Impuesto sobre el valor de la extracción de gas, petróleo y condensados
Conoce el Impuesto medioambiental que grava el valor de los productos de dominio público gas, petróleo y condensados extraídos en territorio español
Liquidación y pago del impuesto
Infórmate de las obligaciones tributarias de liquidación y pago del Impuesto
Los contribuyentes de este impuesto están obligados a autoliquidar el impuesto y efectuar el ingreso de la deuda tributaria.
El periodo de liquidación es el año natural, y la autoliquidación correspondiente a cada periodo de liquidación debe presentarse dentro de los primeros veinte días naturales del mes de abril del año posterior al del devengo del impuesto.
En caso de que se domicilie el pago del impuesto, el plazo de presentación de la autoliquidación finalizará el día 15 del mes de abril del año posterior al del devengo del impuesto.
La presentación de la autoliquidación debe realizarse por vía telemática a través de internet, mediante el modelo 589 «Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados. Autoliquidación y pago fraccionado».
Asimismo, los contribuyentes de este impuesto deben efectuar un pago fraccionado a cuenta de la liquidación correspondiente al periodo impositivo en curso.
El pago fraccionado debe realizarse dentro de los 20 primeros días naturales del mes de octubre del año del devengo del impuesto.
En caso de que se domicilie el pago del pago fraccionado, el plazo de presentación del mismo finalizará el día 15 del mes de octubre del año del devengo del impuesto.
La presentación del pago fraccionado debe realizarse por vía telemática, a través de internet, mediante el modelo 589 «Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados. Autoliquidación y pago fraccionado».
La base para calcular el pago fraccionado se determinará en función del valor de la extracción durante los seis primeros meses de cada año natural.
La cuantía del pago fraccionado será el resultado de aplicar a la base prevista en el párrafo anterior la correspondiente escala de gravamen.