4.1.4. Campaña de Renta
La Agencia Tributaria intensificó sus esfuerzos para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones a los más de 20 millones de ciudadanos obligados a presentar declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año 2021. Para ello, en la Campaña de Renta desarrollada en 2022 se han incrementado los recursos humanos y técnicos para satisfacer las demandas de asistencia e información, así como para la prestación de los servicios que se señalan a continuación.
Renta Web
El programa Renta Web une, a la simplicidad del antiguo borrador, la generalidad del programa PADRE, permitiendo añadir cualquier dato o renta.
En el año 2022 (ejercicio 2021), se realizaron un total de 17.061.339 declaraciones a través de este sistema.
Se muestran las cifras más relevantes en el Gráfico nº 23. Renta Web (Anexo).
Servicio RENØ de obtención del borrador y datos fiscales por Internet
Como en años anteriores, se presta el servicio RENØ de obtención del borrador y datos fiscales por Internet. En este ejercicio lo han utilizado 22.059.668 contribuyentes, lo que supone, respecto al año anterior, un decremento del 2,78%.
Para su utilización, se debe introducir en la Sede electrónica el NIF del contribuyente, su primer apellido, el importe de la casilla 505 de la declaración del año anterior o, en su caso, marcar la casilla que indica no haberla presentado y, posteriormente, un número de teléfono móvil y el código de una cuenta corriente si no se presentó declaración. De esta forma, el sistema envía automáticamente un mensaje al móvil (SMS) con el número de referencia del borrador y de los datos fiscales. Este número de referencia permite consultar, modificar y confirmar el borrador.
Presentación de declaraciones por medios telemáticos
Al finalizar la campaña, el total de declaraciones presentadas superó la cifra de 22.146.000 (22.158.046 a 7 de febrero de 2023), de las cuales 649.000 fueron presentadas a través de las oficinas de la Agencia Tributaria y 21.497.000 por otros medios electrónicos.
Cuadro nº 24. Renta 2021: Resultados obtenidos (Anexo).
Tramitación de la devolución
La Administración dispone de un plazo de seis meses desde el término del plazo de presentación de las declaraciones, o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo, para practicar la liquidación provisional que confirme o rectifique el importe de la devolución solicitada por el contribuyente.
La emisión de devoluciones da comienzo a las 48 horas del inicio de la campaña de Renta. La consulta del estado de tramitación de la devolución está disponible en la página web de la Agencia Tributaria y en el servicio telefónico automático.
En 2022, el tiempo medio de tramitación de devoluciones de IRPF afectadas por filtros fue de 51 días. Este tiempo se redujo a 14 días para las devoluciones no afectadas por filtros.