Obligaciones materiales y formales
Infórmate de las principales obligaciones tributarias respecto a este impuesto
Liquidación y pago del impuesto
Si eres sujeto pasivo del impuesto, como contribuyente o como sustituto del contribuyente, estás obligado a presentar trimestralmente la correspondiente autoliquidación por el impuesto.
En aquellas Comunidades Autónomas en las que la gestión del impuesto le corresponda a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la autoliquidación (modelo 593) deberá comprender las cuotas devengadas en cada trimestre natural, y deberá presentarse ante la oficina gestora correspondiente al establecimiento donde los obligados ejerzan su actividad, debiendo efectuarse simultáneamente el pago de la deuda tributaria durante los treinta primeros días naturales del mes posterior a cada trimestre natural.
Si eres titular de varios establecimientos radicados en una misma Comunidad Autónoma, la Oficina Gestora podrá autorizar la presentación y pago de una única autoliquidación centralizada en una entidad colaboradora autorizada.
La competencia para autorizar la centralización de las autoliquidaciones cuando los sujetos pasivos dispongan de varios establecimientos en el ámbito territorial de una Comunidad Autónoma, corresponde a la Oficina Nacional de Gestión de Aduanas e Impuestos Especiales.
La Orden HFP/1337/2022, de 28 de diciembre, regula el referido modelo de autoliquidación.
En las Comunidades Autónomas de Canarias, Cataluña, Galicia, Illes Balears y Comunitat Valenciana, además de la cesión del rendimiento del impuesto, serán los órganos tributarios autonómicos quienes asuman estas competencias de gestión.
En el caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía las funciones inherentes a la aplicación del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos se ejercerán por la Agencia Estatal de Administración Tributaria mientras no se haya procedido a la asunción efectiva de las mismas por parte de la Comunidad Autónoma, por lo que en un primer momento será la Agencia Tributaria quien asuma las competencias de gestión del impuesto.