Qué necesito para pagar, aplazar y consultar
Te informamos sobre qué requisitos de autentificación y acceso general se requieren para la gestión de las deudas
Para poder pagar, aplazar o consultar, el contribuyente deberá disponer de Certificado Digital, o DNI electrónico o estar registrado en el sistema de identificación Cl@ve PIN. De esta manera quedará debidamente acreditada su identidad y podrá realizar las consultas y trámites que esta aplicación ofrece.
Si no dispones de cualquiera de estos medios, puedes solicitar la Cl@ve PIN (sólo personas físicas) y en unos días te llegará a tu domicilio el documento para darte de alta en el sistema. La solicitud puedes realizarla en el apartado "Identificación digital", haciendo clic en "Cl@ve". En sus "Gestiones destacadas" se encuentra Registrarse en Cl@ve.
Un requisito previo para poder pagar, aplazar o consultar es que el contribuyente no tenga ninguna notificación pendiente de recibir, y en caso de que la que tuviera, primero deberá acceder a la misma para que se tenga por notificada.
Por otro lado, para realizar el pago mediante adeudo en cuenta, el ordenante del mismo tiene que ser el titular de la cuenta en la que se realizará el cargo, salvo en el caso de estar apoderado para ordenar adeudos en una cuenta de titularidad del obligado.
Así mismo, para realizar el pago mediante tarjeta crédito/débito, el ordenante del pago tiene que ser el titular de la tarjeta en la que se realizará el cargo.
Un requisito indispensable para utilizar este servicio de pago es tener fondos depositados en entidades financieras que ostenten la condición de Colaboradoras en la recaudación de los tributos y ofrezcan a sus clientes el servicio de cobro a través de internet a través de la pasarela de pagos de la AEAT.
Puedes consultar el listado de Entidades Bancarias adheridas a este convenio de colaboración para el pago de liquidaciones con cargo en cuenta en el enlace "Ver Entidades adheridas y horarios de servicio" que aparecerá cuando pinches en “Pagar mediante adeudo en cuenta”.
Igualmente puedes consultar el listado de Entidades Bancaria adheridas a este convenio de colaboración para el pago de liquidaciones con tarjeta en el enlace "Ver Entidades adheridas y horarios de servicio" que aparecerá cuando pinches en “Pagar mediante tarjeta crédito/débito”.
Por otro lado, el pago con tarjeta está habilitado con certificado, DNI electrónico o cl@ve PIN y la tarjeta debe estar emitida por la entidad de crédito que elija el ordenante.