y Tributaria
D. Marcos Álvarez Suso
Miembros en representación de las Grandes Empresas
ACS
Director de Asesoría Fiscal
D. Alfonso Moreno García
AMADEUS IT GROUP SA
Secretario del Consejo de Administración
D. Jacinto Esclapés Díaz
BANCO SABADELL
Subdirector General Asesoría Fiscal y Laboral
D. Carlos Augusto Lázaro Rico
BANCO SANTANDER
Global Head of Taxes
D.ª Carmen Alonso Peña
BBVA
Tax Discipline Leader
D. Manuel Díaz Corral
LA CAIXA
Director de Fiscalidad Directa
D. Gonzalo Mendizábal Carredano
CEPSA
Director Fiscal
D. Alberto Martín Moreno
COFARES
Asesor Consejo Rector
D. Luis Valdeolmos González
EL CORTE INGLÉS
Director del Departamento Fiscal
D. Luis María Sánchez González
ENDESA
Responsable de Asuntos Fiscales
D.ª María Muñoz Viejo
FCC
Director del Área Fiscal
D. Daniel Gómez-Olano González
GENERALI ESPAÑA
Director Área Contabilidad
D. Martí Jo Ruiz
IBERDROLA
Directora Global de Fiscalidad
D.ª Begoña García-Rozado González
IBERIA
Spanish Tax Lead
D.ª Cristina Santana Negrín
INDITEX
Director Asesoría Fiscal
D. Andrés Sánchez Iglesias
MAPFRE
Director de Asesoría Fiscal
D. Antonio Lafuente González de Suso
MERCADONA
Director Fiscal
D. Rafael Hilario López Villanueva
MICHELIN
Responsable Fiscal
D.ª Rosa María Peña García
RENAULT ESPAÑA
Director de Asuntos Fiscales y Aduanas
Jesús Pérez Esquide
Fiscalista
D.ª Alejandra Force Jara
REPSOL
Director General Económico y Fiscal
D. Luis López-Tello y Díaz Aguado
SEAT
Directora de Impuestos y Aduanas
D.ª Susana Sánchez Arenas
SIEMENS
Directora de Impuestos
D.ª Ana María Moreda Galante
TELEFÓNICA
Director Fiscal
D. Ángel Martín Gómez
VODAFONE
Asesoría Fiscal
D.ª Gema de Frutos Rodríguez
Secretaría Técnica del Foro de Grandes Empresas
Secretario Técnico
Ignacio Fraisero Aranguren
El día 27 de noviembre de 2023 se celebra la vigesimoséptima sesión plenaria del Foro de Grandes Empresas, asistiendo las personas reseñadas, y de acuerdo con el siguiente
ORDEN DEL DÍA
- Apertura de la sesión.
- Aprobación del acta de la reunión celebrada el día 8 de junio de 2023.
- Resumen de los grupos de trabajo del segundo semestre.
- Presidencia española de la Unión Europea: proyectos en tramitación.
- Próxima convocatoria.
- Otras consideraciones, ruegos y preguntas.
1. Apertura de la sesión
El Secretario de Estado de Hacienda da la bienvenida a los asistentes a la sesión plenaria del Foro de Grandes Empresas, agradeciendo en primer lugar las aportaciones remitidas para el informe que se va a elaborar sobre los avances y resultados de las medidas de la ley de prevención del fraude fiscal, compromiso adquirido con la Comisión Europea.
D. Jesús Gascón hace alusión a que el arranque de la legislatura permitirá desbloquear la situación normativa, poniendo como ejemplos el Real Decreto que aprueba el Reglamento de desarrollo de la ley de prevención del fraude en materia de utilización del software de doble uso, el impulso de las rectificaciones de autoliquidaciones con un sistema doble de rectificación, o el anteproyecto de ley de transposición de la Directiva del Pilar 2, entre otros.
El Secretario de Estado también señala, que de forma paralela ha arrancado la tramitación del presupuesto 2024, que no podrá estar aprobado antes del 1 de diciembre, con lo cual, el Secretario de Estado adelanta que existirá una prórroga presupuestaria.
En lo concerniente a la evolución de los ingresos, indica que está siendo bastante positiva este ejercicio, aunque sin alcanzar las tasas de crecimiento del 2022 y 2021, pues sería casi imposible que la recaudación creciera durante 3 años consecutivos en torno al 15%. Destaca asimismo que la recaudación está creciendo este año en torno a un 4%, y que se espera que alcance el 6%. A su vez comenta que, en cuanto a las bases imponibles, la previsión es que crezcan en la misma medida que está creciendo el consumo, aunque los ingresos crecen menos que el PIB nominal.
Por otro lado, D. Jesús Gascón reconoce el excelente trabajo que se ha realizado desde el punto de vista técnico por los equipos tanto de la Dirección General de Tributos como de la Agencia Tributaria, impulsando expedientes extremadamente complejos en algunos casos.
En lo relativo a Europa, señala que el objetivo es una mayor armonización y homogeneidad normativa, siendo en la actualidad uno de los temas más importantes el apoyo a Ucrania. A nivel internacional, la discusión se centra en el papel de Naciones Unidas en relación con la OCDE, sobre todo en el diseño de la arquitectura de la fiscalidad internacional, donde se observan las dificultades que está habiendo para alcanzar un acuerdo sobre el Pilar 1 y la creación de un marco global sobre fiscalidad internacional.
Respecto al ámbito gestor, el Secretario de Estado de Hacienda apunta que en los centros que dependen de la Secretaría de Estado de Hacienda se están preparando los planes estratégicos para el siguiente periodo, el relativo a 2024 –2027, con el objetivo de dar previsibilidad a las actuaciones desarrolladas.
2. Aprobación del acta de la reunión celebrada el día 8 de junio de 2023
D. Ignacio Fraisero agradece la presencia de los asistentes y recalca que, una vez remitido el borrador del acta de la reunión del 8 de junio de 2023, no se ha recibido ninguna observación.
No existiendo en la sesión ninguna observación o sugerencia de modificaciones respecto al contenido del acta, queda aprobada.
3. Resumen de los grupos de trabajo del segundo semestre
El Secretario de Estado cede la palabra a la Directora del Departamento de Gestión Tributaria que comienza la exposición de lo tratado en el grupo de trabajo para el Análisis y Racionalización de Cargas Fiscales Indirectas, que se celebró el pasado 6 de noviembre, y donde se expusieron las distintas modificaciones que se habían abordado en las órdenes ministeriales aprobadas. Entre ellas se habló de la relativa al modelo de planes y fondos de pensiones, las de las monedas virtuales, los cambios normativos relacionados con las retenciones, las empresas emergentes y el Estatuto del artista, la modificación del modelo 390, así como la modificación prevista en los modelos 189 y 720.
También se informó que estaba en tramitación el proyecto de orden por el que se aprueba el modelo 281, sobre bienes adquiridos que no pasan físicamente por Canarias; el modelo 379 que introduce algunas obligaciones internacionales relativas al control del comercio electrónico (CESOP), el modelo 238 que recoge la declaración informativa por parte de operadores de plataformas (DAC7); y por último se hizo referencia al modelo 604, en relación con el impuesto sobre las transacciones financieras que ya se deben autoliquidar no solo en la Agencia Tributaria, sino también en las haciendas forales según el domicilio social de la entidad a la que pertenezcan las acciones que se están adquiriendo.
Otro tema que se explicó y que generó polémica fue el desglose de las retenciones forales en el ámbito de los grupos que tienen presencia en el País Vasco, ya que a partir de la modificación del concepto económico y con una resolución de la junta arbitral, es necesario que las retenciones se efectúen de acuerdo con el porcentaje de tributación del grupo.
La finalidad de estas modificaciones en las declaraciones informativas, señala D.ª Rosa Prieto, es tener esa información más desglosada para evitar requerimientos, de tal forma que los datos que tengan las distintas administraciones sean más ajustados a la realidad y que los datos fiscales para la presentación de la renta también sean más precisos.
La Directora de Gestión indica que, en el apartado de ruegos y preguntas del grupo de trabajo, se comentó el aumento de cargas fiscales que suponía el desglose y la verificación de las retenciones, a lo cual se le respondió que ese aumento de cargas fiscales era algo necesario y conveniente para poder proporcionar datos fiscales más apropiados a los contribuyentes, siendo además una norma que viene impuesta y que excede a la Agencia Tributaria, por la existencia del régimen foral.
Por último, dentro del grupo de trabajo se preguntó si era posible que se hiciera una comunicación de las devoluciones del IS a las haciendas forales y que estas, a su vez, informasen a la Agencia Tributaria. Se contestó que era un tema que habría que analizar, y que seguramente en los próximos grupos de trabajo, se informaría de si era posible.
A continuación, D. Jesús Gascón cede la palabra a D. Javier Hurtado, quien resume la reunión que tuvo lugar el 16 de octubre, en el marco del grupo de trabajo de Análisis de la normativa tributaria y de reducción de la conflictividad, a la que asistió la Subdirectora General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas de la Dirección General de Tributos, Natalia Jaquotot, que abordó la transposición del pilar 2, señalando que, debido a la situación política, no había sido aún posible iniciar el trámite de información pública.
Asimismo, la Subdirectora contestó en el grupo de trabajo a las preguntas de los asistentes y aclaró que es una transposición que se iba a sujetar al literal de la directiva. El Director del Departamento de Inspección añade que la transposición del pilar 2 está resultando bastante compleja, pues en sí misma la directiva lo es, no solo por su contenido técnico, sino también por determinados aspectos terminológicos.
El segundo tema que se trató fue la publicación por parte de la Agencia Tributaria de una nota, el día 28 de julio, en relación con la tributación en el IVA de los vehículos de uso mixto cedidos a los empleados. El fin de esta nota es dotar de seguridad jurídica al dar claridad a determinadas situaciones jurídico tributarias, y era el resultado del trabajo coordinado de distintos departamentos de la Agencia Tributaria, no solo del Departamento de Inspección.
Por otro lado, se comentó que para poner en contexto la nota, era preciso tener en cuenta la aparición de determinadas resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Central y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que abordaban el tema de la onerosidad en la aportación por parte de la empresa del automóvil a sus empleados.
Se indicó que la nota no acababa con la presunción iuris tantum del 50% de deducibilidad del IVA que está en el artículo 95.2 de la ley, dado que el contexto en el que se produce la nota es otro muy distinto.
En cuanto al contenido de la nota, se explicó que se dividía en 5 apartados. El primero parte de la hipótesis de la afectación. Actualmente los automóviles tienen que estar afectados a la actividad económica. Una vez están afectados, en el caso de que una parte de los mismos tenga un uso privado, el porcentaje de deducibilidad dependerá del grado de disponibilidad del vehículo.
En segundo lugar, la nota aborda la cuestión de la onerosidad. Hasta este momento se consideraba que la onerosidad iba implícita en la retribución del trabajador, de forma que, si un trabajador percibía como parte de su remuneración un automóvil, era onerosa la entrega. Sin embargo, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea había hecho reconsiderar la postura, en el sentido de que, a menos que exista un pacto expreso que altere la retribución dineraria del profesional o del trabajador como consecuencia de la entrega del automóvil, o bien, el trabajador lo elija entre varias posibilidades, la disponibilidad del automóvil no supone la existencia de onerosidad en la entrega.
El tercer tema que se aborda en la nota es el de la deducibilidad. En cuarto lugar, se trata la posibilidad de considerar la existencia de autoconsumos, y, finalmente, se recoge un quinto apartado que ha dado lugar a cierta polémica, en el que se determina cuál es la base imponible del IVA y lo pone en relación con el ingreso a cuenta en el IRPF.
En el grupo de trabajo, la representación de las empresas comentó que resultaba un sistema sumamente complejo y que sería interesante la objetivación de estas cantidades, contestándose que efectivamente es complicado evaluar la disponibilidad de cada uno de los automóviles, pero lo contrario, podía ir en contra de la justicia general del sistema.
Algunos representantes en el grupo de trabajo aludieron a que llegaron a firmar acuerdos previos de valoración de retribuciones en especie al 50%, considerando que el automóvil era 50% para utilización empresarial y 50% para utilización privada, señalándose desde la administración que esos acuerdos se dieron en su momento, pero que hace ya prácticamente 8 ó 10 años que no existían.
Se indicó que actualmente se tendía a la idea de la disponibilidad, dividiendo el día en tres partes de 8 horas cada una, teniendo en cuenta que las laborables son 8 horas y las otras 16 horas son de uso privado. En ocasiones se consideraban más de 8 horas, 10 horas, 12 horas, pero lo en ningún caso que es el día completo como un día de uso empresarial.
A continuación, el Secretario de Estado de Hacienda cede la palabra a la Directora del Departamento de Recaudación, que señala que en la misma reunión se trataron dos temas de su ámbito. El primero relacionado con las derivaciones de responsabilidad de determinadas diligencias de embargo que recaen sobre bienes pignorados, donde la representación de alguna entidad comentó que estaban teniendo problemas. Se le informó que el modus operandi tenía que ser que el siguiente: el banco debía ingresar la diligencia de embargo y presentar cuanto antes la tercería de mejor derecho; ese importe quedaría consignado y se resolvería lo más ágilmente posible esa tercería.
La segunda de las cuestiones fue un problema que se planteó por una entidad financiera en relación con los filtros de los juzgados acreedores. Se explicó que la Agencia recibe órdenes de embargo por parte de los juzgados y que estos se cumplen en su estricto término. En este caso en concreto, las órdenes de embargo de los juzgados vinieron con un desplazamiento de comas, un problema tipográfico y la Agencia lo ejecutó tal cual, sin revisarlo por falta de competencia para ello. En este caso, la entidad financiera tenía una solicitud de devolución y al tener una deuda y una compensación, actuó como procedía.
La Directora pide disculpas por el problema originado, pero señala que no puede hacerse otra cosa que ejecutar las órdenes. Asimismo, traslada que se estudiará la posibilidad de poner algún filtro de control y solicitar a través del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales que se contacte con los juzgados para que tengan especial cuidado con el envío de estos embargos.
D. Jesús Gascón agradece la intervención de D.ª Virginia Muñoz, y cede la palabra a la Directora del Departamento de Aduanas para que aborde las cuestiones tratadas en el grupo de trabajo de Impuestos especiales. D.ª Pilar Jurado señala que se volvió a tratar el impuesto sobre los envases de plástico, trasladándose las experiencias que se habían tenido durante el año. Alguna empresa comentó el problema de la determinación última del plástico terciario y que a veces no había información fidedigna de los proveedores, añadiéndose más complejidad en la gestión. Se remarcó que la complicación no era ya solamente determinar la cantidad de plástico, sino qué cantidad era reciclado y cuál no.
Se concluyó en la reunión del grupo de trabajo que lo deseable sería que hubiera una estimación objetiva, sugerencia que en su momento desde la Dirección General de Tributos se rechazó por la imposibilidad normativa de hacer algún cambio en aquel momento. Se indicó asimismo que, a partir del año 2024, ya se aplicaba la certificación y la norma UNE que determinaría cuál es el protocolo de reciclado de plásticos, siendo esa certificación por parte de la empresa certificadora un elemento objetivo de prueba.
A continuación, D.ª Pilar Jurado señala que el otro tema que se planteó fue la inscripción en los registros de extractores de depósitos fiscales de hidrocarburos y de alcohol y bebidas derivadas. La modificación que introdujo la ley del fraude supuso que el titular del depósito fiscal tiene una responsabilidad subsidiaria sobre el IVA no pagado por las empresas que saquen el producto y que no paguen el IVA, generándose el IVA asimilado en ese momento por la entrega anterior. A su vez, se indicó que los titulares de depósitos fiscales quedaban excluidos de esa responsabilidad si el titular del producto se ha inscrito en el REDEF, que es un registro de extractores de determinados productos.
En esta cuestión, D. Javier Hurtado apunta que el fraude en hidrocarburos es un problema de primer orden para la Agencia Tributaria por las pérdidas fiscales que genera. Señala que la modificación de la ley del IVA que establece la creación del REDEF tuvo una tramitación larguísima, y ha entrado en vigor recientemente, por lo que es prematuro hacer una evaluación conjunta de lo que está sucediendo. Sin embargo, el Director de Inspección señala que está funcionando según lo previsto; sin perjuicio de que la delincuencia en la materia siempre busca recovecos para puentear los sistemas de prevención que se han impuesto. Comunica que hasta ahora la visión es positiva, pero es pronto para hacer una evaluación conjunta. D. Javier Hurtado invita a los presentes a hacer llegar propuestas de modificación o de avance normativo y recalca que la obligación afecta a los titulares de depósitos fiscales que permitan la extracción de producto por parte de sujetos no registrados.
El Director de Inspección indica que el REDEF es un registro de confianza, por lo tanto, todos los que manejen de una forma mayorista productos derivados del petróleo, tienen que estar inscritos en ese registro. Si hay alguno que no está inscrito en ese registro hace una extracción para introducir en el mercado un producto, sin pagar el IVA, el titular del depósito tiene una responsabilidad subsidiaria. Esa responsabilidad no existiría si la extracción fuese de depósito a depósito, puesto que el régimen es un régimen suspensivo. Además, si tuviera producto en propiedad dentro de un depósito fiscal y por cualquier motivo no estuviera en el registro de extractores existen dos posibilidades: inscribirse en el registro o vender el producto dentro del depósito a alguien que sí esté inscrito en el registro de extractores.
Tras esta intervención, D.ª Pilar Jurado comenta que se trató dentro del grupo de trabajo el mecanismo de ajuste en frontera del carbono, mecanismo que añade a determinados productos importados de determinados sectores relacionados con la producción de electricidad, cemento, construcción, siderurgia,… un importe que debe de abonarse para equipararse a lo que se paga ya dentro de la Unión Europea, por el mercado de emisiones. Apunta la Directora de Aduanas que este mecanismo trata de compensar cuando los productos vienen de fuera.
Se informó en el grupo de trabajo que el periodo transitorio entró en vigor el 1 de octubre y que durante ese periodo los operadores tienen que darse de alta, y además registrarse en un registro global de la Unión Europea, de tal manera que es posible extraer información de todas las operaciones de importación que se transmiten a la Unión Europea, para que luego ya cuando entre en vigor el periodo definitivo, se empiecen a validar certificados, certificados que han de comprar las empresas importadoras.
De igual forma, D.ª Pilar Jurado comenta la existencia de una orden ministerial nueva que cambia los trazados y marcadores que tienen que aplicarse para los beneficios fiscales de hidrocarburos, los cuales se publicarían en breve en el Boletín, entrando en vigor el 19 de enero del 2024.
Por último, en el grupo de trabajo se trató un tema que ha provocado cierto conflicto, quizá por alguna actuación administrativa tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea respecto a la clasificación de determinados productos derivados de hidrocarburos. Los representantes de entidades de este ámbito indicaron que se generaba una problemática, pues había que adaptar los registros, y era necesario saber cómo debía hacerse la tramitación, y sobre todo cómo hacer la determinación previa del producto. Por todo ello, se acordó que se hablaría con la Subdirección responsable, que haría un seguimiento para ver qué se podía mejorar.
Agradeciendo su intervención, el Secretario de Estado de Hacienda cede la palabra a D. Manuel Trillo para que comente los asuntos que se trataron en el grupo de trabajo de relación cooperativa del día 15 de noviembre. En concreto el Delegado Central de Grandes Contribuyentes indica que se abordaron dos asuntos y un anuncio. En primer término, en el grupo de trabajo se presentó un primer resumen de la encuesta sobre relación cooperativa realizada, que será abordado con más profundidad a continuación por D. Joan Cano. El segundo tema fue la modificación del régimen de rectificación de autoliquidaciones. En relación con el mismo, D. Manuel Trillo apunta que se plantearon aquellas situaciones en las que el contribuyente lo único que pretendía utilizando el procedimiento de rectificación de autoliquidación era obtener un acto administrativo con el cual poder acudir al tribunal económico administrativo y a la jurisdicción contenciosa. Para casos en los que pudiera haber una contravención de una norma de carácter superior por parte de: la norma en cuestión, o bien un posible conflicto de constitucionalidad, la contravención de normas comunitarias, de tratados o convenios internacionales el nuevo modelo del sistema de rectificación de autoliquidación carecería de sentido.
A su vez, se anunció el cambio de sede de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, después de más de 50 años en el Paseo de la Castellana.
En relación con el primer punto, D. Joan Cano señala que se analizaron los resultados de la encuesta sobre el modelo de relación cooperativa, pudiendo extraerse como conclusión que el modelo ha recibido una valoración positiva y que existe un interés colectivo en la prosecución del modelo.
En segundo lugar, se debatió la necesidad de mejorar las vías de comunicación en todos los niveles, no solamente a nivel superior, en el pleno y en los grupos de trabajo, sino también a nivel de la gestión ordinaria, fomentando el empleo de los medios que existen para disminuir los litigios y reducir la conflictividad. Finalmente, se acordó la necesidad de arbitrar mecanismos para que entidades y grupos que desean participar en el modelo de cumplimiento cooperativo tengan la oportunidad de hacerlo.
El Delegado Central Adjunto indica que también se expuso la necesidad de discriminar positivamente a aquellos miembros del modelo de relación cooperativa o de cumplimiento cooperativo que hacían un especial esfuerzo y que cumplían especialmente bien con sus obligaciones, y que, por lo tanto, podrían ser acreedores de alguna simplificación de sus obligaciones de cumplimiento, pudiéndose profundizar en el modelo de los informes de transparencia.
Las entidades comunicaron la necesidad de incrementar la formación y el conocimiento de todos los funcionarios de la Administración Tributaria del modelo de cumplimiento cooperativo, así como la posibilidad de mejorar algunos instrumentos institucionales del modelo, como por ejemplo, la conveniencia de invitar a miembros de la Dirección General de Tributos para tratar determinados temas.
D. Joan Cano añade que se está en fase de formulación de propuestas concretas sobre la renovación de los actores en el modelo de cumplimiento cooperativo, la búsqueda de elementos de discriminación positiva, y las posibilidades de avance en torno al informe de transparencia. Así mismo, indica que se trabaja en mejorar la formación del personal de la Agencia y en la posibilidad de verificar si las medidas que se vayan a adoptar cumplen los objetivos que se han fijado.
D. Manuel Trillo indica que la relación cooperativa en abstracto está muy bien, pero que es preciso concretar la misma, pues no todos los partícipes de los mecanismos de relación cooperativa son iguales, ni se comportan igual; por lo que la mejor manera de poner en valor todo esto, es que quienes más cumplen lo noten un poco más, incrementando el esfuerzo para que la relación cooperativa esté presente en el procedimiento de comprobación en todos los sentidos, permitiendo que al final pueda haber un juicio de valor acerca del cumplimiento de los preceptos básicos del código de buenas prácticas.
Habiendo tenido que ausentarse el Secretario de Estado de Hacienda, la Directora de la Agencia Tributaria señala que, no habiendo observaciones sobre las cuestiones planteadas, se da por concluido este punto, pasándose al siguiente punto del orden del día.
4. Presidencia española de la Unión Europea: proyectos en tramitación
D.ª Soledad Fernández cede la palabra a D. Marcos Álvarez para que desarrolle los proyectos en tramitación en el marco de la Presidencia española de la Unión Europea.
D. Marcos Álvarez inicia su exposición señalando que se trata de ideas provisionales: son proyectos normativos y pueden cambiar a raíz de las deliberaciones en el Consejo. Indica que se trata de la fiscalidad del futuro, no de la actual, y recalca que la mayor parte de los proyectos tienen una fecha previsible de entrada en vigor a tres, cuatro o cinco años, suponiendo que se llegue a un acuerdo unánime en materia de fiscalidad en el Consejo.
Sin perjuicio de que existen otros temas en los que se está trabajando, como en materia de protección de datos, cesión de información a terceras jurisdicciones en relación con CRS o con Facta, un código de conducta, o la lista de paraísos fiscales a nivel europeo, traslada que va a hacer referencia a los proyectos más destacables.
En lo que se refiere a fiscalidad directa, destaca el proyecto Unshell Entities, que consiste en intercambiar información sobre determinadas entidades que carecen de sustancia económica, y en consecuencia de una actividad económica real. Con este intercambio de información, indica que se podrían denegar beneficios fiscales de las directivas o incluso los establecidos en los convenios bilaterales de doble imposición. Así, si una entidad carece de una sustancia mínima, la consecuencia sería verse privada de estos beneficios fiscales. D. Marcos Álvarez traslada que este proyecto va despacio: es una directiva cuya propuesta se hizo pública en diciembre de 2021, y lleva casi dos años en discusión en el Consejo a nivel grupo de trabajo, sin que los acuerdos estén siendo fáciles, porque no todos los Estados miembros tienen la misma preocupación sobre las entidades no transparentes. Señala que la propia Comisión Europea lanzará justo este mes una nueva propuesta que ofrecería muchísima más flexibilidad a los Estados miembros para considerar qué requisitos de sustancia mínima se exigen a nivel nacional para poder considerar una entidad Unshell, así como para establecer las consecuencias derivadas de que una entidad sea considerada Unshell.
Continúa su exposición con el segundo proyecto en materia de imposición directa, denominado Faster y que afecta a la fiscalidad de los no residentes. El proyecto tiene como fin armonizar unas reglas europeas comunes en materia de emisión de certificados de residencia fiscal, también sobre los criterios bajo los cuales se puede certificar que una persona es residente en un Estado miembro, el contenido de ese certificado y la duración del plazo de vigencia de esa certificación. Añade que la primera parte de este proyecto Faster está muy avanzada. La segunda parte del proyecto supondría establecer un sistema más ágil y resistente a posibles fraudes en la gestión de devoluciones en el impuesto sobre la renta, en nuestro impuesto sobre la renta de no residentes y los homólogos o correlativos en otras jurisdicciones europeas. Lo que se establece en esta propuesta de directiva es crear una serie de criterios para que existan intermediarios financieros certificados que puedan ser los solicitantes de estas devoluciones en nombre de sus clientes. Una vez que se ha producido la retención en el Estado de la fuente, serían determinados intermediarios financieros certificados y fiables, los que solicitarían la devolución, acogiéndose a un procedimiento más ágil y más rápido que el original. Esto se complementaría también con un sistema de intercambio de información y un procedimiento estándar de acreditación de la cadena de intermediarios hasta el titular de la renta.
D. Marcos Álvarez remarca que sobre este proyecto también hay una parte que afecta a otros Estados miembros, no tanto a España, relief at source (exención en la fuente), que sería como liberar de la obligación de practicar retenciones en origen, en el estado de la fuente, siendo estos estados aquellos con mercados financieros pequeños. Señala que este proyecto Faster probablemente vea la luz en el corto, medio plazo.
Continúa indicando que el tercer proyecto de imposición directa que está ahora mismo en la mesa del Consejo, es una directiva presentada en septiembre de 2023, y que supone un cambio muy importante de la gestión del impuesto sobre sociedades a nivel europeo, que permitiría agilizar las declaraciones fiscales del impuesto sobre sociedades a los grupos. Este proyecto se denomina Befit (Business in Europe framework for income taxation) y tiene tres aspectos diferentes: el primero es el puro Befit en sí, una especie de armonización del impuesto sobre sociedades a nivel europeo para grandes grupos cuya cifra de negocios supere 750.000.000 de euros a nivel transnacional europeo. A partir del resultado contable de cada una de las entidades del grupo, se realiza una cierta armonización de los ajustes extracontables para llegar a una base imponible armonizada y agregada a nivel europeo, produciéndose una distribución por jurisdicciones de esta base imponible a agregar. Sin perjuicio de la presentación de autoliquidaciones a nivel nacional, en la jurisdicción donde estuviese la matriz europea del grupo, se presentaría una especie de declaración del impuesto sobre sociedades macro, agregando todos los resultados, y ésta sería objeto de intercambio con el resto de estados afectados. Luego incluso se prevé una intervención a priori de lo que llaman un equipo Befit, equipo de inspectores de todos los estados miembros afectados, que intentan a priori, no a posteriori, llegar a un acuerdo en la distribución correcta de esta base imponible agregada entre las jurisdicciones.
La segunda parte de este proyecto Befit, es establecer unas reglas básicas armonizadas a nivel de precios de transferencia. Una tercera parte que afectaría a las empresas pequeñas y que está en una fase muy reciente, permitiría aplicar la legislación del impuesto sobre sociedades de la jurisdicción donde estuviese establecida a todo, incluida la base imponible de los establecimientos permanentes en otras jurisdicciones, y luego se reparte otra vez esta base determinada con las normas del país de residencia.
Respecto a otros proyectos que estaban en estudio, la Comisión ya ha confirmado que quedarán para la Comisión Europea siguiente, que salga de las elecciones del año próximo.
En lo referente al IVA, comenta que hay un solo proyecto, pero que a su vez incluye también tres aspectos diferentes. Se llama VIDA, vat in the digital age, se presentó por la Comisión Europea en diciembre de 2022. El primer aspecto es el de ampliar el supuesto de la ventanilla única actual, y puede afectar sobre todo a entidades o grupos muy activos en el comercio de mercancías, por ejemplo, la operativa conocida como transfer de bienes en el IVA (mover mercancías de un Estado miembro a un almacén en otro Estado miembro, incluso aunque no se venda, hecho imponible que obliga a registrarse como empresario en el país a donde se han movido las mercancías sin haberlas vendido), se pretende sustituir por una declaración puramente informática, una especie de ventanilla única. Ésta haría obligatoria la inversión de sujeto pasivo en operaciones business to business entre empresarios, cuando el proveedor no esté establecido, etc...
El segundo punto de este proyecto tiene especial interés para las empresas o los grupos muy activos en el sector turístico, esencialmente plataformas digitales que intervienen en los servicios de alojamiento a corto plazo y en los servicios de transporte de personas. Con este aspecto se pretendería, aparte de armonizar la localización del hecho imponible en el servicio de la propia plataforma, que los arrendamientos a corto plazo pasen a estar sujetos siempre a IVA en Europa, entre otros aspectos.
La tercera parte del paquete de IVA es la factura electrónica, denominado digital reporting, proyecto a cuatro años vista que pretende armonizar qué es una factura electrónica.
Por último, D. Marcos Álvarez señala que se pretende sustituir nuestro actual modelo de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, el 349, por una especie de suministro inmediato de información a nivel europeo, operación por operación, transacción por transacción, factura por factura; y además en tiempo real o casi en tiempo real, no más allá de dos días desde que la factura sea emitida.
A continuación, toma la palabra la Directora del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, que destaca como cuestiones fundamentales en su ámbito la reforma de la Unión aduanera y un reglamento para importación, exportación y tránsito de armas de fuego. Respecto de la reforma de la Unión aduanera, indica que hay un debate interno en la Comisión y con los Estados miembros desde hace ya dos o tres años, dado que la Unión aduanera tiene que mejorar, sobre todo respecto del comercio electrónico y las operaciones por internet. Apunta D.ª Pilar Jurado que los pilares de la reforma son: en primer lugar, una nueva visión sobre los operadores, no apareciendo la palabra importador y exportador, ni sujeto pasivo. Por el contrario, la normativa actual habla de declarante, por lo que una empresa que importa va a comunicar a un sistema informático que tiene una operación comercial, que va a traer una mercancía de un sitio con unas determinadas características, haciendo evidente la operación comercial. En la práctica, existirá un sistema informático único de la Unión Europea, el data-hub, en el que todos los que tienen información relacionada con la operación aduanera volcarán información.
El otro elemento relacionado con el operador económico es el Trust and Check, evolución del operador económico autorizado. Apunta que el operador que sea Trust and Check lo será porque ha pasado esa auditoría, de tal forma que ni siquiera va a tener que esperar a que la autoridad aduanera le indique que ya se puede llevar la mercancía, sino que, al volcar información al sistema, su condición le permitirá poder disponer de la mercancía.
La Directora del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales comenta respecto a los controles aduaneros, que el análisis de riesgo en la Unión Europea se va a sobre el conjunto de datos relacionados con la operación comercial, que se ha comunicado a ese data-hub.
Finalmente, entre otras medidas, indica que se propone la creación de una Agencia Europea de Aduanas, a la cual se le va a dar la información, realizándose la gestión de riesgos sobre esa información.
Agradeciendo a D. Marcos Álvarez y a D.ª Pilar Jurado su intervención, la Directora General finaliza este punto.
5. Próxima convocatoria
La Directora de la Agencia Tributaria anuncia que la próxima convocatoria será previsiblemente en el mes de junio.
6. Otras consideraciones, ruegos y preguntas
No existiendo intervenciones, ruegos ni preguntas, la Directora de la Agencia Tributaria declara finalizada la vigesimoséptima sesión plenaria del Foro de Grandes Empresas, deseando unas felices navidades y un próspero año nuevo a todos los asistentes.
El Secretario Técnico
Ignacio Fraisero Aranguren
Vº Bº
El Presidente del Foro
Jesús Gascón Catalán