Principales novedades Ley 22-2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
El artículo 62 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 introduce la siguiente modificación en el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las Tarifas y la Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida:
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Se añade un nuevo grupo 863 en la agrupación 86 de la sección segunda de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas
Grupo 863. Periodistas y otros profesionales de la información y la comunicación.
Cuota de: 115 euros.
La Nota de este Grupo dispone que, los sujetos pasivos clasificados en este grupo están facultados para la obtención, tratamiento, interpretación y difusión de informaciones o contenidos a través de cualquier medio escrito, oral, visual, digital o gráfico, así como para el asesoramiento y ejecución de planes de comunicación institucional o corporativa.
de Presupuestos Generales del Estado para 2022.