Qué es
Conoce los aspectos generales de los procedimientos
Es el derecho que tienen los contribuyentes a que la Administración Tributaria les reembolse el coste de las garantías aportadas para suspender la ejecución de un acto o para aplazar o fraccionar el pago de la deuda, cuando dicho acto o deuda es declarado improcedente por sentencia o resolución administrativa firme.
Puede admitirse el pago de deudas tributarias mediante la entrega de bienes del Patrimonio Histórico Español, en período voluntario o ejecutivo, aportando valoración de los bienes ofrecidos y el informe del Ministerio de Cultura u otro órgano competente sobre el interés de aceptar esta forma de pago, aunque tal informe no es vinculante para la Administración Tributaria que podrá valorar la oportunidad de su aceptación.
Los obligados tributarios tienen derecho a solicitar certificación y copia de las declaraciones presentadas, así como derecho a obtener copia sellada de los documentos presentados ante la Administración.
Si los documentos que forman el expediente están almacenados por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, se facilitará el acceso por dichos medios. El acceso incluirá el derecho a obtener copia. El acceso no se extenderá a documentos que afecten a intereses de terceros o a la intimidad de las personas, o que así lo disponga la normativa vigente.
La presentación fuera de plazo de declaraciones o autoliquidaciones dará lugar a la liquidación del correspondiente recargo.