Modelo 545. II. EE. Suministros de carburantes para relaciones internacionales con devolución del impuesto sobre hidrocarburos.
Datos Generales
Denominación
Modelo 545. II. EE. Suministros de carburantes para relaciones internacionales con devolución del impuesto sobre hidrocarburos.
Tipo de procedimiento
Tributaria
Materia
Impuestos
Objeto
Devolución de las cuotas de los impuestos especiales (II. EE.) sobre Hidrocarburos y sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos de los carburantes suministrados directamente a los vehículos de los beneficiarios, adquiridos mediante tarjetas de pago aprobadas por el Departamento de Aduanas e II. EE..
Órgano responsable
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Información general del procedimiento
Forma de inicio
interesado
Solicitante: Ciudadano - Empresa
Lugar de presentación
Telemática
Documentación
Suministros de carburantes para Relaciones Internacionales (Modelo 545)
Fases del procedimiento/servicio
Inicio. Presentación telemática. (Modelo 545)
Tramitación. Por Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Ministerio de Defensa y Departamento de Aduanas
Terminación. Resolución por Departamento de Aduanas e II. EE.
Formularios
Plazo de resolución
6 Mes/es
Órgano de resolución
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Recursos
Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Información vinculada a la tramitación electrónica
Sistema de identificación
DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica
Normativa
Normativa Básica
Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre,por la que se aprueban determinados modelos, se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales de Fabricación y con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y se modifica la Orden EHSA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se aprueba el Modelo 380 de Declaración-liquidación del Impuesto sobre Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y plazo de presentación, así como las condiciones generales y el procedimiento para su presentación por medios telemáticos. (BOE 1-diciembre-2007)