Subasta 2/2023 Aduana Valencia Marítima
Nota: HA SIDO MODIFICADA UBICACIÓN Y FECHA DE VISITA, SEGÚN NUEVO ANEXO II (I)
Se comunica para público conocimiento, que el próximo día 19 de diciembre de 2023, a las 9,30 horas, en el Salón de Actos (5ª planta) de la Regional de Aduanas de la AEAT de Valencia, calle Jesús, número 19, 46007 Valencia, (aforo limitado) se procederá a la venta en pública subasta de las mercancías que figuran reseñadas en las hojas adjuntas, ajustándose el desarrollo de la misma a las siguientes
BASES
1ª. RÉGIMEN JURÍDICO
La presente subasta se realizará en aplicación de lo establecido en los artículos 198 y 199 del Reglamento (UE) Nº 952/2013 del Parlamento Europeo del Consejo de 9 de octubre de 2013 por el que se establece el Código Aduanero de la Unión, los artículos 247 a 250 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión de 24 de noviembre de 2015 por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Código Aduanero de la Unión, los artículos 316 y siguientes y 419 al 423 de las Ordenanzas de Aduanas, aprobadas por Decreto de 17 de octubre de 1947, y se celebrará de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, y en la Ley 7/2012 de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.
2ª. OBJETO DE LA SUBASTA
La presente subasta tiene por objeto la enajenación de bienes contenidos en Anexo I. La localización de las diferentes ubicaciones en los que dichos bienes se encuentran depositados se detalla en el Anexo II.
Se incluye en esta nueva Subasta mercancía declarada desierta y nula, en la Subasta 1/2023, dicha mercancía ha sido valorada nuevamente, al 75% del valor de salida de la anterior Subasta.
Mercancía incluida en los Lotes 3, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 24 y 29.
3ª. LICITADORES
3.1. Con excepción del personal adscrito al órgano que acordó la enajenación de los bienes, de los tasadores, de los depositarios y de los funcionarios directamente implicados en el procedimiento de enajenación, podrá tomar parte en la subasta, por sí o por medio de representante, cualquier persona que posea capacidad de obrar con arreglo a derecho y que no tenga para ello impedimento o restricción legal.
Todo licitador deberá justificar su personalidad mediante presentación de su DNI y, en el caso de actuar como representante de otra persona, deberá justificar tal condición de forma adecuada.
3.2. Todo licitador, para ser admitido como tal, tendrá que constituir previamente ante la Mesa de subasta un depósito de garantía del 5 por 100 de la puja ofertada por el mismo para cada uno de los lotes respecto de los que desee pujar. Estos depósitos se materializarán aportando, de la forma descrita en el apartado 3.3, justificante del ingreso en la cuenta número ES70 0182 5941 4702 0003 0857 de la Agencia Estatal de Administración tributaria en el BBVA, acompañado del Anexo III cumplimentado de forma completa y correcta con todos los datos actuales (es decir, si un licitador desea pujar por más de un lote, habrá de realizar tantos depósitos como lotes por los que desee pujar). En el citado ingreso en la cuenta bancaria deberá hacerse constar expresamente el número de lote por el que puja y el NIF del interesado.
Al realizar el depósito, el licitador deberá declarar si desea que su depósito quede reservado para el caso de que el mejor postor de la subasta no cumpliera la obligación de ingresar el resto del precio de adjudicación en el plazo concedido a estos efectos conforme a lo señalado en el apartado 5.7. Para ello, deberá marcar la casilla correspondiente en el Anexo III. De no marcarse tal casilla, se entenderá que el licitador no desea que su depósito quede reservado.
3.3. Los licitadores deberán presentar su oferta para cada lote rellenando el Anexo IV e introduciéndolo en sobre individual debidamente cerrado por cada lote respecto del que deseen pujar. Las ofertas podrán presentarse desde el anuncio de la subasta hasta las 13:00 horas del día anterior a la celebración de la subasta, en la forma y con los requisitos establecidos en el apartado 5.2. Dichas ofertas serán presentadas en el Registro General de la Administración de Aduanas e II. EE. Valencia-Marítima, sito en calle Muelle de la Aduana, s/n (46024 - Valencia). En este sentido, se deberá tener en cuenta que los envíos de la documentación efectuados mediante servicios de mensajería deberán ser recibidos en el referido Registro General con anterioridad a la fecha y hora indicados previamente.
El licitador deberá incluir en el sobre cerrado el justificante de ingreso en la cuenta nº ES70 0182 5941 4702 0003 0857 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el BBVA acompañado del Anexo III debidamente cumplimentado conforme a lo señalado en el apartado anterior.
Este mismo procedimiento se utilizará para efectuar pujas para el caso de segunda licitación.
Las pujas sólo se considerarán válidas si los sobres presentados efectivamente contienen todos y cada uno de los documentos indicados en los párrafos anteriores. De lo contrario, la puja se considerará nula.
4ª. TRIBUTOS
En el precio de adjudicación de los bienes, estarán incluidos los derechos de importación en el territorio en que se encuentren los bienes y demás impuestos correspondientes, salvo el Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte, debiéndose abonar su importe, en su caso, en el momento de la matriculación del vehículo. En todo caso deberá satisfacerse la modalidad de Transmisiones patrimoniales del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados regulado en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.
5ª. DESARROLLO DE LA SUBASTA
5.1. Mesa de subasta
La Mesa de subasta estará constituida por la Jefa de la Dependencia Regional de Aduanas e II. EE. de la AEAT en Valencia, o persona perteneciente al funcionariado de la AEAT en quien delegue, que ostentará la Presidencia de la Mesa; el Jefe Regional Adjunto del Área de Gestión Aduanera de la AEAT en Valencia, o persona perteneciente al funcionariado de la AEAT en quien delegue, en calidad de Vocal; y otra persona perteneciente al funcionariado de la AEAT del Área de Aduanas e II.EE, que actuará como Secretario o Secretaria. De voz pública actuará la persona perteneciente al funcionariado de la AEAT designado por la Presidencia de la Mesa.
5.2. Sistema de pujas
Las pujas, que serán únicas por cada persona y lote, se efectuarán por escrito, en sobre debidamente cerrado y conforme al modelo de puja en el Anexo IV, con la indicación de:
- nombre y apellidos, NIF o CIF social,
- número de lote por el que se puja,
- cantidad en número y letra y
- firma del interesado o su representante, adjuntando en ambos casos prueba de su identidad y/o representación.
Cada puja se presentará en sobre individual por cada lote y persona, debidamente cerrado. En el exterior del sobre se indicará, única y exclusivamente, el número de lote por el que se puja, el NIF del licitador y la indicación “PRIMERA LICITACIÓN” y dentro del sobre el documento con los requisitos anteriormente mencionados y el justificante de ingreso del depósito, junto con el Anexo III.
No se admitirán pujas que no cubran la tasación mínima de salida.
Igualmente se podrán efectuar pujas para el caso de segunda licitación. La forma de proceder y los requisitos serán los mismos que los indicados para la primera licitación, indicando en el exterior del sobre, única y exclusivamente, el número de lote por el que se puja, el NIF del licitador y la indicación “SEGUNDA LICITACIÓN”. En la segunda licitación, no será necesario incluir de nuevo el justificante de ingreso del depósito ni el Anexo III salvo que no se haya efectuado primera licitación para el lote en cuestión.
No se admitirán pujas en segunda licitación que no cubran el 75% de la tasación mínima de salida.
En el caso de incumplimiento de las anteriores condiciones se considerará la puja como NULA.
Al terminar cada una de las pujas mediante apertura de los correspondientes sobres se anunciará públicamente el adjudicatario, que lo será por haber ofrecido la máxima cantidad. En el caso de que coincidan en la mejor postura varias de las ofertas presentadas, se procederá de la siguiente forma a los efectos de licitar entre ellos el lote:
- Si todos los licitadores que coincidan en la puja se encuentran presentes en la sala, se procederá a otorgar tantas pujas como sean necesarias para adjudicar el lote al mejor postor de entre dichos licitadores y por importe superior al licitado inicialmente. Las pujas serán verbales a la llana y se realizarán en función del precio de salida del lote en cuestión.
- Hasta 600 €…………………….. de 50 en 50 €.
- De 601 a 3.000 €……………….. de 100 en 100€.
- De 3.001 a 6.000 €……………… de 200 en 200 €.
- De 6.001 a 10.000 €…………….. de 500 en 500 €.
- De 10.001 € en adelante………… de 1.000 en 1.000 €.
- Si no se encuentran presentes en la sala ninguno de los licitadores que coincidan en la puja, se les enviará una comunicación a los efectos de realizar una nueva puja por importe superior al licitado inicialmente en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación de dicha comunicación. Dicha puja deberá presentarse conforme a lo señalado en el apartado 3.3 de las presentes Bases mediante la presentación de un sobre individual por cada lote y persona, debidamente cerrado en cuyo exterior se indicará, única y exclusivamente, el número de lote por el que se puja, el NIF del licitador y la indicación “TERCERA LICITACIÓN”. En el interior del sobre deberá incluirse el documento del Anexo IV debidamente cumplimentado sin que sea necesario realizar un nuevo depósito acorde a la nueva puja. Se procederá de la misma forma y sucesivamente, hasta la adjudicación del lote al mejor postor.
- Si de entre los licitadores que coincidan en la puja, hubiere presentes y no presentes en la sala, a los presentes se les comunicará en el mismo momento que dispondrán de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la celebración de la subasta para presentar una nueva puja por importe superior al licitado inicialmente; y con los licitadores no presentes se procederá de la forma indicada en la letra b) anterior. Se procederá de la misma forma y sucesivamente, hasta la adjudicación del lote al mejor postor.
En el caso de que un licitador no presente una nueva puja dentro del límite temporal indicado en los párrafos b o c anteriores, se entenderá que dicho licitador ha optado por retirarse de la puja.
La asistencia presencial al sistema de pujas quedará condicionada al aforo de la sala en la que se desarrollará la subasta en las condiciones determinadas por las autoridades sanitarias en el momento del desarrollo de la misma y a la solicitud previa de asistencia mediante el procedimiento señalado en el apartado 8.
En el caso de presentarse posturas en que exista discordancia entre el importe expresado en forma numérica y el expresado en letras, prevalecerá el importe expresado en letras.
5.3. Modificación o retirada de lotes
La Mesa se reserva el derecho a modificar o retirar cualquier lote antes o durante la subasta y previamente a las pujas, así como a suspenderla si existen indicios de confabulación, escasez de licitadores o cualquier causa que pudiera redundar en perjuicio del Tesoro.
5.4. Segunda licitación
En caso de no ser enajenados la totalidad o parte de los bienes en primera licitación podrá acordarse, por la Mesa, la celebración inmediata de una segunda licitación, admitiendo pujas que cubran el 75 por ciento de la primera licitación. Para concurrir a la segunda licitación será necesario haber constituido depósito de garantía y presentación del Anexo III, en los términos y condiciones establecidos en el punto 5.2 anterior, cuyo incumplimiento determinará la pérdida del derecho a tomar parte en la subasta.
5.5. Devolución depósitos
A partir del día siguiente al de celebración de la subasta, la Mesa devolverá por transferencia bancaria los depósitos que se hubieren constituido, salvo los pertenecientes a los adjudicatarios, que quedarán reservados como garantía del cumplimiento de la obligación de satisfacer el resto del precio de adjudicación.
Asimismo, en el caso de que el licitador hubiera manifestado su deseo de que el depósito quedase reservado para el caso de que el mejor postor de la subasta no cumpliera la obligación de ingresar el resto del precio de adjudicación en el plazo concedido a estos efectos conforme a lo señalado en el apartado 5.7, el importe del depósito quedará retenido hasta el cumplimiento de la obligación de satisfacer el precio de adjudicación por parte del adjudicatario.
5.6. Acreditación del adjudicatario
En el acto de adjudicación en subasta de cualquier lote, el adjudicatario deberá acreditar su personalidad con la exhibición del documento de identidad u otro documento y acreditar, asimismo, su representación si actúa por cuenta de terceros, siéndoles exclusivamente expedidos a su favor o del tercero representado, los certificados de adjudicación del lote respectivo.
5.7. Desembolso del precio de remate
Los adjudicatarios deberán ingresar en la cuenta nº ES70 0182 5941 4702 0003 0857 de la Agencia Estatal de Administración tributaria en el BBVA, dentro de los QUINCE DÍAS NATURALES siguientes al de la fecha de celebración de la Subasta, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación. Los adjudicatarios que no procedan de este modo perderán el derecho de adjudicación del lote y el importe de su depósito, quedando obligados a resarcir a la Administración de los perjuicios que origine dicha falta de pago.
En caso de impago del precio de remate por el adjudicatario, la Mesa podrá optar por acordar la adjudicación al licitador que, habiendo manifestado su deseo de reservar el depósito para el caso de que el mejor postor de la subasta no cumpliera la obligación de ingresar el resto del precio de adjudicación en el plazo concedido a estos efectos, hubiera realizado la segunda oferta más elevada. En el caso de que hubiera dos ofertas que cumplieran ambos requisitos, se les enviará una comunicación a los efectos de realizar una nueva puja ante la Secretaría de la Dependencia Regional anteriormente mencionada por importe superior al licitado inicialmente en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación de dicha comunicación. Se procederá de la misma forma y sucesivamente, hasta la adjudicación del lote al mejor postor.
5.8. Actas de adjudicación en subasta
Cumplidos los requisitos para la retirada de los bienes adjudicados en subasta, se entregará a los adjudicatarios actas de adjudicación en subasta de los bienes y precios de remate, a los efectos tributarios que procedan.
5.9. Cargas, gravámenes y otros gastos
Serán por cuenta del adjudicatario la totalidad de las cargas y gravámenes de cualquier clase, tipo o naturaleza (sean de un ente público o privado), que recaigan sobre las adjudicaciones objeto de subasta, o sobre cualquiera de las operaciones físicas o jurídicas que pueden resultar.
Serán por cuenta del adjudicatario los gastos relativos al troquelado del número de bastidor de los vehículos y embarcaciones adjudicadas, obtención de los facsímiles, ITV , fichas técnicas y fotografías necesarias, en su caso, para la expedición de la matrícula de los vehículos a motor; los que se hayan de abonar a los depósitos donde se encuentren, en su caso, depositados, así como los derivados de la regularización de la alteración de las características originales de fabricación de los mismos.
Los contenedores donde se pudieran encontrar ubicadas las mercancías no forman parte del lote y los gastos de transbordo y retirada de las mismas serán asumidos por los adjudicatarios.
5.10. Retirada de los bienes adjudicados
Para retirar los lotes adjudicados, previamente se deberán presentar ante el Registro General de la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Valencia, sito en calle Muelle de la Aduana, s/n (46024 - Valencia) todos o algunos de los documentos siguientes según los casos:
- Resguardo bancario de ingreso del desembolso pendiente en la cuenta nº ES70 0182 5941 4702 0003 0857 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el BBVA.
- Original y copia de la carta de pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en caso de que proceda.
Acreditados los extremos anteriores, la Aduana expedirá acta de adjudicación en subasta de los bienes. Este documento servirá de justificante para poder retirar las mercancías del lugar en el que se hallen ubicadas.
Los adjudicatarios de lotes que conlleven gastos por su estancia en depósito correrán con dichos gastos desde el día siguiente al de la entrega del certificado de adjudicación.
Los lotes deberán ser retirados en los VEINTE DIAS NATURALES siguientes al de la subasta. Transcurridos NOVENTA DÍAS desde la adjudicación sin que las mercancías hayan sido retiradas, éstas podrán incurrir en abandono de acuerdo con lo establecido en los apartados 6º y 7º del artículo 316 de las Ordenanzas de Aduanas.
6ª. EXAMEN DE LOS LOTES
Las mercancías a subastar se encuentran depositadas en los lugares que figuran en cada lote y podrán ser examinadas por los interesados para comprobar su calidad, cantidad y demás circunstancias relacionadas con las mismas durante los días 27 de noviembre a 1 de diciembre de 2023, en el horario y conforme a los requisitos previos indicados en el Anexo II.
En la Aduana de Sagunto, los días de visitas serán 27/11/2023, 29/11/23 a 1/12/2023. En la Estación Marítima del Puerto de Alicante, los días de visitas serán 27/11/2023 a 29/11/2023, y 1/12/2023.
A estos efectos, por el sólo hecho de pujar se presumirá la conformidad de los interesados con la mercancía que constituye cada uno de los lotes, no aceptándose reclamación posterior alguna sobre estos extremos.
7ª. RECLAMACIONES Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES
Una vez finalizada la subasta no se admitirán reclamaciones por parte de los adjudicatarios respecto a la calidad, cantidad y demás circunstancias relacionadas con las mismas de los lotes.
La concurrencia a la subasta supone la aceptación de todas las condiciones que rigen la misma, tanto las expuestas en este anuncio como las adoptadas por la Mesa en la dirección de la subasta.
Para cualquier consulta o aclaración sobre la presente subasta pública, puede contactar con esta Dependencia Regional de Aduanas e II. EE. Valencia a través del siguiente correo electrónico:
Subastas.Aduana.Valencia@correo.aeat.es
8ª. GESTIÓN DE LA ASISTENCIA
Para la asistencia a la celebración de la subasta, es necesario la previa inscripción, mediante correo electrónico a Subastas.Aduana.Valencia@correo.aeat.es, indicando en el asunto “CITA PREVIA SUBASTA” y adjuntando copia del recibo de presentación de la puja obtenido conforme a lo señalado en el apartado 3.3. La posibilidad de asistencia se confirmará por correo electrónico al buzón desde el que se haya presentado la solicitud.
Las solicitudes de asistencia deberán remitirse a la dirección de correo electrónico indicada en el párrafo anterior hasta las 13 horas del día previo a la celebración de la subasta. Toda solicitud recibida posterior a dicho límite temporal no se tendrá en cuenta.
Se deberán seguir las instrucciones de acceso establecidas por la Dependencia Regional de Aduanas de Valencia y se deberá respetar en todo momento la distancia mínima de seguridad.
Es obligatorio el cumplimiento de todas las medidas que adopten las autoridades sanitarias y en su caso los protocolos de protección aprobados por la AEAT, en particular el uso de mascarilla y respeto de los aforos establecidos.