Reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles
Te informamos de las consecuencias del BREXIT en la reducción de rentas de activos intangibles
El artículo 23 de la LIS regula la reducción en la base imponible de rentas procedentes de determinados activos intangibles, y de acuerdo con la letra b) de este artículo se exige que el cesionario de dichos activos no resida en un país o territorio de nula tributación o calificado como paraíso fiscal, salvo que esté situado en un Estado miembro de la Unión Europea y el contribuyente acredite que la operativa responde a motivos económicos válidos y que realice actividades económicas.
Igualmente, a partir del 1 de enero de 2021 será de aplicación el Convenio bilateral entre Reino Unido y España para evitar la doble imposición.