Registro Territorial del Impuesto Especial sobre la Electricidad
Infórmate si estás obligado a inscribirte en el Registro Territorial del Impuesto Especial sobre la Electricidad y cómo puedes solicitar la inscripción
Están obligados a inscribirse en este Registro Territorial:
- Los contribuyentes del Impuesto Especial sobre la Electricidad.
- Los representantes de los contribuyentes no establecidos en territorio español.
- Los beneficiarios de la exención dispuesta para la electricidad consumida por los titulares de las instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología renovable, cogeneración y residuos cuya potencia instalada no supere los 50 megavatios (MW).
- Los beneficiarios de la exención dispuesta para la electricidad consumida que haya sido generada por pilas de combustibles.
- Los beneficiarios de la exención dispuesta para la electricidad consumida en las instalaciones de producción de electricidad para la realización de dicha actividad, así como la energía eléctrica suministrada a las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica para la realización en las mismas de estas actividades.
- Los beneficiarios de las reducciones del 85% de la base imponible del impuesto previstas en el artículo 98.1 de la Ley de Impuestos Especiales. En el supuesto de que la electricidad para riegos agrícolas se suministre a través de un contrato cuya titularidad corresponda a una comunidad de regantes o a una confederación hidrográfica, será la comunidad o confederación quien deba solicitar la inscripción en el Registro Territorial.
Debes inscribirte en el Registro Territorial de la Oficina Gestora correspondiente al lugar donde radique el establecimiento donde ejerces tu actividad o, en su defecto, donde radique tu domicilio fiscal.
Para poder inscribirte en el Registro Territorial del Impuesto Especial sobre la Electricidad debes figurar de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores por la actividad a la que se refiere la inscripción.
Además, si solicitas la inscripción como beneficiario de reducciones o exenciones debes estar al corriente de tus obligaciones tributarias.
Debes presentar una solicitud de inscripción en el Registro Territorial del Impuesto Especial sobre la Electricidad a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Para ello tienes que acceder al trámite “solicitud inscripción” dentro del procedimiento II. EE. Inscripción en el censo Impuesto sobre la Electricidad.
En la solicitud deberás indicar:
La Oficina Gestora de Impuestos Especiales,
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Los datos del interesado (NIF, apellidos y nombre o razón social, datos de contacto)
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Datos de la actividad:
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actividad para la que se solicita la inscripción (seleccionar la opción deseada)
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Tipos de usos de la energía eléctrica con reducción del 85% (seleccionar la opción deseada)
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Datos del domicilio del establecimiento.
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CUPS (Código Universal de Punto de Suministro), en las inscripciones relativas a supuestos de exención o reducción.
Si por un mismo punto de suministro recibes electricidad, y no toda se destina a la actividad con derecho a exención o reducción, deberás especificar el porcentaje destinado a la actividad con beneficio fiscal.
Una vez enviada la solicitud de inscripción, deberás aportar la siguiente documentación:
- Documentación acreditativa de la representación, si actúas mediante representante.
- Memoria descriptiva de la actividad, con indicación el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas que le corresponde a la misma.
- Identificación y descripción del establecimiento en el que, en su caso, se vaya a desarrollar la actividad.
- Las autorizaciones previstas por la normativa específica del sector eléctrico, cuando resulten necesarias para el ejercicio de la actividad por la que se produce la inscripción.
- Si solicitas la inscripción como beneficiario de la exención dispuesta en el artículo 94.5 de la Ley de Impuestos Especiales, documentación acreditativa de la potencia instalada en la instalación de producción de la energía eléctrica.
Podrás aportar esta documentación a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, accediendo al trámite “consulta y aportación de documentación complementaria de la solicitud de inscripción” dentro del procedimiento II. EE. Inscripción en el censo Impuesto sobre la Electricidad.
Recuerda que si tienes dos o más actividades o establecimientos debes solicitar la inscripción por cada uno de ellos.
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La Oficina Gestora te notificará el acuerdo de inscripción junto con la tarjeta acreditativa de la inscripción, que incluye el Código de Identificación de la Electricidad (CIE) que le corresponde.
El Código de Identificación de la Electricidad (CIE) es un código configurado por 13 caracteres que identifica a los obligados inscritos en el Registro Territorial del Impuesto Especial sobre la Electricidad.
Los caracteres sexto y séptimo del CIE identifican a la oficina gestora en la que se efectúa la inscripción, y los caracteres octavo y noveno identifican la clave de la actividad asociada a la inscripción.
Si eres contribuyente, deberás consignar el Código CIE en las autoliquidaciones y demás declaraciones que tengas que presentar por este impuesto.
Si eres beneficiario de alguna de exención o reducción prevista en la Ley de Impuestos Especiales, para poder beneficiarte de los mencionados beneficios fiscales, debes exhibir la tarjeta en la que consta el CIE a tu suministrador en el momento del suministro.