Registro Territorial de los Impuestos Especiales de Fabricación
Si realizas actividades con productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación, infórmate de cómo inscribirte en su Registro Territorial
El registro afecta a los Impuestos Especiales de Fabricación.
Tienen la consideración de Impuestos Especiales de Fabricación:
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Los Impuestos Especiales sobre el Alcohol y Bebidas Alcohólicas:
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Impuesto sobre la Cerveza
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Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas
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Impuesto sobre Productos Intermedios
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Impuesto sobre Alcohol y Bebidas Derivadas.
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Impuesto sobre Hidrocarburos
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Impuesto sobre las Labores del tabaco
Están obligados a inscripción:
- Los titulares de fábricas, depósitos fiscales y almacenes fiscales.
- Los destinatarios registrados respecto de los depósitos de recepción de los que sean titulares
- Los expedidores registrados (en caso de importaciones).
- Los representantes fiscales en el sistema de ventas a distancia
- Las empresas que realicen ventas a distancia de productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación.
- Los detallistas, usuarios y consumidores finales que sean destinatarios de productos con exención o con tipo reducido.
- Las fábricas de vinagre.
- Los expedidores y destinatarios certificados habituales.
La inscripción se realizará, como regla general, en el Registro Territorial de la Oficina Gestora del ámbito territorial en el cual se encuentre instalado el correspondiente establecimiento
En el caso de los expedidores registrados y, representantes fiscales, la inscripción se realizará en el Registro Territorial de la Oficina Gestora correspondiente a su domicilio fiscal.
Recuerda que si tienes dos o más actividades o establecimientos debes solicitar la inscripción por cada uno de ellos.
Para poder inscribirte como titular de un establecimiento en el Registro Territorial de Impuestos Especiales debes cumplir los requisitos exigidos por el Reglamento de los Impuestos Especiales para cada tipo de establecimiento/ actividad, entre ellos:
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Con carácter previo a la inscripción, debes, figurar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria en el epígrafe correspondiente a la actividad que deseas desarrollar.
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Debes estar al corriente de tus obligaciones tributarias.
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Debes acreditar el derecho a disponer de las instalaciones en las que vayas a desarrollar la actividad.
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Debes prestar la garantía exigida en el Reglamento de los Impuestos Especiales.
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Debes disponer de las autorizaciones que, en su caso deban conceder otros órganos administrativos para el ejercicio de la actividad.
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En particular, si quieres operar con productos incluidos en el ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberás disponer de las autorizaciones exigidas en la normativa reguladora del Sector de Hidrocarburos.
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Debes cumplir los requisitos específicos exigidos en el Reglamento de los Impuestos Especiales, en función del tipo de establecimiento y actividad a desarrollar.
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Debes presentar una solicitud de inscripción en el Registro Territorial de los Impuestos Especiales de Fabricación a tu Oficina Gestora, aportando la documentación que acredite que cumples los requisitos anteriores.
Debes presentar una solicitud, dirigida a tu Oficina Gestora, acompañada, con carácter general, de la siguiente documentación:
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Nombre y apellidos o razón social, domicilio fiscal y número de identificación fiscal del solicitante, así como, en su caso del representante, que deberá acompañar la documentación que acredite su representación.
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Declaración de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria en el epígrafe correspondiente a la actividad que desean desarrollar.
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Clase de establecimiento y lugar en que se encuentra situado.
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Memoria descriptiva de la actividad que pretende desarrollar.
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Plano a escala del recinto del establecimiento. y detalle de almacenes y aparatos de fabricación.
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Título que acredite la propiedad o derecho a disponer de las instalaciones.
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Documentación acreditativa de las autorizaciones que, en su caso, corresponda otorgar a otros Órganos Administrativos
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Documentación acreditativa de la prestación garantía que, en su caso, resulte exigible.
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Para inscribirte como fábrica, tienes que aportar una memoria técnica que describa tanto el funcionamiento de los elementos y aparatos de fabricación como de los procesos de elaboración de los productos que pretendes obtener.
Recuerda, que si se produce cualquier modificación de los datos indicados en la declaración inicial o en la documentación aportada debes comunicarla a tu oficina gestora.
Una vez efectuada la inscripción, la Oficina Gestora te entregará una tarjeta que acredita la inscripción en el registro, constando en la misma el código de actividad y del establecimiento (CAE) y el periodo de validez del derecho que origina la inscripción.
Este código debes indicarlo en todos los documentos exigidos, en el Reglamento de los Impuestos Especiales en relación con los Impuestos Especiales de Fabricación.
Es un código que consta de 13 caracteres y que permite identificar una actividad y el establecimiento en el que se ejerce.
Los caracteres sexto y séptimo identifican a la oficina gestora en la que se efectúa la inscripción territorial.
Y los caracteres octavo y noveno identifican la actividad que se desarrolla.