4.3.5. Otros nuevos trámites telemáticos
Colaboración social
El 12 de enero de 2018 se publicó una Resolución de la Dirección General de la AEAT que ha producido modificaciones normativas en relación con los supuestos y condiciones en los que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la aplicación de los tributos para la solicitud de certificados tributarios. Se amplía progresivamente el ámbito objetivo de la colaboración social en la solicitud de certificados tributarios extendiéndose a todos aquellos cuya solicitud esté habilitada de manera telemática a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Asimismo, durante el año 2018 se han llevado a cabo las actuaciones necesarias para que, a partir del 10 de enero de 2019, se produzca una evolución del modelo de colaboración social en la aplicación de los tributos, modelo que se ha denominado Colaboración Social Delegada. Éste permite que los colaboradores sociales (entidades privadas y profesionales de la gestión tributaria) puedan gestionar empleados (delegados) a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, para que estos puedan realizar a través de Internet con sus certificados de usuario trámites de los obligados tributarios.
El modelo se aplicará de forma generalizada en todas las aplicaciones de la Agencia Tributaria que permitan colaboración social. De esta forma los empleados dados de alta como delegados pueden realizar trámites de los obligados tributarios, utilizando certificados electrónicos de persona física o de empleado de empresa, de forma que ya no es obligatorio que los colaboradores sociales entidades privadas faciliten certificados electrónicos de representante de persona jurídica para el ámbito de la colaboración social.
Desarrollos por áreas operativas
Entre los desarrollos acometidos en las diferentes áreas operativas, cabe destacar la firma biométrica de las actas y sanciones de Inspección. Tras las modificaciones jurídicas necesarias se ha habilitado la firma biométrica, lo que ha supuesto un gran avance en la calidad de los documentos almacenados, evitando la necesidad de imprimir, firmar en papel y posteriormente escanear estos documentos como imágenes para su incorporación al expediente electrónico. Hay que señalar también que la firma biométrica en tableta de la autorización a la suscripción al servicio de avisos de notificaciones en oficinas de la Agencia Tributaria por el titular y/o el destinatario ya está en funcionamiento desde 2017.
En el ámbito aduanero se han llevado a cabo labores de adecuación de numerosas aplicaciones al nuevo código Aduanero de la Unión Europea, como por ejemplo el Censo de Operadores Económicos (EORI), Operador Económico Autorizado (OEA) y Protección de Marcas (COPIS).
La utilización del documento de transporte electrónico como declaración de tránsito de la Unión/común para mercancía transportada por vía aérea y como declaración de tránsito de la Unión para mercancía transportada por vía marítima (ETD), es una de las simplificaciones previstas para el régimen de tránsito en el Reglamento Aduanero de la Unión, para los operadores debidamente autorizados.
Se ha desarrollado en 2018 la aplicación para la gestión de este nuevo documento aduanero, abarcando todas las fases de la vida del mismo (alta, análisis de riesgo, gestión, revisión, consulta), con las correspondientes opciones Intranet e Internet.