Novedades publicadas en el INFORMA 2022
Saltar índice de la informaciónNovedades publicadas en el INFORMA durante el mes de diciembre
146227 - REDUCCIÓN DE LOS INDICES CORRECTORES PARA 2022 Y 2023Por la sequía y el incremento de precios de los piensos y de la energía eléctrica se siguen manteniendo en 2022 y 2023 las reducciones que para 2021 se establecieron para las actividades agrícolas y ganaderas en los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío.
135552 - RENDIMIENTO NETO: ESPECIALIDADES E.D. SIMPLIFICADAEl porcentaje de deducción para el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación para los contribuyentes que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa simplificada será durante el ejercicio 2023 del 7 por ciento.
146203 - INCREMENTO GASTOS DE GUARDERÍA: LÍMITESEl incremento será de 1.000 euros anuales, con el límite del importe anual total del gasto efectivo no subvencionado satisfecho en el período a la guardería o centro educativo.
146233 - PORCENTAJE Y BASE MÁXIMA DE DEDUCCIÓN A PARTIR DE 1/1/2023Desde el 1 de enero de 2023 en la deducción por inversión en empresas de nueva creación se incrementa el porcentaje de deducción del 30% al 50% y la base de deducción de 60.000 a 100.000 euros. 68.1 LIRPF mod. por DF 3ª Ley 28/2022 de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (BOE 22-12).
129978 - FASE 1º RENDIMIENTO NETO PREVIO. AYUDA DIRECTA PACA partir del 1 de enero de 2023, cuando el perceptor de la ayuda directa hubiera obtenido ingresos por actividades agrícolas y ganaderas, distintos de la ayuda directa, por cuantía inferior al 25 por ciento del importe del total de los ingresos de tales actividades, el índice de rendimiento neto a aplicar sobre las ayudas directas será el 0,56.
146226 - REDUCCIÓN RENDIMIENTO ACTIVIDADES EN LA ISLA DE LA PALMA EN 2022 Y 2023La Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2023 el método de estimación objetiva del IRPF, como consecuencia de las erupciones volcánicas ocurridas en 2021 en la Isla de La Palma, establece una reducción para las actividades económicas que determinen su rendimiento por el método de estimación objetiva desarrolladas en dicha isla, de un 20%.
146201 - DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD DESDE EL 1 DE ENERO DE 2023Se amplía la deducción por maternidad a las madres de menores de 3 años que estén en situación de desempleo o dadas de alta en la Seguridad social en el momento del nacimiento y para las que se den de alta en un momento posterior durante 30 días.
146225 - RENUNCIA Y REVOCACIÓN EXPRESA. PLAZO PARA 2023Se regulan por el artículo 5 de la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, por la que se desarrolla los módulos para 2023, y se amplían por la DT 6ª de la Ley de PGE para 2023 los plazos para realizar la renuncia y la revocación expresa al régimen de estimación objetiva hasta el 31 de enero de 2023.
146202 - DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD. CUANTÍAEl importe de la deducción por maternidad será de 100 euros al mes por cada hijo, no obstante, cuando se tenga derecho a la deducción por haberse dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad con posterioridad al nacimiento, en el mes en que se alcance el periodo cotizado de 30 días la cuantía de ese mes se incrementará en 150 euros.
146357 - OBLIGACIÓN DE DECLARAR. TRABAJADOR DEL MARDesde el 1 de enero de 2023 estarán en cualquier caso obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
137012 - TIPO RETENCIÓN: TIPOS FIJOSDesde el 1 de enero de 2023 el porcentaje de retención sobre los rendimientos del trabajo derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas será del 7 por ciento cuando el volumen de tales rendimientos íntegros correspondiente al ejercicio inmediato anterior sea inferior a 15.000 euros y represente más del 75 por ciento de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.
146219 - APORTACIÓN TRABAJADOR P. PENS. LÍMITE MÁXIMO DESDE 1-1-2023Desde 1 de enero de 2023 la aportación del trabajador puede ser superior a la contribución empresarial si esta es igual o inferior a 1.500 euros, en los términos establecidos en el artículo 52.1 de la ley del IRPF (modif. por art. 62 LPGE para 2023).
146230 - AYUDAS DE LA PAC. TRIBUTACIÓN A PARTIR DE 2023A partir del 1 de enero de 2023, la tributación de las ayudas de la PAC en proporción a los ingresos de los cultivos o explotaciones se condiciona a la obtención de un mínimo de ingresos en la actividad distintos del de la propia ayuda directa.
146232 - RESIDENTES EN LA ISLA DE LA PALMA. DEDUCCIÓN EN 2022 Y 2023En los períodos impositivos 2022 y 2023, la deducción prevista en el número 1.º del apartado 4 del artículo 68 de esta Ley será aplicable a los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma, debiendo entenderse, a estos efectos, que las referencias realizadas a Ceuta y Melilla en dicho artículo y en su desarrollo reglamentario lo son a la isla de La Palma (D.A. 53ª Ley del IRPF añadida por art. 67 LPGE para 2023).
146229 - NORMATIVA EN 2023La normativa aplicable en este método de determinación del rendimiento para 2023.
146224 - REDUCCIÓN GENERAL EN 2023 DEL RENDIMIENTO NETO: 10%Se aumenta para 2023 la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos del 5% al 10% para todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad con arreglo al método de estimación objetiva (dando rango de Ley en la Ley de PGE a la D.A. 1ª Orden de módulos para 2023 que ya regulaba este beneficio fiscal).
146220 - REDUCCIÓN DETERMINADAS ACTIVIDADES: CUANTÍAS DESDE 1/1/2023Se aumentan los importes que minorarán los rendimientos netos de las actividades económicas cuando se cumplan los requisitos previstos en el artículo 32.2. 2º de la LIRPF, elevándose asimismo la cuantía por debajo de la cual se aplicará esta reducción.
146204 - PAGO ANTICIPADO: PROCEDIMIENTOSi se viniese percibiendo el abono anticipado de la deducción por maternidad no es necesario presentar una nueva solicitud, si se cumplen los requisitos establecidos se seguirá cobrando. Los nuevos solicitantes deberán presentar el modelo 140.
146205 - INCREMENTO GASTOS GUARDERÍA: HIJO CUMPLE 3 AÑOS EN ENEROSi el hijo cumple tres años en enero no se podrá aplicar la deducción por maternidad, pero si cumple el requisito de cotización podrá aplicar el incremento de gastos de guardería o centro de educación infantil autorizado por los gastos originados hasta el mes en el que el hijo pueda iniciar el segundo ciclo de educación infantil.
146231 - RENDIMIENTOS CAP. MOB. PROPIEDAD INTELECTUAL A PARTIR DE 1/1/2023A partir de 1 de enero de 2023, el porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, cualquiera que sea su calificación, será del 15 por cien. No obstante, será de aplicación el tipo del 7 por ciento en determinados supuestos.
146212 - DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD Y COMPLEMENTO DE AYUDA PARA LA INFANCIASon incompatibles. Si se percibe por alguno de los progenitores en relación al mismo descendiente el complemento de ayuda para la infancia, no se tendrá derecho a la deducción por maternidad durante el tiempo en que este se perciba, salvo que alguno lo viniera percibiendo con anterioridad a 1 de enero de 2023.
146217 - OBLIGACIÓN DE DECLARAR: LÍMITES RENTA 2023A partir del ejercicio 2023, el límite excluyente de la obligación de declarar aplicable a los rendimientos del trabajo previstos en el artículo 96.3 de la LIRPF que proceden de más de un pagador, salvo las excepciones señaladas, será de 15.000 euros (con anterioridad el límite era de 14.000 euros).
146221 - LÍMITES PARA LA APLICACIÓN DEL MÉTODO EO. PRÓRROGA EN 2023Se prorrogan para el ejercicio 2023 los límites cuantitativos de ejercicios anteriores que delimitan el ámbito de aplicación de método de estimación objetiva para las actividades económicas incluidas en el mismo, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos.
146223 - REDUCCIÓN GENERAL EN 2022 DEL RENDIMIENTO NETO: 15%Se aumenta para 2022 la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos del 5% al 15% para todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad con arreglo al método de estimación objetiva.
146222 - MEDIDAS EXCEPCIONALES PRECIO GASÓLEO Y FERTILIZANTES 2022 Y 2023Las actividades agrícolas y ganaderas podrán reducir el rendimiento neto previo en los años 2022 y 2023 en el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes.
146218 - CÁLCULO: PROCEDIMIENTO APLICABLE EN EL EJERCICIO 2023Se regula el procedimiento para calcular el tipo de retención de los rendimientos del trabajo en el ejercicio 2023.
146216 - REDUCCIÓN POR RENDIMIENTOS DEL TRABAJO: CUANTÍA A PARTIR 1/1/2023A partir de 1 de enero de 2023, se aumenta la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo prevista en el artículo 20 de la LIRPF y se incrementa asimismo la cuantía por debajo de la cual se aplicará esta reducción.