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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2017

7.2.2. Rentas en especie

Constituyen rentas en especie la utilización, consumo u obtención, para fines particulares, de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, aun cuando no supongan un gasto real para quien las conceda.

Cuando el pagador de las rentas entregue al contribuyente importes en metálico para que éste adquiera los bienes, derechos o servicios, la renta tendrá la consideración de dineraria.

  1. 7.2.2.1. Exclusiones
  2. 7.2.2.2. Reglas de valoración