Subasta 1/2025 Aduana La Farga de Moles
Se comunica para público conocimiento, que el próximo día 3 de diciembre de 2025, a las 9:00 horas, en en la Aduana de La Farga de Moles, sita en la Ctra. N-145, Km.9, 25799 La Farga de Moles (Lleida), se procederá a la venta en pública subasta de las mercancías que figuran reseñadas en las hojas adjuntas, ajustándose el desarrollo de la misma a las siguientes bases.
1. Objeto de la subasta
La presente subasta tiene por objeto la enajenación de bienes abandonados, intervenidos o decomisados, así como la de aquellos bienes puestos a disposición de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en ejecución de sentencias judiciales firmes recaídas en procedimientos seguidos a instancia de este órgano.
2. Régimen jurídico
Es de aplicación a esta subasta la siguiente normativa:
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Artículos 198 y 199 del Reglamento (UE) n° 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el Código Aduanero de la Unión.
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Artículos 249 y 250 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión de 24 de noviembre de 2015 por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) nº 952/2013.
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Título VI, Capítulo I (artículos 419 a 423) de las Ordenanzas de Aduanas, aprobadas por Decreto de 17 de octubre de 1947, que regula el procedimiento para la realización de las subastas de aduanas.
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Artículo 320 de las Ordenanzas de Aduanas, que regula la aplicación del producto de la venta de los géneros subastados.
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Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando.
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Real Decreto 1649/1998, de 24 de julio, que desarrolla el Título II de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, sobre represión de contrabando, relativo a las infracciones administrativas de contrabando.
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Título III, Capítulo II (artículos 97 a 107) del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
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Artículo 7 (limitaciones a los pagos en efectivo) de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.
3. Licitadores
3.1. Con excepción del personal adscrito al órgano que acordó la enajenación de los bienes, de los tasadores, de los depositarios y de los funcionarios directamente implicados en el procedimiento de enajenación, podrá tomar parte en la subasta, por si o por medio de representante, cualquier persona que posea capacidad de obrar con arreglo a derecho y que no tenga para ello impedimento o restricción legal.
Todo licitador deberá identificarse adecuadamente y con documento que justifique, en su caso, la representación que ostente, debiendo de estar en condiciones, a requerimiento de la Mesa, de acreditar su matriculación en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas que le habilite para la adquisición de bienes subastados que revistan carácter comercial y según el tipo de mercancía que conforme el lote. En el presente anuncio se indicarán los lotes que tengan carácter comercial.
3.2. Todo licitador, para ser admitido como tal, habrá de constituir previamente y a más tardar el día 27 noviembre de 2025 un solo depósito de garantía del 10 por 100 del tipo de subasta del total de los bienes respecto de los que desee pujar. Este depósito se materializará aportando justificante del ingreso en la cuenta nº ES77 2100 0510 1502 0019 5409 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Caixabank, acompañado del ANEXO II (en el que se habrá de indicar, desglosado, la parte del depósito total que corresponde a cada lote por el que se desea pujar) cumplimentado de forma completa y correcta con todos los datos actuales (es decir, que si un licitador desea pujar por más de un lote, habrá de sumar el tipo de subasta de los bienes sobre los que desee pujar y aplicarle un 10 por 100, siendo el resultado el importe del único depósito que debe realizar).
El ANEXO II debe ser presentado a más tardar, el día 27 de noviembre de 2025, en el registro de la Sede Desconcentrada de Aduanas e II.EE. de Lleida, sita en la Ctra. N-145, Km. 9, 25799 LA FARGA DE MOLES (Lleida) o en cualquier otro registro de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dirigido a la oficina D25600.
El incumplimiento de los requisitos anteriores, o la no presentación del Anexo II en el registro tal y como se indica anteriormente o la constitución del depósito fuera de los plazos establecidos para ambos casos, determinará la pérdida del derecho a tomar parte en la subasta.
3.3. Los licitadores deberán presentar sus ofertas en sobre individual por cada lote y debidamente cerrado desde la fecha del anuncio de la subasta hasta las 13:00 horas del día anterior a la celebración de la subasta, en la forma y con los requisitos establecidos en el punto 5.1. Dichas ofertas, serán presentadas en la Secretaría de la aduana de La Farga de Moles, sita en la Ctra. N-145, Km. 9 25799 LA FARGA DE MOLES (Lleida), o bien los hará llegar el licitador, por sus propios medios, a dicha aduana.
Igualmente se podrán efectuar pujas para el caso de segunda licitación.
4. Examen de los lotes
Los bienes depositados en la Aduana de La Farga de Moles (Lleida) (Carretera Nacional 145, Km 9), podrán ser examinados por los interesados durante los días 17, 18, 19 y 20 de noviembre de 2025, de 9.00 horas a 13.00 horas, siendo necesario solicitar CITA PREVIA llamando al teléfono 973 36 16 61.
5. Desarrollo de la subasta
5.1. Mesa de subasta
La Mesa de subasta estará constituida por el/la Técnico Jefe de Gestión de Aduanas e IIEE de Lleida, o funcionario en quien delegue, en calidad de Presidente, y dos funcionarios de la Dependencia que actuarán en calidad de Vocal y Secretario. De voz pública actuará el empleado o funcionario de la A.E.A.T. designado por el Presidente de la Mesa.
5.2. Sistema de pujas
Cada puja se habrá presentado en sobre individual por cada lote y persona, debidamente cerrado. En el exterior del sobre se indicará única y exclusivamente el número de lote por el que se puja y la indicación “PRIMERA LICITACIÓN” y dentro del sobre el anexo IV con la indicación de la postura, nombre y apellidos, razón social o denominación completa, NIF, domicilio, teléfono y correo electrónico de contacto y número de lote por el que se puja, cantidad en número y letra y firma del interesado o su representante debidamente acreditado. No se admitirán pujas que no cubran la tasación mínima de salida. No se admitirán pujas en sala.
Igualmente se podrán efectuar pujas para el caso de segunda licitación. La forma de proceder y los requisitos serán los mismos que los indicados para la primera licitación, indicando en el exterior del sobre única y exclusivamente el número de lote por el que se puja y la indicación “SEGUNDA LICITACIÓN”. No se admitirán pujas que no cubran el 75% de la tasación mínima de salida.
Al terminar cada una de las pujas se anunciará públicamente el adjudicatario, que lo será por haber ofrecido la máxima cantidad. En el caso de que coincidan en la mejor postura varias de las ofertas presentadas, se procederá de la siguiente forma a los efectos de licitar entre ellos el lote:
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Si todos los licitadores que coincidan en la puja se encuentran presentes en la sala, se procederá a otorgar tantas pujas como sean necesarias para adjudicar el lote al mejor postor de entre dichos licitadores y por importe superior al licitado inicialmente.
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Si no se encuentran presentes en la sala todos los licitadores que coincidan en la puja, se les enviará una comunicación a los efectos de realizar una nueva puja ante la Sección de Expedientes de la aduana de La Farga de Moles, por importe superior al licitado inicialmente en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación de dicha comunicación. Se procederá de la misma forma y sucesivamente, hasta la adjudicación del lote al mejor postor.
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Si de entre los licitadores que coincidan en la puja, hubiere presentes y no presentes en la sala, a los presentes se les informará mediante diligencia de que, dispondrán de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la celebración de la subasta para presentar una nueva puja por importe superior al licitado inicialmente; y con los licitadores no presentes se procederá de la forma indicada en la letra b) anterior. Se procederá de la misma forma y sucesivamente, hasta la adjudicación del lote al mejor postor.
La asistencia presencial al sistema de pujas quedará condicionada al aforo de la sala en la que se desarrollará la subasta.
En el caso de presentarse posturas en que exista discordancia entre el importe expresado en forma numérica y el expresado en letras, prevalecerá el importe expresado en letras.
En el caso de incumplimiento de las anteriores condiciones se considerará la puja como NULA.
Se adjunta modelo de puja en el Anexo IV.
5.3. Segunda licitación
En caso de no ser enajenados la totalidad o parte de los bienes en primera licitación podrá acordarse, por la Mesa, la celebración inmediata de una segunda licitación, admitiendo pujas que cubran el 75 por ciento de la primera licitación. Para concurrir a la segunda licitación será necesario haber constituido depósito de garantía y presentación del Anexo II, en los términos y condiciones establecidos en el punto 3.2 anterior, cuyo incumplimiento determinará la pérdida del derecho a tomar parte en la subasta. Queda excluido de segunda licitación el lote 51.
Concluida la celebración de la subasta pública, cualquier persona podrá verificar en la Sección de Expedientes de la aduana de La Farga de Moles el importe por el que se ha adjudicado cada lote en primera y segunda licitación.
5.4. Adjudicación directa
Los lotes que quedaran, en su caso, definitivamente desiertos (excepto los lotes 1, 2, 3, 4, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 18, 19, 20, 51), se adjudicarán mediante procedimiento de adjudicación directa, sin precio mínimo de adjudicación, y que se anunciará en la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (www.aeat.es), donde se incluirá un anexo con la relación de los lotes que han quedado sin adjudicar.
En este caso, las pujas deberán presentarse en sobre cerrado ante la Sección de Expedientes de la aduana de La Farga de Moles, en el plazo de DIEZ DIAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la fecha de la celebración de la Subasta. Las pujas deberán contener los mismos datos y requisitos que figuran en el punto 5.2 anterior, cuyo incumplimiento determinará la nulidad de la puja. En el trámite de adjudicación directa, no será necesaria la constitución de depósito previo.
Transcurrido el plazo de presentación de ofertas, en el plazo máximo de CINCO DIAS HÁBILES, se reunirá la Mesa de adjudicación directa para proceder a la verificación de las ofertas que se hubieran presentado.
Concluida la celebración de la adjudicación directa, cualquier persona podrá verificar en la Sección de Expedientes de la aduana de La Farga de Moles el importe por el que se ha adjudicado cada lote en dicho trámite.
A los adjudicatarios se les notificará la adjudicación del lote correspondiente, concediéndole el plazo de QUINCE DIAS a contar desde el día siguiente al de la notificación de dicha comunicación, para proceder al pago del precio del remate. El impago del precio de remate por el adjudicatario en el plazo establecido, determinará la pérdida del derecho de adjudicación del lote. En este caso, el lote en cuestión será objeto de enajenación en una próxima subasta.
5.5. Lotes considerados expedición comercial
Los lotes número 50 y 58, se considerarán expedición comercial, por lo que quien resulte adjudicatario deberá justificar ante la Mesa estar matriculado en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas que le habilite para la compraventa de los bienes que se incluyan en el lote adjudicado, para el tratamiento de dichos bienes como residuos, o bien para destinar los bienes a fines educativos. El incumplimiento de este requisito determinará la pérdida del derecho de adjudicación del lote y del importe del depósito constituido que corresponda a dicho lote.
5.6. Pago del precio del remate
Los adjudicatarios presentes deberán ingresar en la cuenta nº ES77 2100 0510 1502 0019 5409 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Caixabank, dentro del plazo de QUINCE DIAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la fecha de la celebración de la Subasta, la diferencia entre el depósito total constituido y el precio de adjudicación, quedando obligados a resarcir a la Administración de los perjuicios que origine dicha falta de pago.
A los adjudicatarios no presentes en la sala en el momento de la celebración de la subasta pública se les notificará la adjudicación del lote correspondiente, concediéndole el plazo de DIEZ DIAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la notificación de dicha comunicación, para proceder al pago del precio del remate.
El impago del precio de remate por el adjudicatario en los plazos establecidos, determinará la pérdida del derecho de adjudicación del lote y del importe del depósito constituido que corresponda a dicho lote. En todo caso, el lote en cuestión podrá ser objeto de enajenación en una próxima subasta.
5.7. Será por cuenta del adjudicatario
En el precio de adjudicación de los bienes, estarán incluidos los derechos de importación y demás impuestos correspondientes, salvo el Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte, debiéndose abonar su importe, en su caso, en el momento de la matriculación del vehículo. En todo caso deberá satisfacerse la modalidad de Transmisiones patrimoniales del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados regulado en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.
La totalidad de las cargas y gravámenes de cualquier clase, tipo o naturaleza (sean de un ente público o privado), que recaigan sobre las adjudicaciones objeto de subasta, o sobre cualquiera de las operaciones físicas o jurídicas que puedan resultar.
Los gastos relativos al troquelado del número de bastidor de los vehículos adjudicados, obtención de los facsímiles, ITV, fichas técnicas y fotografías necesarias, en su caso, para la expedición de la matrícula de los vehículos a motor; así como los derivados de la regularización de la alteración de las características originales de fabricación de los mismos.
Los contenedores donde se encuentran ubicadas las mercancías no forman parte del lote y los gastos de transbordo y retirada de las mismas serán asumidos por los adjudicatarios.
5.8. Devolución de depósitos
A partir del día siguiente al de celebración de la subasta, se procederá a la devolución, por transferencia bancaria, los depósitos que se hubieren constituido, salvo los pertenecientes a los adjudicatarios, que se aplicarán al pago del precio de remate.
5.9. Diligencias de adjudicación en subasta
Asimismo, terminada la subasta, se entregará a los adjudicatarios diligencias de adjudicación en subasta de los bienes y precios de remate, a los efectos tributarios que procedan. En su caso, la diligencia se podrá remitir por medios telemáticos.
5.10. Retirada de los bienes adjudicados
Para retirar los lotes adjudicados, se deberán presentar todos o algunos de los documentos siguientes según los casos ante la Sección de Expedientes de la aduana de La Farga de Moles:
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Resguardo bancario de ingreso del desembolso pendiente en la cuenta nº ES77 2100 0510 1502 0019 5409 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en “La Caixa”.
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Acreditación de la matriculación del adjudicatario en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas que le habilite para la compraventa de los bienes adjudicados.
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Acreditación de la condición de centro autorizado para el tratamiento de residuos para los lotes con la indicación CAT.
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Original y fotocopia de la carta de pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Acreditados los extremos anteriores, la mencionada sección expedirá certificado del acta de adjudicación en subasta de los bienes.
Las mercancías adjudicadas deberán ser retiradas de los lugares en que estén depositadas en el plazo de VEINTE DIAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la fecha de celebración de la Subasta, en horario de 09:00 h. a 13:00 h, debiéndose presentar el certificado del acta de adjudicación de bienes en subasta. Transcurrido dicho plazo sin que las mercancías hayan sido retiradas, éstas quedarán abandonadas a favor de la Hacienda Pública, de acuerdo con lo establecido en la normativa en la materia, sin que dicho abandono conceda el derecho a la devolución del importe depositado para su adjudicación.
En el caso de los lotes adjudicados por procedimiento de Adjudicación Directa, el plazo anterior comenzará a contar desde el día siguiente a la notificación de dicha adjudicación al interesado.
La retirada de los bienes adjudicados se realizará teniendo que aportar el adjudicatario, en su caso, los elementos necesarios para el transporte de los bienes adjudicados (Ej.: grúa para retirada de vehículos, etc.).
6. Aceptación de condiciones
La participación en la subasta comporta la aceptación de las condiciones generales que rigen la misma, que han quedado expuestas en estas BASES, y de las demás condiciones que pudiera adoptar la Mesa durante de la Subasta.
Una vez finalizada la subasta no se admitirán reclamaciones por parte de los adjudicatarios respecto a la calidad o cantidad de los lotes, salvo por diferencias surgidas entre el momento de la adjudicación y el de la retirada, quedando a su cargo la prueba de esas diferencias.