Glosario
-
Alcabala: Tributo que pagaba el forastero por los géneros que vendía.
-
Almojarifazgo: Derecho que se pagaba por los géneros o mercaderías que salían del reino, por los que se introducían en él, o por aquellos con que se comerciaba de un puerto a otro dentro de España.
-
Diezmo: Impuesto que consiste en una décima parte de los frutos o productos de la tierra. Fue eclesiástico –con las “primicias”- y en España se suprimió en 1837.
-
Gabela: Impuesto que se pagaba cada vez que se compraba o vendía algo.
-
Pontazgo: Derechos que se pagan en algunas partes para pasar por los puentes.
-
Portazgo: Derechos que se pagan por pasar por un sitio determinado de un camino.
-
Puertas (Derecho de): El que se pagaba por la entrada de productos y mercaderías en las poblaciones y que venían a ser una imposición sobre el consumo. Se recaudaba en fielatos o “aduanas interiores”. Constituía un obstáculo para la libre circulación de mercancías y servicios.
-
Regalías: Derechos o tributos que cobraban los reyes por la cesión del aprovechamiento de determinados bienes (aguas, montes, salinas, mina, caza, etcétera) y por autorizar el ejercicio de industrias o actividades por los particulares. Más tarde vienen a confundirse con las tasas de nuestros días. Esta acepción financiera de la “regalía” no debe confundirse con la prerrogativa del rey en ciertos asuntos religiosos frente a la autoridad eclesiástica.
-
Renta estancada: La que procede de un artículo cuya venta exclusiva se reserva el Gobierno.