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Metodología

Tipo de empresa

Obtenido a partir del régimen de tributación señalado en la declaración del Impuesto sobre Sociedades. En función de esta información, las empresas declarantes quedan clasificadas como:

  • Total empresas
  • Entidades de crédito
  • Entidades aseguradoras
  • Instituciones de inversión colectiva
  • Sociedades no financieras
    • Exentas
    • Transparentes
    • Cooperativas
    • Grandes empresas
    • Empresas de reducida dimensión

La distinción entre entidades de crédito, aseguradoras, instituciones de inversión colectiva y sociedades no financieras obedece a las diferencias de índole contable que se recogen en el modelo 200 de la declaración, que incluye unas hojas específicas para la cumplimentación del balance y la cuenta de pérdidas y ganancias de las entidades de crédito (sometidas a las normas de contabilidad del Banco de España), entidades aseguradoras (estados contables adaptados al Plan de contabilidad de entidades aseguradoras aprobado por Real Decreto 1317/2008) e Instituciones de inversión colectiva (estados contables adaptados a la Circular 3/2008 de la Comisión de Mercado de Valores sobre normas contables, cuentas anuales y estados de información de las instituciones de inversión colectiva).

Entidades de crédito es el conjunto de sociedades y entidades cuya actividad principal consiste en financiar, es decir, recoger, transformar y repartir recursos financieros. Estas entidades están obligadas a la elaboración de sus cuentas anuales según las normas de contabilidad dictadas por el Banco de España, se trata de los Bancos y Cajas de Ahorro y otras entidades financieras. La normativa en vigor para la elaboración de sus estados contables es la Circular 5/2014 de 28 de noviembre del Banco de España.

Entidades aseguradoras lo forman las sociedades y entidades cuya actividad principal es asegurar, es decir, transformar riesgos individuales en riesgos colectivos. Se trata de aquellas entidades a las que resulta de aplicación obligatoria el Plan de Contabilidad Sectorial aprobado por Real Decreto 1317/2008, modificado por el Real Decreto 1736/2010, de 23 de diciembre. Entre las instituciones del seguro se incluyen a los fondos de pensiones y a las entidades de previsión social como mutualidades y montepíos, pero no se incluyen a las Mutualidades de funcionarios (MUFACE, MUGEJU e ISFAS), que forman parte de las Administraciones de Seguridad Social.

Instituciones de inversión colectiva formada por las sociedades de inversión de capital variable o fondo de inversión de carácter financiero y por las sociedades de inversión inmobiliaria o fondo de inversión inmobiliaria a las que les resulta de aplicación el tipo de gravamen establecido en el artículo 28.5 de la Ley del impuesto sobre sociedades. Sujetas al cumplimiento de la Circular 3/2008, de 11 de septiembre, de la Comisión del Mercado de Valores, sobre normas contables, cuentas anuales y estados de información reservada de las instituciones de inversión colectiva.

Sociedades no financieras lo integran las empresas con forma jurídica que tributan o declaran por el Impuesto de Sociedades y cuya función principal es la producción de bienes y servicios destinados a la venta que elaboran sus cuentas anuales de acuerdo con el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007 y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto 1515/2007, ambas modificadas por el Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre. Constituyen el grueso de la estadística representando más del 99% del total de la población estudiada. Se incluyen en esta categoría, las Grandes empresas (excepto entidades crédito y aseguradoras) o empresas cuyo volumen de operaciones calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el valor añadido haya superado el importe de 6.010.121,04 de euros, Exentas, Transparentes, Empresas de reducida dimensión a las que resultan de aplicación los incentivos fiscales para las empresas con cifra de negocios menor de 10 millones de euros y Cooperativas.