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Memoria 2023

4.3.6. Sistemas informáticos de facilitación de declaraciones aduaneras

Uno de los elementos fundamentales para garantizar la aplicación uniforme de la normativa aduanera de la Unión son los sistemas informáticos, que son uno de los pilares básicos de la Unión aduanera.

Para cumplir con los requisitos de datos y formalidades recogidos en el Código Aduanero de la Unión los Estados miembros llevamos años desarrollando las aplicaciones necesarias, conforme al calendario aprobado a nivel de la Unión.

Durante el año 2023 se han realizado los siguientes avances en relación con el desarrollo de los sistemas electrónicos transeuropeos:

  • Sistema electrónico de exportación (AESP1). Tras un periodo de coexistencia nacional con el sistema anterior (ECSP2), el 9 de mayo entró plenamente en funcionamiento el sistema AESP1. Este sistema está habilitado para el envío de declaraciones de exportación, reexportación, expedición de mercancías en el marco del comercio con territorios fiscales especiales, declaraciones simplificadas y presentación en aduana de mercancías en caso de inscripción en los registros o en el caso de predeclaración de exportación.

  • Sistema electrónico de tránsito (NCTSP5). Desde octubre de 2023 se encuentra disponible para el envío de declaraciones de tránsito el nuevo sistema NCTSP5. A partir de dicha fecha se inició un periodo de coexistencia nacional entre la versión anterior del sistema electrónico (NCTSP4) y la versión actualizada NCTSP5 plenamente adaptada a los requerimientos establecidos en el Código Aduanero de la Unión. Este periodo de convivencia nacional finalizará en el mes de marzo de 2024 con el cierre de la versión NCTSP4.

A nivel nacional, en relación con el control de prohibiciones y restricciones, el legislador tanto nacional como europeo continúa introduciendo nuevos controles sobre mercancías introducidas en la Unión o exportadas de ella. A estos efectos, el informe elaborado por el “Wise persons Group” sobre la reforma de la Unión Aduanera de la Unión Europea publicado en marzo de 2022(2) identificó un total de 378 normativas europeas que incluyen prohibiciones o restricciones sobre el comercio exterior, a las que hay que añadir las nacionales.

A efectos de aplicar este extenso y variado conjunto de normas, la Aduana trabaja junto con los órganos competentes a nivel nacional para la aplicación de los controles en cuestión de la manera más eficaz y con el menor impacto posible en el comercio.

En esa línea, se ha continuado trabajando en el desarrollo de la Ventanilla Única Aduanera (VUA) que permite, entre otras cuestiones, centralizar la información y la documentación remitida por los operadores económicos a las distintas autoridades relacionadas con el comercio exterior, evitando duplicidades y facilitando la tramitación administrativa. Este proyecto, en constante desarrollo y crecimiento, se ve actualmente impulsado por la publicación del Reglamento (UE) 2022/2399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de noviembre de 2022, por el que se establece el entorno de ventanilla única de la Unión Europea para las aduanas y por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 952/2013.

La ventanilla única promueve la simplificación de los procesos de despacho de mercancías en favor de los operadores económicos. Los entornos de ventanilla única nacionales para las aduanas deben convertirse en un canal único que, sin perjuicio del uso de otros canales de comunicación existentes, pueda ser utilizado por los operadores económicos para comunicarse con las autoridades aduaneras y las autoridades competentes asociadas. Sin embargo, estos entornos no deben limitar ni obstaculizar ninguna otra forma de colaboración entre las autoridades aduaneras y las autoridades competentes asociadas para coordinar los controles entre las autoridades aduaneras y las autoridades competentes asociadas de conformidad con el artículo 47, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 952/2013.

Como novedad especialmente relevante para los operadores de comercio exterior, en enero del 2023 se puso en marcha el primer punto único de entrada (PUE ROHS) para un nuevo control previo a la importación sobre aparatos eléctricos y electrónicos y pilas y acumuladores procedentes de terceros países desarrollado por la Agencia Tributaria en colaboración con la autoridad competente del control.

La competencia para realizar dicho control, que tiene por objeto regular la gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, así como las características y contenido en sustancias peligrosas de los mismos garantizando que estos productos no entrañan ningún riesgo para la seguridad de los usuarios, corresponde a nivel nacional al Servicio de Inspección SOIVRE del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo correspondiendo a la Agencia Tributaria garantizar que cualquier mercancía sometida a este control dispone del correspondiente certificado emitido por dicho Servicio.

Además, a finales de 2023 también se ha puesto en funcionamiento este sistema de Punto Único de Entrada para el control a la importación de determinados productos respecto a las normas aplicables en materia de seguridad de los productos (PUE COM), control previo a la importación para el que la autoridad competente es también el Servicio de Inspección SOIVRE.

Esta funcionalidad denominada PUE permite, tanto a través de servicios web totalmente automatizados como mediante formularios en sede electrónica, el envío y recepción de la información necesaria para el control a la sede electrónica de la Agencia Tributaria quien se encarga de la comunicación con el SOIVRE evitando que el operador tenga que duplicar los envíos y que dirigirse a dos organismos dentro de la misma Administración.

El uso del PUE y la integración de las tramitaciones en una única ventanilla aduanera permitirá agilizar la tramitación de este tipo de controles previos al despacho y reducir errores suponiendo un gran avance en el desarrollo de la ventanilla única aduanera.

La Agencia Tributaria es la encargada de realizar los controles oficiales específicos del equipaje personal de los viajeros procedentes de terceros países, incluso en aquellos casos en que ese equipaje deba ser objeto de controles oficiales por las autoridades sanitarias. Consecuencia de la colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), y el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales en enero de 2023 se publicó un manual donde se recogían protocolos de actuación, en particular en lo relativo al control de los requisitos de salud pública de los equipajes personales de los viajeros. Desde ese momento se iniciaron una serie de cambios que llevarán a una completa adaptación de las aplicaciones de control de viajeros. En 2023 la adaptación ha permitido que puedan elaborarse de forma centralizada desde el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales las estadísticas que deben remitirse a los servicios periféricos de los ministerios competentes en estas materias

Relacionado también con los viajeros, en 2023 se han implantado una serie de novedades en el sistema de devolución de IVA a viajeros no residentes (DIVA).

Para facilitar las actuaciones de control posteriores al despacho de las declaraciones en aduana que realizan las autoridades aduaneras, se incorporaron nuevas funciones y mejoras en la aplicación de “Procedimientos de declaración, de rectificación y de revisión en aduana” tales como la adaptación de los procedimientos a las nuevas necesidades derivadas del impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables que había entrado en vigor el pasado 1 de enero de 2023.

(2) TAX-20-002-Future customs-REPORT_BIS_v5 (WEB).pdf (europa.eu) Se abre en ventana nueva (Volver)