Plazos de suministro
Conoce los plazos en los que debes suministrar los asientos contables
1. Regla General
Con carácter general, si eres titular de un establecimiento obligado a SILICIE debes suministrar tus asientos contables a la Agencia Tributaria en el plazo de las 24 horas hábiles siguientes al momento de producirse el movimiento, operación o proceso objeto del asiento.
2. Suministro de la contabilidad a partir de tu sistema contable interno en soporte informático (Art. 6 de la Orden HAC/998/2019)
Si dispones de un sistema contable en soporte informático y has optado por realizar el suministro de los asientos a partir del mismo, podrás registrar en dicho sistema el movimiento, operación o proceso, en las 24 horas hábiles siguientes al momento de producirse, y suministrar los datos del asiento contable a la Agencia Tributaria en el plazo de cinco días hábiles.
A estos efectos, el plazo de suministro se computará desde la fecha en que registres el asiento en tu sistema contable interno, pero si no realizaras el registro dentro del plazo establecido, el plazo de suministro se computará desde la finalización del citado plazo.
Podrás considerar el mes de agosto como inhábil a los exclusivos efectos de la obligación de suministro. En este caso, el suministro de los asientos contables cuyo plazo finalice en agosto, se extenderá hasta el primer día hábil de septiembre.