Registro Territorial del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos
Infórmate si estás obligado a inscribirte en el Registro Territorial del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertedero, la incineración y la coincineración de residuos y cómo puedes solicitar la inscripción.
Deben solicitar la inscripción en el Registro territorial del Impuesto:
- Los gestores de los vertederos autorizados, de titularidad pública o privada, situados en territorio español.
- Los gestores de las instalaciones de incineración de residuos autorizadas, de titularidad pública o privada, situadas en territorio español.
- Los gestores de las instalaciones de coincineración de residuos autorizadas, de titularidad pública o privada, situadas en territorio español.
Debes presentar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria una solicitud en la que conste:
- Documentación acreditativa de la representación, cuando el obligado actúe mediante representante.
- Memoria descriptiva de la actividad a desarrollar por la que se solicita la inscripción, con indicación del epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas que, en su caso, le corresponde.
- Identificación y descripción del establecimiento en el que, en su caso, desarrolle la actividad.
- La documentación prevista por la normativa específica del sector, cuando resulte inherente al ejercicio de la actividad por la que se produce la inscripción.
- Certificado que acredite que los sistemas de pesaje, conforme a lo dispuesto en el artículo 95.7 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se encuentran debidamente homologados.
La oficina gestora competente tramitará el oportuno expediente y acordará la inscripción en el Registro territorial del impuesto.
La oficina gestora te notificará el acuerdo de inscripción acompañado de la tarjeta acreditativa de la inscripción que incluirá el código de identificación del residuo (CIR) que constará de trece caracteres.
Los caracteres octavo y noveno del código de identificación del residuo (CIR) identificaran la actividad:
- Los caracteres RV identificaran a los vertederos autorizados, de titularidad pública o privada, situados en territorio español.
- Los caracteres RI identificaran a las instalaciones de incineración de residuos autorizadas, de titularidad pública o privada, situada en territorio español.
- Los caracteres RC identificaran a las instalaciones de coincineración de residuos autorizadas, de titularidad pública o privada, situadas en territorio español.
El acuerdo de inscripción surtirá efecto desde la entrada en vigor del impuesto, el próximo 1 de enero de 2023.