Novedades de la campaña por modelo
Te detallamos los modelos que han sufrido modificaciones para esta campaña.
Modelo 193. Declaración Informativa. Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre determinados rendimientos del capital mobiliario. Retenciones e ingresos a cuenta del IS e IRNR (establecimientos permanentes) sobre determinadas rentas. Resumen anual.
Se introducen las siguientes modificaciones técnicas:
- Se modifica el campo “CÓDIGO PROVINCIA”, que ocupa las posiciones 77-78 del registro de tipo 2, registro de perceptor, para desglosar la Isla de La Palma de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.
- Como consecuencia de la modificación del artículo 101.9 de la LIRPF, con efectos 1 de enero de 2023, se modifica el campo “NATURALEZA”, que ocupa las posiciones 93-94 del registro de tipo 2, registro de perceptor, para añadir en el apartado naturaleza asociada a la clave de percepción C, el número 15. “Anticipos a cuenta derivados de la cesión de la explotación de derechos de autor, cuando tales anticipos tengan la consideración de rendimientos del capital mobiliario, que se vayan a devengar a lo largo de varios años”.
- Se modifica el campo “PAGO”, que ocupa la posición 95 del registro de tipo 2, registro de perceptor, para introducir una nueva clave: 5. Como mediador de otro tipo de rendimientos o rentas obtenidas por la cesión a terceros de capitales propios consignados con clave de percepción “B” y naturaleza “06”.
- Se modifica el campo “% RETENCIÓN”, que ocupa las posiciones 165-168 del registro de tipo 2, registro de perceptor, para incluir el nuevo porcentaje de retención del 7% aplicable a los anticipos a cuenta de la cesión de la explotación de derechos de autor que se vayan a devengar a lo largo de varios años, así como la reducción del 60% del porcentaje de retención aplicable a rentas obtenidas en la Isla de La Palma por contribuyentes con residencia habitual y efectiva en dicho territorio, con derecho a la deducción del artículo 68.4 LIRPF.
- Se modifica el campo “NATURALEZA DEL DECLARANTE”, que ocupa la posición 208 del registro de tipo 2, registro de perceptor, para especificar que siempre que se consigne “S” en este campo, el campo PENALIZACIONES (posiciones 182-192) se consignará a ceros.
- Se crea un nuevo campo “RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA INGRESADOS EN EL ESTADO, EN LAS DIPUTACIONES FORALES DEL PAÍS VASCO Y EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA”, que ocupa las posiciones 249-313 del registro de tipo 2, registro de perceptor, para informar de manera diferenciada las retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado (posiciones 249-261), en las Diputaciones Forales del País Vasco (Diputación Foral de Araba/Álava, posiciones 275-287; Diputación Foral de Gipuzkoa, pos. 288-300; Diputación Foral de Bizkaia, posiciones 301-313) y en la Comunidad Foral de Navarra (posiciones 262-274), a cumplimentar exclusivamente en el caso de que las retenciones e ingresos a cuenta relativos a rendimientos del capital mobiliario o rentas sujetas a retención deban ser ingresados en proporción al volumen de operaciones según lo previsto en el artículo 12.1 segundo párrafo y en el artículo 10.1.f) segundo párrafo del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra y en el artículo 9.Uno.Primera. a) segundo párrafo y en el artículo 7.Uno.c) segundo párrafo del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Se introduce un nuevo campo “CEUTA O MELILLA / ISLA DE LA PALMA”, que ocupa la posición 314 del registro de tipo 2, registro de perceptor, para informar si se trata de rendimientos obtenidos en dichos territorios con derecho a la deducción establecida en el artículo 68.4.
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