Traslado de actividad empresarial, de residencia y otros
Cómo obtener la exención de derechos de Importación e impuestos para profesionales y particulares
Traslado de actividad. Franquicia y exención de impuestos
Serán admitidos con exención de derechos de importación y de IVA los bienes de inversión y otros bienes de equipo pertenecientes a empresas que cesen definitivamente su actividad en un tercer país para ejercer una actividad similar en el territorio aduanero de la Unión.
Para que proceda la franquicia deben cumplirse los siguientes requisitos:
- que los bienes de inversión y los otros bienes de equipo hayan sido utilizados en la empresa durante al menos 12 meses antes de la fecha de cese de la actividad de la empresa en el tercer país desde el que se traslade
- sean utilizados en los mismos usos después del traslado
- estén en consonancia con la naturaleza e importancia de la empresa considerada
- que el traslado de la empresa al territorio aduanero de la Unión no tenga como causa una fusión con una empresa establecida previamente en el territorio aduanero de la Unión o la absorción por una de estas empresas, sin que se inicie una actividad nueva.
Sí, hasta que no transcurra un plazo de 12 meses contados a partir de la fecha de aceptación de la declaración para libre práctica, los bienes de inversión y otros bienes de equipo admitidos con franquicia de derechos no podrán ser objetos de préstamo, entrega en prenda, alquiler o cesión, a título oneroso o gratuito, sin que hayan sido previamente informadas de ello las autoridades aduaneras.
Se excluyen de la franquicia:
- Los medios de transporte que no tengan el carácter de instrumentos de producción o de servicios
- Las provisiones de cualquier clase destinadas al consumo humano o a la alimentación de los animales
- Los combustibles y los stocks de materias primas o de productos elaborados o semielaborados
- El ganado en posesión de tratantes de ganado