Instalaciones de consumo propio
Conoce las especialidades de la devolución si eres titular de una instalación de consumo propio
Para solicitar y obtener la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional suministrado a los vehículos a través de instalaciones de consumo propio deberás:
- Inscribirte en el Registro Territorial de Impuestos Especiales en cuya demarcación se encuentre la instalación de consumo propio, a efecto de obtener el Código de Actividad y Establecimiento ( CAE ). Para ello deberás presentar la correspondiente solicitud de inscripción ante la Oficina Gestora de Impuestos Especiales correspondiente al establecimiento.
- Contar con un sistema informático contable integrado con los aparatos expendedores.
- Presentar a la Agencia Tributaria la relación de suministros efectuados desde la instalación de consumo propio a los vehículos autorizados del titular de la instalación. Esta relación debe ser presentada a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el plazo de una semana desde la finalización de cada mes natural.
A la finalización de cada mes natural y en base a la información de los suministros de gasóleo profesional remitida por los titulares de instalaciones de consumo propio, la Agencia Tributaria acordará, en su caso, la devolución de las cuotas correspondientes.
Para el cálculo de la devolución se aplicará el tipo de la devolución vigente en la fecha de cada suministro.
La devolución se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario en la solicitud de inscripción en el Censo de gasóleo profesional.